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09/Ago/07 11:21

No me dieron fundamentos legales, pero recorde en un curso que impartio el SAT, se hablo de los Medicos, y ahi mismo se comento, que por no ser causantes de IVA, no tendrian obligacion de presentar las declaraciones.

Ahora, la otra opcion es hacer consulta por escrito al SAT.
 
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vabdo
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09/Ago/07 15:18

[quote:f3f54559c5="vabdo"]No me dieron fundamentos legales, pero recorde en un curso que impartio el SAT, se hablo de los Medicos, y ahi mismo se comento, que por no ser causantes de IVA, no tendrian obligacion de presentar las declaraciones.

Ahora, la otra opcion es hacer consulta por escrito al SAT.[/quote:f3f54559c5]


EN CIERTA OCASION TAMBIEN ASISTI A UN CURSO ......Y TAMBIEN SUPUSIERON LOS DEL SAT QUE ASI SERIA RESPECTO DE LOS MEDICOS........PEEEEEERO

LES COMENZAMOS A "DISCUTIR" QUE SI BIEN EFECTIVAMENTE NO SON CAUSANTES DEL IVA (NO LO COBRAN A SUS CLIENTES)......PARA EFECTOS DE PROVEEDORES **SI** DEBERIAN INFORMAR.....YA QUE **SI** PAGAN IVA......ENTONCES ......DEBEN INMFORMAR EL IVA DE SUS GASTOS ........Y EL EXPOSITOR......SE QUEDO CON CARA DE WAHT ????

ESTO ES INTERPRETACION "ANALOGA".......PERO SI LE ANDAMOS BUSCANDO A LA LEY.....PUEDE QUE SE DEMUESTRE ESTE CRITERIO

AHORA BIEN, EN LO PARTICULAR.....BAJO ESTE SUPUESTO DE INTERPRETACION PROPIO.......SI INFORMO LOS MEDICOS.......( Y LES COBRO POR ESTE SERVICIO)


SALUDOS
 
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lobozac
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10/Ago/07 0:10

Hola:

Pues yo sigo pensando que hay una laguna en la forma de redaccion en la ley, que a toda luces esta mal definida y no ir al grano al decir que las actividades señaladas en el art 1 para no dejar dudas, eso de que habla de actividades al pago, pues hay activiadades exentas y esas no se pagan impuestos

Si despues sale modificado esa parte del articulo, es porque la autoridad rectifico su lagunilla, como pasa en ocasiones y no nos damos cuenta

Por otro lado este tipo de disposicion no amerita la interpretacion estricta pues no para la determinacion de impuestos si no de informar, asi que cabria la posibilidad de aplicar otro tipo de interpretacion que no sea la que convenga a las cargas del contribuyentes que estrictamente deberia ser a la aplicacion ESTRICTA
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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13/Ago/07 12:10
Re: Declaración informativa de operaciones con terceros (

Hola:

De conformidad con la publicacion de Fiscalia se podria llegar a una conclusion mas clara o todavia seguir en las mismas o peor, segun cada quien????

http://www.fiscalia.com/modules.php?name=News&sid=1927&mode=&order=0&thold=0&file=article&

Ahi se menciona que si no hay actividades gravadas, no se tendria la obligacion del DIOT, segun sus conclusiones: Asi lo especifique en mi primera participacion.

[color=green:f6f7bb23eb]jf_valencia escribió:
Estoy obligado a presentar la Declaración informativa de operaciones con terceros, so soy una persona moral que [u:f6f7bb23eb]unicamente se dedica a enajenar casa habitacion la cual esta exenta del IVA [/u:f6f7bb23eb][/color:f6f7bb23eb]

Mas sin embargo me parece una laguna de la ley grave, al referirse a actividades al pago, debiendose referir unicamente actividades afectas al IVA que seria lo mas prudente, derivado por los comentarios acertados de CHAVALON y el criterio del SAT.

De esa manera el SAT o la SHCP tendria la oportunidad de realizar su labor de fiscalizacion por este tipo de contribuyentes a los que menciona jf_valencia.

El SAT se veria atada de manos para corroborar deducciones por los clientes de este tipo de contribuyentes, asi como los ingresos, pues esta herramienta del DIOT busca fiscalizar el IVA en primer instancia pero tambien el ISR de alguna manera.

