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06/Jun/08 18:14
DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

BUENAS TARDES COLEGAS:

QUIERO APOYARME CON ALGUNO DE USTEDES QUE TENGA EXPERIENCIA EN GASOLINERAS, RESPECTO A LO SIGUIENTE:

ACTUALMENTE ESTAMOS REVISANDO UNA GASOLINERA, Y AQUI OBSERVAMOS QUE DENTRO DE LAS DEDUCCIONES MANEJAN UN CONCEPTO DE "MERMAS".

COMENTANDO ESTO CON LOS SOCIOS, NOS DICEN, QUE ESA "MERMA" LA DETERMINAN APLICANDO AL TOTAL DE CADA COMPRA EL 2%, YA QUE ESA CANTIDAD ES LA QUE SE "PIERDE" EN EL PROCESO DE VACIADO DE LA PIPA AL DEPOSITO.

ALGUNO DE USTEDES ME PODRÁ DAR SU OPINIÓN RESPECTO A LO QUE CONOZCAN DE ESTE ASUNTO, ES RAZONABLE DEDUCIR ESTE 2% DEL TOTAL DE LA COMPRA?



QUE OPINAN USTEDES.

GRACIAS DE ANTEMANO.
 
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sajg
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06/Jun/08 18:23
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

Existe algunos decretos y facilidades al respecto....no los tengo a la mano pues no manejo ese giro....si encuentro algo de informacion la pongo...


saludos


BR1 es quien manejaba esto de las gasolinerias....pero ya no esta con nosotros....
 
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lcruizuscanga
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07/Jun/08 14:41
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

La tolerancia que se aplica seria hasta un 5%. Y no solo en el manejo de descarga de las pipas es la perdida, el combustible es volatil y las altas temperaturas provocaria mayores perdidas, si no es que tambien se presentarian esas perdidas en temperatura ambiente.

Podrian haber filtraciones, algun deposito medio abierto, que no este sellado completamente de manera hermetica.

Habria que analizar como se comportan esas variaciones de mermas o perdidas con el fin de observar su comportamiento y sus tendencias.

A mi me parece razonable ese 2% veo dificil verse disminuido
 
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enrique9727
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09/Jun/08 12:14
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

a mi criterio no consideraria ese 2%

Debido a que en la factura de pemex por la compra de combustible existe una partida por bonificacion o mermas de combustible por el menejo del mismo, el cual es superior aun al que se pierde por el traslado del mismo, si este importe que viene en la factura es el que mandas a deducciones diria que esta bien, aunque deberias de registrar compras netas de lo contrario si es un 2% adicional que te o fundamenten para que asi no lo pudieras compartir.
 
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enriquelozano
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09/Jun/08 12:56
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

Muchas gracias por sus comentarios.

De hecho, en la factura ya esta descontado el 2% como bonificación por parte de PEMEX (por la merma provocada por el traslado y vaciado al deposito de la gasolinera), y el registro de la compra se realiza considerando el costo neto del combustible facturado.

En adición a ese 2%, la empresa "deduce" otro 2% más, según ellos por la pérdida de combustible que se genera al estar almacenada hasta su venta.

En cuanto al fundamento legal, no lo tienen, me argumentan que es una práctica aplicada por todas las gasolineras y que nunca han tenido problemas con la SHCP.

Apoyandome en los comentarios que ustedes me han proporcionado, creo que lo podemos considerar como valida la deducción, al ser un % razonable.

Sin embargo, si alguno de ustedes puede proporcionarnos mas detalles y/o comentarios, los tomare en cuenta.

Muchas gracias.
 
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sajg
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09/Jun/08 18:11
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

yo laboro en un grupo gasolinero y hasta donde se no hay criterio del sat que aplique otro 2% de deduccion por merma de gasolina, lo que si consideran en las revisiones son las bonificaciones por memar msima que viene aplicada en la factura del producto el cual personal del sat en la revision desglosan el iva y es como lo manejamos en la contabilidad.

en analisis que he realizado, la bonificacion por merma no se acaba aun en los tanques, ya que es un porcentaje que se aplica a nivel nacional y puede varias dependiendo el lugar, ya que no es lo mismo aqui en hidalgo que en sonora, pero tengo entendido que este porcentaje de bonificacion esta determinado para los lugares de mucho calor.

yo te diria que no apliques ese 2% adicional, si no tienes el fundamento en la mano, ahora bien si aun asi tus jefes deciden hacerlo, tu tendras que aclararles las posibles sanciones que se presentarian de no estar bien fundamentadas.
 
