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Tópico: Acta por Baja de Activo Fijo Obsoleto
JEANET

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: Acta por Baja de Activo Fijo Obsoleto
Muchas gracias Edgarecs Entonces el Art 37 cita lo siguiente "Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando éstos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá, en el ejercicio en que esto ocurra, la parte aún no deducida. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un peso en sus registros. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en el artículo 27 de esta Ley." Asi es protocolizo una acta por los activos fijos a dar de baja por medio del notario, con ese documento doy de baja contablemente el mismo (el cual ya esta totalmente depreciado y por el tiempo que tiene incluso ya no esta en poder de la empresa) pero dejo el antecedente de 1 (un peso) en el valor del activo. El detalle es q los dueños quieren dar de baja completamente al activo osea no dejar antecedente, y les recomendaron hacer una acta administrativa interna, que especificara la baja se anexaran los expedientes de los activos y desapareciera de libros esos registros, ya que fiscalmente ya estaban totalmenete depreciados.... Existe esa posibilidad ???? espero opiniones gracias
Tópico: Acta por Baja de Activo Fijo Obsoleto
JEANET

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Acta por Baja de Activo Fijo Obsoleto
Buenas tardes Ocupo una acta administrativa por baja de activos fijos obsoletos, para que pueda contablemente darlos de baja , puesto que ya ni si quiera existen en la organizacion, o si alguien ha estado en un caso similar que me pudieran explicar el procedimiento que usaron muchas gracias
Tópico: "urge informacion sobre Modulo 45"
JEANET

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 06, 2005 Asunto: Re: "urge informacion sobre Modulo 45"
Buenas tardes, Actualmente estoy trabajando en una empresa agricola, llevo poco tiempo y lo que he alcanzado a investigar se que en relacion al modulo 45 es cierto ya no esta vigente en la fecha que indican y se abrio el modulo 13, a lo que hay bastantes empresas agricolas aparadas a raiz de eso, ahora bien segun yo el 29 de abril del 2005 se adisionaron articulos a LSS en ellos especifican cambios importantes para los trabajadores del campo, y segun mi opinion entiendo que a partir de la fecha ya no habra distincion entre los trabajadores del campo y otro tipo de trabajadores, por favor si alguien en este foro sabe mas a cerca de esto le pido que me corrija o me amplie mi conocimiento, saludos!!

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