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Tópico: duda ide
hvazquez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2009 19:38:35 Asunto: Re: duda ide
En el caso del IETU se puede llevar el I.D.E. cuando pagaste I.s.r. propio con ide o sea que hayas acreditado ide contra isr propio por ejemplo causaste de isr propio 5000 y te retuvieron 3000 de ide y pagaste efectivamente 2000 de isr, en ese caso te puedes llevar los 5000 contra ietu ya que el isr propio acreditado con ide se considera isr pagado, ya que el banco te desconto y entero al fisco el pago del ide.
Tópico: duda ide
hvazquez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2009 19:31:18 Asunto: Re: duda ide
Recuerda que el I.D.E. solo se puede acreditar contra el mismo mes en que lo hayas pagado, no puedes llevarlo contra otros meses, según la Ley si te queda remanente lo puedes compensar contra impuestos a tu cargo del mismo mes y si te quedará un remanente solicitarías la devolución, así estaba en un inicio, pero como la autoridad fue muy arbitraria, en su nueva resolución saco reglas referentes a este impuesto donde ya te permiten compensarlo contra otros meses, en el caso que hayas tenido pèrdidas fiscales en I.S.R. Propio y no tengas retenciones de I.S.R. a cargo, y que mediante escrito libre justifiques el hecho de por que no lo acreditaste, checha la nueva resolución miscelánea,pero recuerda siempre primero debes acreditar para compensar y en caso que no sea así y decidas compensarlo directamente plantea correctamente la rázón ante la autoridad para que proceda tu compensación.
Tópico: Retenciones ISR por Remanente Distribuible
hvazquez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 20, 2009 19:06:28 Asunto: Retenciones ISR por Remanente Distribuible
Buenas tardes, en el caso de una escuela para relizar el pago de la retención del I.S.R. de un socio que retiro el remanente distribuible puro ¿por que concepto se entera está retención? ¿por I.s.r. retenido por asimilables a salarios o por otras retenciones? y en el caso del I.E.T.U. ¿como entraría este retiro, dentro de deducciones o como I.S.R. Retenido al contribuyente? Por ejemplo si mi remanente fue de $10,000.00 x 28%=2800.00, los 2,800.00 entrarían dentro de I.S.R. Retenido al Contribuyente o en deducciones entrarían 7,200 que es el remanente neto.

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