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enriquelozano
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09/Jun/08 19:18
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

Tocayo Lozano:

Entendi mal... ¿a caso Ustede deducen sin el 2% de mermas?

O las deducen el valor de la factura (hablando de compras)

Para las ventas PEMEX sabe como hacerle o la SHCP, pues como ya se tienen las compras, es muy obvio cuanto llegar, por amarre

No se puede reportar menos ventas... excepto la merma (seria considerada como no vendida, por obviedades.

En dos ocasiones he auditado una gasolinera

Y en una de ellas esa merma era muy fuerte, no se habian dado cuenta... claro tampoco se habian dado cuenta... hasta que se les observo

Tenian fisurado uno de los tanques, por ahi se les escapaba la gasolina

Ese contribuyente tuvo que reportar perdidas por ese tanque afectado y al revisarlo, efectivamente tenia dañado el tanque de abastecimiento o de almacenaje.
 
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enrique9727
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09/Jun/08 19:32
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

ART. 7 FRACCION VII PARRAFO 6 DE LA LIF.



PETROLEOS MEXICANOS DESCONTARA DE SU FACTURACION A LAS ESTACIONES DE SERVICIO, POR CONCEPTO DE MERMAS[/b:581c316e8f], EL [b:581c316e8f]0.74 POR CIENTO DEL VALOR TOTAL DE LAS ENAJENACIONES DE GASOLINA QUE REALICE A DICHAS ESTACIONES DE SERVICIO. EL MONTO DE INGRESOS QUE DEJE DE PERCIBIR PETROLEOS MEXICANOS POR ESTE CONCEPTO PODRA SER DISMINUIDO DE LOS PAGOS MENSUALES QUE DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS DEBE EFECTUAR DICHO ORGANISMO EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 2o.A, FRACCION I DE LA LEY DEL IMPUESTO ESPECIAL SOBRE PRODUCCION Y SERVICIOS.
 
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lcruizuscanga
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09/Jun/08 21:08
Re: DEDUCCION POR "MERMA" EN GASOLINERAS

Buenas noches, tal y como lo menciona el compañero lcruizuscanga el porcentaje de bonificacion que Pemex realiza a las estaciones de servicio es del 0.74% y ese seria en cierta forma la merma permitida y logica del combustible, el 2% es un porcentaje excesivo, la experiancia con nuestro clientes gasolineros no ha dicho que habria q manejar dos conceptos, uno seria la bonificacion de se nos hace en la compra del combustible y eso manejarlo como otro ingreso y por otro lado determonar la merma real por el manejo de la GASOLINA ya que el DIESEL no sufre de merma, hay q poner atencion ya que ahora contamos con lo de los controles volumetricos y de ahi se debe de desprender la informacion de las mermas reales, en cuanto a que si es mucha la cantidad de las merma no se nos olvide que el faltante en inventario tambien se considera un ingreso, y cabria hacer mencion que por ahi ya se ha comentado anteriormente la deducibilidad de las mermas para efecto del calculo de IETU, saludos y quedamos al pendiente.
 
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HUCU
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09/Jun/08 22:56

La mermas no se consideran ingresos, si fuese asi en cuel es el fundamento

Segun la ley del IVA procederia a hacerse no acreditable el iva proporcional a que le corresponderia, conforme a su factura de compra

Ese porciento es para el IEPS, es para el CONGRESO para efectos del presupuesto

La merma que tendria PEMEX en si misma por sus manejos, no la merma que le corresponderia a los gasolineros

El porciento de la merma por gasolineras es muy distinto para cada gasolinera, pues existen diversos climas, diferente formas de expender y manejos.

Es muy distinto el manejo de mermas para efectos de PEMEX a las gasolineras
 
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enrique9727
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