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11/Sep/07 16:12
COMPA DE AUTOMOVIL

EN UNA EMPRESA MORAL SE COMPRO UN AUTO QUE VALE 150,000.00 Y SE PAGO DE LA SIGUIENTE MANERA SE DIO A CUENTA OTRO CARRO PERO ESTE ERA DE UNO DE LOS SOCIOS Y EL RESTO SE PAGO CON CHEQUE DE LA EMPRESA

ES TODO DEDUCIBLE O COMO LE PUEDO HACER PARA QUE TODO SEA DEDUCIBLE SACAR UN CHEQUE A NOMBRE DEL SOCIO DONDE SE ESTE PAGANDO LA PARTE QUE EL PUSO.....

GRACIAS
 
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enriquerubio78
Soldado

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11/Sep/07 17:33

En un caso parecido, hablamos con la agencia para que nos permitiera sacar un cheque para abono en cuenta de la agencia y posteriormente nos regreso el efectivo.
 
¡¡ juntos damos soluciones !!
 
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Mem
Teniente Coronel

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11/Sep/07 17:53

y cual es el problema? el auto nuevo segun factura vale 150 000 si le tomaron a cuenta el auto del socio en 20 000 pues esa cantidad se la deberias al socio no lo crees? o bien, los reembolsos quedan fuera de la obligacion de emitir un cheque nominativo, podrias sacar un cheque a nombre del socio como reembolso y ya, no tiene bronca.
 
"Soy hombre, por tanto nada de lo humano me es Ajeno" Terencio
 
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felucho75
Sargento Primero

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11/Sep/07 18:51
Re: COMPA DE AUTOMOVIL

Hola ENRIQUERUBIO para que en la empresa quede bien documentado lo que en realidad sucedio es que el socio le vendio el carro a la pm y esta lo entrego a la agencia en pago de uno nuevo esa es la operacion que debes documentar:

1,-debes tener la fc del socio endosada a la pm aunque sea copia y hacer un contrato donde se establesca la operacion de compra venta y le giras su cheque en pago.

2.-deberas dar de alta placas en la entidad federativa y baja por entrega a la agencia y facturar de la pm el carro entregado por que se trata de aun activo fijo.

aunque pudieras saltarte el punto dos no muy recomendable cuando las autoridades fiscales de las entidades federativas revisan algunas veces tambien revisan lo de las tenencias.

espero te sirva el comentario


saludos.
 
EL BIEN Y EL MAL SIEMPRE ESTAN PRESENTES NOSOTROS ELEGIMOS.
 
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ANROSO
Teniente

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13/Sep/07 16:37
Re: COMPA DE AUTOMOVIL

MUCHAS GRACIAS POR SUS COMENTARIOS ME SIRVIERON MUCHO


SALUDOS
 
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enriquerubio78
Soldado

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13/Sep/07 17:06
Re: COMPA DE AUTOMOVIL

enriquerubio78:

Una de las cosas que debemos entender los "contadores" es que hay diversas formas de extinguir obligaciones, entre las cuales seria el pago en efectivo la mas tradicional, pero no es la unica forma de liquidar obligaciones. Existe tambien la compensacion, la nota de credito por descuentos, devoluciones, la condonacion, la permuta como este caso, y posiblemente otras formas que no recuerdo de momento y podrian ser aplicables.

La LISR presupone o hacer ver que presupone que la forma de extinguir obligaciones seria el pago en efectivo y lo regula que los desembolsos, que estos deben efectuarse mediante expedicion de cheques por montos superiores de $ 2,000 pesos, con el fin de cumplir un requisito de deducibilidad.

Pero si el contribuyente no desembolsa montos en efectivo (caja o cheque, transferencias electronicas, monederos electronicos, o similares) no tendria que acatar esa disposicion, pues no le seria aplicable y por que no estaria prohibida otro tipo de extingirse las obligaciones, por lo que se cumpliria el requisito de manera excluyente.

Lo anterior es la forma en que intepreto la disposicion, pero si alguien la interpreta como la unica forma de extinguir obligaciones el pago en efectivo y que deba de cualquier forma acatarse la disposicon que regula los desembolsos de efectivo, pues esta intepretacion violaria la garantia constitucional de la libertad, de poder elegir los medios de pago que a cada contribuyente segun le convenga y de manera automatica esa reglamentacion seria anticonstitucional y no podria ser privativa de manera intrinseca.

En tu caso en particular procederia dar de baja el articulo, con el cual se permutaria, luego de proceder a determinar a que valor se consideraria para la disminucion de la deuda, lo que daria a lugar a un reconocimiento de una perdida u utilidad por ese valor neto en libros que se dio de baja en contabilidad vs el que lo tomaria en cuenta la empresa para derimir en parte la nueva deuda por el automovil nuevo.

Finalmente se daria de alta la nueva unidad vs un pasivo , el cual se disminuiria con el valor que se reconozca aceptar como bonificacion de este pasivo por el automovil permutado. El resto del pasivo que se liquide con desembolsos de efectivo debe cumplir con la reglamentacion que regularia esos mismos desembolsos.

No hay que ser mas papistas que el Papa, no corresponde.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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