16/Jul/14 12:39
Re: DEDUCCION POR 'MERMA' EN GASOLINERAS
Ya leí todos los comentarios pero la pregunta inicial persiste, muestra de ello es el ejemplo de la factura siguiente:
Folio: 300-fp-2398855*
Fecha: 01/07/2014
Producto: magna
Cantidad: 20,001
Precios Unitarios
Precio unitario por metro cubico 10,126.80
IVA del Producto: 1,562.69
Importe del flete: 48.60
IVA del flete 7.78
Importes de la Factura
Gasolina Magna 202,546.07
IVA del producto 31,255.31
Flete 972.00
IVA del Flete 155.52
Total de la factura 234,928.90
En la parte de abajo la factura dice
'(MERMA CONCIDERADA: -970.53)'
PRIMERA PREGUNTA: ¿Cómo determinó Pemex la Merma? (En este caso real -970.53)
COMENTARIO: Si tomamos textualmente lo que dice la LIF el importe seria calculado como sigue:
Importe total de la enajenación de gasolina 202,546.07
Por el factor de merma 0.74%
Igual a 1,498.84
FUNDAMENTO: Para 2014 se elimina de la LEY DE INGRESOS el párrafo noveno del Artículo 7º, el cual señalaba: “Petróleos Mexicanos descontará de su facturación a las estaciones de servicio
por concepto de mermas hasta el 0.74 por ciento del valor total de las enajenaciones de gasolina que realice a dichas estaciones de servicio.”
- De acuerdo al fundamento el procedimiento anterior ya no sería válido en 2014.
SE INCLUYE EN LA LEY DEL IEPS A LA MERMA COMO CONCEPTO
Art. 2-A “Únicamente para las gasolinas, se considerará dentro del costo unitario de distribución y comercialización, el monto por concepto de mermas, que se determinará multiplicando el factor de
0.003375 por el valor total de las enajenaciones de gasolinas a las estaciones de servicio sin considerar lo señalado en la fracción II de este artículo, así como las señaladas en el inciso H) de la fracción I, del artículo 2o. de esta Ley, ni tampoco el impuesto al valor agregado, dividido por el volumen total del combustible en el periodo señalado en el inciso f) de esta fracción.”
Entonces quedaría así:
Importe total de la enajenación de gasolina 202,546.07
Por el factor de merma 0.003375
Igual a 683.593
o bien, si tomamos lo dispuesto en los transitorios quedaría así:
CUARTO Fracción VII Disposiciones transitorias. “Durante 2014, en lugar del factor a que se refiere el inciso b) de la fracción I del artículo 2o.-A de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, que se utiliza para calcular el monto por concepto de mermas,
se utilizará un factor de 0.005”
Importe total de la enajenación de gasolina 202,546.07
Por el factor de merma 0.005
Igual a 1,012.73
Como podemos ver, ninguno de los procedimientos concluye en el importe calculado por Pemex. (-970.53) por lo que finalizo preguntando nuevamente ¿cómo calculó Pemex la merma?. Si alguien ya descubrio ¿como? por favor comparta..... saludos