05/Jun/08 11:59
[quote:4258e98174="REMN"]Hola Chavalon. un saludo.
Entonces si en 2008 en el mes de febrero tengo de ingresos por ejemplo $5,000 y de gastos $6,000. pf regimen intermedio [color=green:4258e98174]¿no puedo aplicar en la informativa de ceros los egresos fueron superiores a los ingresos?[/color:4258e98174]
Saludos[/quote:4258e98174]
Hola REMN:
Como los calculos de IETU son acumulativos INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS
De alguna forma ya se estaria aprovenchando las "perdidas" resultantes por meses anteriores. Con lo cual no se requiere del credito fiscal del articulo 11 LIETU. Pues al recomenzar el año, se empieza de ceros, imaginando que los ingresos y deducciones son un estado de resultados, recomenzarian las cuentas desde ceros y si llego a resultar una "perdida" por el ejercicio anterior.... en ese momento se aplicaria el renglon de credito fiscal del articulo 11.
Esto se hace con el fin de no contaminar las cifras del año en curso, y asi poderte monitorear que "perdidas" se estarian aplicando, que no sean de mas especialmente.
----------------------------------------------------------------------------------
Esas personas "vivillas" no creo que lo sean tanto, mas bien de "conejos" no pasan pues NO LE PONEN COCO, al llenado de la forma. La forma en si debe manifestarse en base a un procedimiento que la ley marca. Solo llenan la forma por llenarla y presentarla, pues no saben que estan presentando.
No concatenan el texto de la ley vs el llenado de la forma. Ni tampoco le inteligen el procedimiento del calculo de los pagos provisionales.
Si bien las formas no legislan, cada dia se apegan mas a lo que se emarcan en las leyes, pero el orden de como se diseñan no son al azar. Tienen la fundamentacion de la ley misma.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?