18/Dic/07 12:00
Re: CREAR UN 2DO REGISTRO PATRONAL
Ese artículo que aparta Mem, es claro que, si podría tenerse dos registros por la misma compañía, pero cada registro atendería a lugares distantes y a desempeño de actividades distintas. Debiéndose clasificarse de manera independiente estos registros.
Si en ambos lugares, se realizan actividades similares, de nada serviría tener la clasificación del grado de riesgo de manera independiente. La empresa no se organiza adecuadamente, y su clasificación deberá ser la misma por ambos registros.
Es importante dar de alta, el puesto correcto de cada persona por cada registro, pués esto también provocaría discrepancias.
Las discrepancias se relacionarían básicamente, en cuanto a la clasificación en la clase de riesgo actual o registrada ante el IMSS, en cuando a las actividades que se desarrollan en realidad de más alto riesgo por parte de los subordinados en relación con el objeto de la compañía, las afiliaciones de los subordinados (puestos) y por último con los accidentes o sinietros de trabajo que ocurrían posteriormente.
En el presente tópico, se indica que se realizan actividades esporádicas de construcción o de mantenimiento, adicionalmente de las de arrendamiento. Y no porque sean esporádicas, se daría a la clasificación de la clase de riesgo, la prima menor o la que corresponda a la de actividad preponderante. La ley marca claramente, que de todas las actividades desarrolladas, esporádicas o no, debería clasificarse en cuanto a la más riesgosa. Habria que atenderse al reglamento correspondiente para analizar las clasificaciones aplicables a cada actividad desarrollada por los colaboradores de la compañía.
Si se dá de alta a una personas, por un solo día, y esta trabaja con explosivos, a partir de ese momento debo reconsiderar la prima de riesgo que se venía teniendo. En especial si, previamente se tendría un registro con clasificacion menor al riesgo de este nuevo trabajador. Así sea por unas cuantas horas por todo un año completo.
Pero lo anterior sería medio absurdo, pero sin percatarse con la atención debida, comunmente sucede. Y la solución más sana, sería mejor buscar a un profesional y solicitar sus servicios independientes, para evitar la subordinación y así no afectar a mi registro patronal del IMSS.
De ahí la necesidad que imperaría, por contar con una administración adecuada de personal y de nóminas, con el fin de manntener organizada con detalle, evitando discrepancias como las comentadas,
en el momento que ocurran los sucesos de los accidentes que evidencierarían las incongruencias.
¿Cómo es que se registró previamente a la empresa de una manera y la lógica no se mostraría congruente con los acontecimientos de los siniestros y los accidentes?
¿Cómo un empleado de oficina se accidentó, con la máquina prensadora? Y el negocio, no informó de que realiza este tipo de actividades, con relación a esa máquina? Por eso es importante, integrar el activo fijo de la compañía, pués el manejo de herramientas y máquinas, también implica riesgo. Cualquier desempeño laboral formaría parte de la clasificiación de riesgo de la empresa y no tan solo tendrían relación con sus actividades que apariencia desarrollarían o seria el objeto primordial de la sociedad.
Saludos cordiales,
enrique9727
¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate.
Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?