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28/Feb/08 20:45
Re: pension

[quote:3a0cb7acc6="jacke"]saludos a todos los del portal mi duda es la siguiente ojala me puedan ayudar tenemos en la empresa una trabajadoara fundadora ya tiene 20 años trabajando ella ya es grande de edad 75 segun yo no tiene el minimo de semanas cotizadas al imss para una posible pension 1250
que tine que hacer? se puede pensionar? esperarse mas tiempo para completar lo con el requisito o que por su ayuda de antemano gracias[/quote:3a0cb7acc6]
:| Buenas noches. Ya le sugirieron que primero haga el tramite de las semanas cotizadas. Si es el caso de que tenga más de 500, podrá solicitar pensionarse bajo los términos de la ley anterior.

1 saludin,
El Lic.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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29/Feb/08 19:39
Re: pension

[quote:9c9832752c="enrique9727"][color=red:9c9832752c]El tiempo por maternidad no es tiempo laborado... [/color:9c9832752c]por lo tanto no se paga cuotas, se indemniza al trabajador y no es inconstitucional.

Es logico que no proceda cotizar, es una suspension de la relacion laboral, por ese tiempo no existe relacion laboral[/quote:9c9832752c]

Extrañamente en la Ley del Seguro Social de 1973 las incapacidades por maternidad si suman a las semanas cotizadas.

Estoy buscando en la Ley de 1997
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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01/Mar/08 13:40
Re: pension

enrique9727 escribió:
El tiempo por maternidad no es tiempo laborado... por lo tanto no se paga cuotas, se indemniza al trabajador y no es inconstitucional.

Es logico que no proceda cotizar, es una suspension de la relacion laboral, por ese tiempo no existe relacion laboral


[color=green:d6bb503d01]Extrañamente en la Ley del Seguro Social de 1973 las incapacidades por maternidad si suman a las semanas cotizadas.

Estoy buscando en la Ley de 1997[/color:d6bb503d01][/b:d6bb503d01]

Hola Mem:

Disculpe.

Habria que ver, qué lado o filo de la navaja de afeitar estaria viéndose.

Si se observa desde el punto de vista del trabajador.... se cuenta como laborados... [b:d6bb503d01][color=green:d6bb503d01]No busque en la LSS... en la LFT es lo mas indicado. El IMSS no tienen vela en el entierro, rigue la LFT la cuestiones laborales.[/color:d6bb503d01]

Si se observa por el lado del IMSS, en la cuestiones de administrar los dineros, deben ser disminuidos de los fondos para ser entregadas esas prestaciones en dinero. O ¿de donde salen esos dineros, para ser sufragados? Como sea el gobierno pagaria.... pero se justificarian de esos fondos. Esa era mi intension del comentario, no para efectos laborales.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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03/Mar/08 7:39
Re: pension

por eso me gusta este portal es de lo mejor donde uno espone sus dudas y con seguridad muchos compañeros te dan las respuesta que necesitas gracias otravez
 
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jacke
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