Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
05/Jun/08 11:59

[quote:4258e98174="REMN"]Hola Chavalon. un saludo.

Entonces si en 2008 en el mes de febrero tengo de ingresos por ejemplo $5,000 y de gastos $6,000. pf regimen intermedio [color=green:4258e98174]¿no puedo aplicar en la informativa de ceros los egresos fueron superiores a los ingresos?[/color:4258e98174]
Saludos[/quote:4258e98174]

Hola REMN:

Como los calculos de IETU son acumulativos INGRESOS ACUMULABLES Y DEDUCCIONES AUTORIZADAS

De alguna forma ya se estaria aprovenchando las "perdidas" resultantes por meses anteriores. Con lo cual no se requiere del credito fiscal del articulo 11 LIETU. Pues al recomenzar el año, se empieza de ceros, imaginando que los ingresos y deducciones son un estado de resultados, recomenzarian las cuentas desde ceros y si llego a resultar una "perdida" por el ejercicio anterior.... en ese momento se aplicaria el renglon de credito fiscal del articulo 11.

Esto se hace con el fin de no contaminar las cifras del año en curso, y asi poderte monitorear que "perdidas" se estarian aplicando, que no sean de mas especialmente.

----------------------------------------------------------------------------------

Esas personas "vivillas" no creo que lo sean tanto, mas bien de "conejos" no pasan pues NO LE PONEN COCO, al llenado de la forma. La forma en si debe manifestarse en base a un procedimiento que la ley marca. Solo llenan la forma por llenarla y presentarla, pues no saben que estan presentando.

No concatenan el texto de la ley vs el llenado de la forma. Ni tampoco le inteligen el procedimiento del calculo de los pagos provisionales.

Si bien las formas no legislan, cada dia se apegan mas a lo que se emarcan en las leyes, pero el orden de como se diseñan no son al azar. Tienen la fundamentacion de la ley misma.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/08 12:46

Gracias por los comentarios

Saludos afectuosos
 
LA PREPOTENCIA TE HACE FUERTE UN DIA.......LA HUMILDAD PARA SIEMPRE.
 
Perfil

vabdo
General de Brigada

Mensajes: 7573
Ingresó: Agosto 22, 2005
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/08 13:01

Gracias Chavalon y Enrique 9727 por sus comentarios
 
Perfil

REMN
Subteniente

Mensajes: 146
Ingresó: Marzo 24, 2008
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/08 13:31
Re: AVISO DEL SAT EN ACREDITAMIENTO INDEBIDO EN IETU

No se referira el SAT a esto?

Artículo 11.

El monto del crédito fiscal a que se refiere este artículo [color=red:30df228e99]podrá acreditarse por el contribuyente contra el impuesto sobre la renta causado en el ejercicio en el que se generó el crédito. [/color:30df228e99]El monto del crédito fiscal que se hubiera acreditado contra el impuesto sobre la renta en los términos de este párrafo, ya no podrá acreditarse contra el impuesto empresarial a tasa única y la aplicación del mismo no dará derecho a devolución alguna.
 
Perfil

DCT1979
Teniente

Mensajes: 246
Ingresó: Enero 21, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/08 14:56
Re: AVISO DEL SAT EN ACREDITAMIENTO INDEBIDO EN IETU

HOLA:
LO QUE PASA ES QUE NO CONOCEN FISCALIA
 
Perfil

martinsanchez
Subteniente

Mensajes: 154
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/08 18:02
Re: AVISO DEL SAT EN ACREDITAMIENTO INDEBIDO EN IETU

[quote:129dc61f6a="CHAVALON"]HOLA MI ESTIMADO VABDO:

ASI ES, LO QUE SUCEDE ES QUE EL "CRÉDITO FISCAL" SEÑALADO EN EL ART. 11, SE REFIERE A CUANDO EN EL "EJERCICIO"[/b:129dc61f6a] RESULTAN MAS DEDUCCIONES QUE INGRESOS.

SEGÚN EL SAT, ALGUNOS CONTRIBUYENTES ESTABAN "REPORTANDO Y APLICANDO" [color=red:129dc61f6a][u:129dc61f6a][b:129dc61f6a]EN EL LISTADO DE CONCEPTOS[/b:129dc61f6a][/u:129dc61f6a][/color:129dc61f6a], LAS SUPUESTAS [b:129dc61f6a]"PÉRDIDAS" DE MESES ANTERIORES DENTRO DEL RENGLÓN [color=red:129dc61f6a]"CRÉDITO FISCAL[/color:129dc61f6a]".[/b:129dc61f6a]

DICHO CRÉDITO FISCAL SI PUEDE SER UTILZADO, PERO [b:129dc61f6a]HASTA LOS PAGOS PROVISIONALES DEL 2009, UNA VEZ QUE SE HAYA PRESENTADO LA DECLARACIÓN ANUAL DE IETU DE 2008 Y ÉSTA HAYA ARROJADO "PÉRDIDA" (MAYORES DEDUCCIONES QUE INGRESOS.

TE ENVÍO UN CORDIAL Y AFECTUOSO SALUDO[/quote:129dc61f6a]


la verdad , no se como le harian, ya que "mi" programa, no me deja descontar algo , me manda una leyendota en rojo



saludos
 
'NUNCA ALGUIEN SABRÁ TODO' 'NADIE TIENE LA VERDAD ABSOLUTA' _______________________________ 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
 
Perfil

lobozac
General Brigadier

Mensajes: 12763
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
05/Jun/08 18:48
Re: AVISO DEL SAT EN ACREDITAMIENTO INDEBIDO EN IETU

[quote:f4ccd16b75="lobozac"]
la verdad , no se como le harian, ya que [color=green:f4ccd16b75]"mi" programa, no me deja descontar algo , me manda una leyendota en rojo[/color:f4ccd16b75]

saludos[/quote:f4ccd16b75]

Que raro, POR MI PARTE, que si podria poner un valor dentro del RENGLON CREDITO FISCAL (renglon doceavo)

Pero haciendo que sale utilidad (BASE DEL PAGO PROVISIONAL) (con impuesto causado con valor mayor a cero) y le pongo credito fiscal... SI lo permite.

Donde no se puede es cuando se reporta PERDIDA (IMPUESTO CAUSADO=0) METER MAS PERDIDAS en el renglon 12vo (¿PARA QUE?)
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
Perfil

enrique9727
General de División

Mensajes: 15565
Ingresó: Julio 10, 2007
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2