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10/Dic/08 00:20
Re: TRATAMIENTO FISCAL DE PROPINAS

Ese criterio de que el patron retenga ISR a propinas, es un criterio que va mas alla de la LISR, en ciertos casos. Es mi opinion personal.

Pues la LISR exige retenciones a remuneraciones para con los trabajadores. Si el patron no recibe las propinas y las redistribuye, la ley no le obliga a realizar retenciones por partidas que no entrega.

Pero aun en el caso de que entere las retenciones por ISR, no debe deducirse erogaciones que no le correspondieron desembolsar por parte del negocio.

En cuyo caso, tendria la obligacion de realizar retenciones por propinas que administre

Eso de buscar la simetria fiscal es una falacia, pues existe infinidad de situaciones donde la simetria se rompe con frecuencia y estas situaciones en los juicios se indicaria que habria alguna inconstitucionalidad
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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10/Dic/08 11:52
Re: TRATAMIENTO FISCAL DE PROPINAS

RUTH NOS MENCIONA EN EL TOPICO LA 'MATERIA FISCAL'..............ESO DE LAS PROPINAS TIENE ARISTAS, LO LABORAL, LO LEGAL, LO FISCAL, LO SOCIAL (IMSS).........POR ELLO LE PIDO NUEVAMENTE A RUTH, NOS AYUDE UN POCO MAS CON SUS COMENTARIOS AMPLIANDONOS EL ESQUEMA



SALUDOS
 
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lobozac
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