28/Ene/06 23:05
Re: como van a tributar los repecos en 2006?
Hola cruzalex:
Mira, el dia 08 de Diciembre del 2005 se publicó el Decreto por el que se otorgan diversos beneficios fiscales a los pequeños contribuyentes.
En este documento se especifica: "Que los convenios de coordinación celebrados de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Coordinación Fiscal entre las entidades federativas y el Gobierno Federal, en materia de administración del impuesto sobre la renta a cargo de los pequeños contribuyentes, comprenden, entre otras, las funciones de Registro Federal de Contribuyentes, las cuales permiten que dichas entidades reciban los avisos a que se refieren las disposiciones fiscales, para mantener actualizado el Padrón del Registro Federal de Contribuyentes de este sector de contribuyentes que tengan su domicilio fiscal en su jurisdicción, con la finalidad de que dichas entidades tengan la administración y control integral de estos contribuyentes."
ASIMISMO, ESTABLECE QUE: "DECRETO
Artículo Primero. Las entidades federativas con las que la Secretaría de Hacienda y Crédito Público celebre el convenio de coordinación para la administración del impuesto al valor agregado y del impuesto sobre la renta, a que se refiere el penúltimo párrafo del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado y el artículo 139, fracción VI, último párrafo de la Ley del Impuesto sobre la Renta, podrán establecer anualmente a los contribuyentes que se inscriban o estén inscritos en el Registro Federal de Contribuyentes en el Régimen de Pequeños Contribuyentes previsto en la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, con establecimientos, sucursales o agencias ubicados en su circunscripción, una cuota fija integrada aplicable para todo el ejercicio y que, en su caso, incluya a los impuestos sobre la renta y al valor agregado, cuyo pago se realizará bimestralmente. Dichas entidades federativas deberán proporcionar al Servicio de Administración Tributaria, la información sobre los pagos señalados con la periodicidad y cumpliendo con las condiciones técnicas que se establezcan en el anexo correspondiente del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal.
EN SI, EL DECRETO AUTORIZA A LOS GOBIERNOS ESTATALES QUE TENGAN CELEBRADO CONVENIO DE COORDINACION PARA LA ADMINISTRACION DEL IVA Y DEL ISR DE PEQUEÑOS CONTRIBUYENTES, A COBRAR ESTE IMPUESTO.
ESTE CONVENIO DE COORDINACION FUE CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO Y FIRMADO POR EL NUEGO GOBER ZEFERINO TORREBLANCA Y PUBLICADO EN EL DOF EL DIA 16 DE AGOSTO DEL 2005.
TE DOY UN EXTRACTO DE DICHO CONVENIO:
ANEXO No. 3 AL CONVENIO DE COLABORACION ADMINISTRATIVA EN MATERIA FISCAL FEDERAL, CELEBRADO ENTRE EL GOBIERNO FEDERAL, POR CONDUCTO DE LA SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO, Y EL GOBIERNO DEL ESTADO DE GUERRERO.
CLAUSULAS
PRIMERA.- La Secretaría y el Estado, sin perjuicio de lo dispuesto en la fracción I de la cláusula octava del Convenio de Colaboración Administrativa en Materia Fiscal Federal, convienen en coordinarse para que éste ejerza las funciones operativas de administración relacionadas con los contribuyentes que tributen en los términos de la Sección III del Capítulo II del Título IV de la Ley del Impuesto sobre la Renta, es decir, de los denominados “pequeños contribuyentes”, tratándose de los siguientes ingresos:
. Los derivados del impuesto sobre la renta
II. Los derivados del impuesto al valor agregado que se paguen en los términos del artículo 2o.-C de la Ley del Impuesto al Valor Agregado
México, D.F., a 18 de julio de 2005.- Por el Estado: el Gobernador Constitucional, Carlos Zeferino Torreblanca Galindo.- Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Armando Chavarría Barrera.- Rúbrica.- El Secretario de Finanzas y Administración, Carlos Alvarez Reyes.- Rúbrica.- Por la Secretaría: el Secretario de Hacienda y Crédito Público, José Francisco Gil Díaz.- Rúbrica.
TE SUGIERO ACUDAS A LA OFICINA DE FINANZAS DIRECTAMENTE CON DON JESUS, QUE ES EL ADMINISTRADOR DE FINANZAS. SEGURAMENTE LO CONOCES, ES EL PROPIETARIO DE LA MISCELANEA EL CACAHUATE,
Y LE SOLICITES TE HAGAN TU ESTIMATIVA DE IVA E ISR.
MUESTRALE LOS DECRETOS QUE TE MENCIONO EN ESTE COMENTARIO, MISMOS QUE PUEDES DESCARGAR DE ESTA MISMA PAGINA DE FISCALIA. LUEGO NOS COMENTAS COMO TE FUE.
SALUDOS