Foros


Inicio » Fiscal

Página: 1 2

Mensaje Autor

Arriba
28/Nov/06 16:25
Deducibles de pm con repeco

Buenas tardes a todos:

Es posible que una persona moral tenga deducciones autorizadas con REPECOS?

A mi parecer no seria posible porque los REPECOS solo emiten comprobantes simplificados y sus operaciones es con el publico en general, de hecho la misma LISR establece que cuando un REPECO emita una factura con requisitos automaticamente cambia de regimen.

Me corrigen por favor si estoy incorrecto?

Saludos y gracias. :?:
 
Perfil

ezuniga
Subteniente

Mensajes: 168
Ingresó: Agosto 27, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Nov/06 16:58
Re: Deducibles de pm con repeco

ESTAS EN LO CIERTO.
 
Perfil

eguisa
Sargento Segundo

Mensajes: 60
Ingresó: Mayo 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Nov/06 17:37
Re: Deducibles de pm con repeco

definitavemente, estas en lo correcto, una PM, no puede deducir comprobantes de Repeco y este asu vez desde el momento que expida un comprobante que cumpla con todos los requisitos, cambia automaticamente de regimen.
 
Perfil

jancona
Sargento Primero

Mensajes: 111
Ingresó: Mayo 19, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Nov/06 17:51
Re: Deducibles de pm con repeco

Podria ser.... una de las nuevas modificaciones del articulo 31 fr. III fue esta de hecho, ..."[u:ec47e83709]Estar amparadas con documentación que reúna los requisitos de las disposiciones fiscales[/u:ec47e83709] y que los pagos cuyo monto exceda de $2,000.00 se efectúen mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, o a través de los monederos electrónicos que al efecto autorice el Servicio de Administración Tributaria, excepto cuando dichos pagos se hagan por la prestación de un servicio personal subordinado" le falto decir relativas a la identidad y domicilio de quien las expida y que estas fueran de acuerdo al 29 y 29-A del Codigo, y si nos vamos a la seccion de REPECOS, [u:ec47e83709]que ordenan las propias disposiciones fiscales[/u:ec47e83709], el unico requisito de las [u:ec47e83709]notas de venta[/u:ec47e83709], es que no cumplan con los requisitos que menciona el codigo.

Por lo que yo no le veo problema a la deducibilidad de las notas de venta de los REPECOS.
 
Saludos!
 
Perfil

doqu
Subteniente

Mensajes: 134
Ingresó: Noviembre 08, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Nov/06 18:09

Gracias Doqu por tus comentarios:

Aunque la misma disposicion fiscal establece que las notas de venta se emiten solo a publico en general?

Una persona moral podria considerarse como publico en general?

A mi entender parece que la idea del fisco de permitirle a los REPECOS emitir unicamente notas de ventas es con el fin de que sus clientes no puedan deducir gastos ni acreditar impuestos trasladados, por favor me corrigen si estoy mal.

Saludos cordiales.
 
Perfil

ezuniga
Subteniente

Mensajes: 168
Ingresó: Agosto 27, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Nov/06 18:11

Eguisa y Jancona, agradezco sus comentarios.
 
Perfil

ezuniga
Subteniente

Mensajes: 168
Ingresó: Agosto 27, 2005
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
28/Nov/06 20:22
Re: Deducibles de pm con repeco

definitivo los pagos efectuados a repecos no son deducibles....porque las notas que emite son comprobante simplificados y no reunen los requisitos establecidos en el art 29A del cff
 
Perfil

emo
Soldado

Mensajes: 7
Ingresó: Julio 02, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Nov/06 8:17
Re: Deducibles de pm con repeco

mmm y si asimilas a salarios el ingreso del repeco? ahi se volvería deducible.

Saludos
 
Perfil

hermendozac
Sargento Primero

Mensajes: 112
Ingresó: Diciembre 16, 2004
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Nov/06 9:44
Re: Deducibles de pm con repeco

Emo, lo que dice doqu es precisamente que las reformas recientes al 31 eliminaron la referencia al 29 del CFF...
 
Lo importante no es saber, sino tener el teléfono del que sabe.
 
Perfil

Cheque
General de Brigada

Mensajes: 6658
Ingresó: Mayo 18, 2004
Ubicación:

Conectado

Agregar como amigo

Arriba
30/Nov/06 11:15
Re: Deducibles de pm con repeco

[quote:95f5f38de6="Cheque"]Emo, lo que dice doqu es precisamente que las reformas recientes al 31 eliminaron la referencia al 29 del CFF...[/quote:95f5f38de6]

Estimado Cheque:


Tu lo considerarias como deduccion ??????


Saludos!
 
Saludos!
 
Perfil

doqu
Subteniente

Mensajes: 134
Ingresó: Noviembre 08, 2006
Ubicación:

No Conectado

Agregar como amigo


Página: 1 2