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03/Abr/09 00:18
Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido

ATENCION con los comentarios de edwin1702... Las retenciones de ISR NO se acreditan contra el IETU anual.
 
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EDPZ
Teniente

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03/Abr/09 10:05
Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido

QUE TAL COMPAÑEROS:

HE LEIDO TODAS LAS REPUESTAS Y FUNDAMENTOS, QUE EL DECLARASAT NO CONSIDERA ISR RETENIDO PARA EL CALCULO DE IETU.

AYER USE EL DECLARASAT EN LINEA PARA VER QUE SUCEDIA Y AHI SI TE PERMITE CAPTURAR LAS RETENCIONES DE ISR Y EL ISR PROPIO PAGADO, ESPERO QUE LO CHEQUEN Y ESPERO SUS OPINIONES.

SALUDOS
 
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josef1972
Soldado

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03/Abr/09 11:15
Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido

Hola que tal.. no puede ser que sólo EDPZ y un servidor los veamos así, que el ISR retenido no entra vs el IETU del ejercicio. Todos sabemos que el ISR retenido de acuerdo a las disposición fiscal, en este caso renta, se considera como parte de tu pago provisional, pero esto es sólo para la determinación de tu ISR...pero la norma especifica que regula el procedimiento para el cálculo del IETU del ejercicio, en especifico el art 8 establece con claridad que se considera el impuesto sobre la renta para disminuir vs IETU del ejercicio
Si lo pones en otros saldos a favor, podrías duplicar tu saldo a favor de renta, o te lo puedan observar. Tan sólo que llenen el declarasat en base a los conceptos que pide de acuerdo a la ley y no andemos inventando formulas o poniendo cantidades donde no se debe para no pagar.

Si lo analizan bien el IETU esta diseñado de tal manera que en la declaración anual la autoridad no tenga que desembolsar en el proceso de devoluciones automáticas los saldos a favor de ISR, ya que el contribuyente al compensar el saldo favor de este impuesto vs IETU, ya te lo agotas en dicha compensación.

que el declarasat en linea te lo permite.. que la otra versión no, que lo ponemos en otros saldos a favor… que lo ponemos en pagos provisionales de ISR etc etc etc…. ¿Qué te establece la LEY?

Suerte y saludos!!

Pd ¿DESDE CUANDO UN FORMATO ELECTRÓNICO O PROGRAMA PUEDE MAS QUE LA PROPIA NORMA FISCAL??
 
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edwin1702
Sargento Segundo

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03/Abr/09 12:18
Re: DeclaraSat - No considera IETU Retenido

Hola edwin1702,

Hablando de la Ley del IETU estos son el 5to y sexto párrafo del artículo 8:

El impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, será el efectivamente pagado en los términos de la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera efectivamente pagado el impuesto sobre la renta que se hubiera cubierto con acreditamientos o reducciones realizadas en los términos de las disposiciones fiscales, con excepción del acreditamiento del impuesto a los depósitos en efectivo o cuando el pago se hubiera efectuado mediante compensación en los términos del artículo 23 del Código Fiscal de la Federación.

También se considera impuesto sobre la renta propio por acreditar a que se refiere este artículo, el efectivamente pagado en los términos del artículo 11 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, siempre que el pago mencionado se haya efectuado en el ejercicio por el que se calcula el impuesto empresarial a tasa única.


'El impuesto sobre la renta propio por acreditar' lo define como el pagado, en las exclusiones no menciona el retenido, ni tampoco define dicho impuesto como el calculado en los términos de los artículos 10 o 177 LISR según corresponda, como para que tú lo consideres así, o el SAT.

O por favor explícame en que parte del artículo 8 se define el impuesto del ejercicio como el impuesto anual.

Saludos

Miguel
 
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migueljurado
Capitán Primero

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