El documento de Fiscalia es claro que aplica unicamente disposiciones relativas a la LEY DEL IVA, pues las demas disposiciones en un momento dado no podrian ser aplicativas, si el contribuyente no opta por esos "BENEFICIOS"

Por lo pronto ya se conoce tambien la postura del SAT que habria que tomarla en cuenta y esperar requerimientos y/o multas por no hacer caso a sus criterios, y muy posiblemente si no se tiene la capacidad para revertirse, seria mas prudente hacer caso al criterio del SAT para no tener problemas mayores.
 
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enrique9727
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15/Ago/07 20:01
Re: Declaración informativa de operaciones con terceros (

y al reves que sucede.......?

ejemplo

los que estan exentos no presnetan la informativa, pero que sucede con el contribuyente que esta gravado y que disfruto de los servicios de una persona que no esta obligado a la informativa, se debe presnetar la informacion de ese tercero?


es decir,

gastos honorario medico 10,000 iva no aplica al estar exento.

la empresa que gastó debe reportar a ese proveedor? yel proveedor no reportará la informativa.

saludos.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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16/Ago/07 10:29

Con lo que comentas cjlopezasesoria: En mi opinion, si la presentaria, como operacion exenta.

Mas opiniones.?
 
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vabdo
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16/Ago/07 10:30

Agrego:
La presentaria, porque tengo la obligacion de presentar el DIOT.
 
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vabdo
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16/Ago/07 13:37
Re: Declaración informativa de operaciones con terceros (

totalmente deacuerdo,solo confirmamos,gracias.
 
cj
 
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cjlopezasesoria
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16/Ago/07 14:54

buen dia a lo que e entendido lo presetan los que tienen la obligacion,


hay tener en cuenta si no relizas operaciones y tienes la obligacion si tiene que presentar el diot
 
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uier
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16/Ago/07 15:29

Hola:

Como la estructura de la redaccion de dos o tres renglones de un articulo hace variar las interpretaciones, como los renglones inciales del art 32 LIVA

Para mi gusto todas esas interpretaciones mientras tengan sentido comun y algo de logica, serian valederas, pues no se requiere una interpretacion estricta

Algunos se inclinarian por el criterio del SAT, que al parecer es por el que deberiamos inclinarnos, la razon principal seria porque al no haber una carga impositiva adicional, si de trabajo, pero no monetaria, esa interpretacion deberia acarrearle menos problemas al contribuyente.

Otra razon seria que el sentido de la disposicion es declarar de manera informativa, no evadir informacion o datos, por lo menos es el sentido de la disposicion, y asi permitirle al SAT y la SHCP realizar compulsas de manera instantanea cada mes y no tener que esperar un año o mas tiempo.

Por otro lado, el contribuyente tendria obligaciones siempre que se manifiesten de manera clara, y definitivamente no es clara, haciedola dificil de comprender a simple vista, asi que podria ser dispensado de esta obligacion y otras mas, en ciertas circunstancias, por la falta de pulcritud en su redaccion, que la quisieron dejar muy adornada, pero cae en contradicciones.

En la mayoria de las redacciones de las disposiciones estan redactadas como si fuese a cribarse los conceptos a gravar o en este caso a declararse.

Pero inicialmente debe incluirse todo el universo completo, cosa que asi no se muestra asi los primeros renglones del art 32, que inicialmente ya deja fuera a ciertas actividades y personas excluidos y luego reintegra solo una parte de lo excluido.

Los que ya fueron excluidos totalmente ya no procederian con la obligacion. Si se busca seguir la interpretacion estricta. Mas sin embargo el CFF indica que cuando se trate de disposiciones con carga al contribuyente debe imperar unicamente la interpretacion estricta.

Como esta obligacion no implicaria una carga impositiva, hace entre ver que pudiese dar lugar a distintas interpretaciones.

Y no seria grave esa falta de pulcritud, si no fuera por que tambien inciden en otras obligaciones ademas del DIOT, llevar la contabilidad, expedir documentacion comprobatoria, presentacion de declaraciones, aplicacion de retenciones de IVA

Ya se mencionaron el ejemplo de personas que unicamente obtienen ingresos exentos, en aplicacion estricta seria no sujetos a la obligacion del DIOT, pero la idea es que todos declaren para la compulsa y la verificacion, deben aplicar todos los afectos al IVA, a la tasa que graven y los exentos al pago, esas obligaciones del art 32, pues no serian tratado de igual manera los contribuyentes del IVA
 
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enrique9727
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