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Tópico: Incremento de ingresos por diversas actividades
acoroarr

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 20, 2012 14:15:58 Asunto: Incremento de ingresos por diversas actividades
Solicito su orientación para determinar que es la mejor opción en este caso. El contribuyente tiene su negocio y por el nivel de ingresos y operaciones esta registrado como REPECO, por lo que sus impuestos los entera en el estado y esta pagando la cuota determinada para ISR en su caso. Ahora el contribuyente ingresara a una empresa de ventas por catálogo pero con un nivel donde le pagarán comisiones y de las cuales le avisan que le causará impuesto dichas comisiones, pidiendo la empresa que le firme el aviso para que dicha empresa le efectue las retenciones correspondientes. Por lo que tengo entendido, en este caso ya tendría dos ingresos (el de su negocio que hoy lo tiene como REPECO, y el nuevo que sería como comisionista). ¿que es lo mas conveniente para mantener regular su situación fiscal? Mantener separadas las obligaciones y acumular ingresos o modificar su negocio de Repeco a persona física con actividad empresarial, donde se incluya la parte de comisiones. Sus ingresos mensuales oscilan alrededor de los $6,000.00 en su negocio actualmente y por las comisiones espera recibir aproximadamente $2,000.00
Tópico: Deducción Personal de interés real pagado en crédito hipotecario
acoroarr

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 14, 2011 20:10:00 Asunto: Re: Deducción Personal de interés real pagado en crédito hipotecario
Gracias a todos lo que han colaborado, me queda claro que con esta respuesta del SAT la deducción solo se puede aplicar a una sola casa habitación. 1. ¿Puedo deducir en mi declaración anual, los intereses reales pagados por créditos hipotecarios de 2 casas? Únicamente se consideran deducibles los intereses reales efectivamente pagados en el ejercicio por uno o más créditos hipotecarios destinados [u]a una sola casa habitación[/u], siempre y cuando no se rebase del límite de un millón quinientas mil unidades de inversión. Luego entonces, tengo otro caso donde la deducción que hace el contribuyente asalariado es de los intereses reales pagados por dos créditos hipotecarios destinados a la compra de la misma casa habitación (es un crédito Cofinavit, donde los acreedores son el Infonavit por una parte y el banco por otra) y ahora la autoridad no esta procediendo con la devolución del saldo a favor presentado en la declaración anual. Para este otro caso ¿que fundamento puede dar la autoridad o como se le puede refutar? Porque según lo veo, en su propia respuesta refiere que la deducción de los intereses reales pagados si aplica de uno o mas créditos destinados a una sola casa habitación ¿como puede contradecirse?
Tópico: Deducción Personal de interés real pagado en crédito hipotecario
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 18, 2011 17:27:02 Asunto: Deducción Personal de interés real pagado en crédito hipotecario
Buenas tardes, Tengo una consulta para saber como se fundamenta esta situación que se me presentó. Es una persona física asalariada que presenta su declaración anual (esta obligada porque sus ingresos por salarios exceden los $400MIL) y dentro de sus deducciones personales incluye dos que son por Interés real pagado en crédito hipotecario pero que está destinado cada crédito a dos inmuebles que son casa habitación, uno es la casa donde vive y la otra no la ocupa.De su declaración con sus deducciones personales le sale saldo a favor de ISR y solicita entonces la devolución. Ahora bien, la autoridad le acaba de contestar que no procede una de las dos deducciones de Interes real pagado en crédito hipotecario, que eso fue valido hasta el 2009 pero a partir de 2010 ya no. Revisando en la LISR en el art.176 Fracción IV de 2009 y 2010 encontré que si hay una ligera modificación en la redacción, donde dice así: 2009. ART 176 LISR ... IV Los interese reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a casa habitación... 2010 ART 176 LISR ... IV Los interese reales efectivamente pagados en el ejercicio por créditos hipotecarios destinados a la adquisición de su casa habitación... ¿Debo considerar esta sútil pero importante modificación ('..a la adsquisición de su...') como el fundamento de la autoridad para no aceptar mas que una deducción de este tipo? ¿Saben de algún otro fundamento legal que sirva de apoyo a la autoridad? Agradezco a todos su opinión.
Tópico: DEVOLUCION ISR 2006 Y 2007
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 14, 2010 17:49:08 Asunto: Re: DEVOLUCION ISR 2006 Y 2007
Ok, gracias. La situacíón es que el saldo a favor que estoy solicitando es porque presento deducciones personales en mi declaración, no por las retenciones que me realizó el patrón. La otra cuestión es que yo no avise al patrón porque desde mi contratación por salarios deje de realizar actividades por honorarios sin presentar el aviso de suspensión de este segundo punto. De aquí es que la autoridad me invito a presentar lo de IETU de 2008 en adelante (me llego la invitación en 2009). Por ello es que entonces yo presente mi declaración anual desde 2004 en adelante y al hacerlo aplique las deducciones personales que tenía de cada año. La duda que tengo es porque la autoridad si me realiza la devolución solicitada en mi declaración 2004 y en la del 2006 y 2007 me dice que no procede ¿como que no me aplica la misma regla? ¿como puedo argumentar ésto en mi defensa?
Tópico: DEVOLUCION ISR 2006 Y 2007
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 14, 2010 15:12:39 Asunto: DEVOLUCION ISR 2006 Y 2007
En 2002 me di de alta por honorarios, pero entre a trabajar por sueldos y salarios y como no tuve actividad por honorarios le solicite al patrón realizará mis declaraciones, así llegue hasta el 2009, pero este año me empezaron a llegar requerimientos de IETU, me presente ante el SAT y me indicaron estaba obligado a presentar declaraciones de por lo menos los últimos 5 años, tanto por Sueldos como por Honorarios, en la declaración de 2004 me salio un saldo a favor y aún y cuando mi constancia decia que el patrón había presentado mi declaración me hicieron la devolución. En las declaraciones de 2006 y 2007 tambien tengo saldo a favor, procedí a solicitar la devolución el 22 de julio y con fecha 04 de octubre me llega el día de ayer 13 de octubre me llegó un oficio a la casa mencionando que dicha devolución no procede, pues no estaba obligado a presentar mi declaración ya que no excedí los 400,000.00 de ingresos, a parte de que en la constancia de percepciones y retenciones el patrón me realizó ajuste anual. ¿Que debo hacer, pues como menciono en el 2004 si me efectuaron la devolución en una sitaución similar?,
Tópico: Increible cantidad de topicos?? eso que importa! somos o no profesionales..
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 07, 2009 14:22:33 Asunto: Re: Increible cantidad de topicos?? eso que importa! somos o no profesionales..
Me permito copiarles el texto de tres postulados contenidos en el Código de Ética del IMCP: [color=blue]' RESPONSABILIDAD HACIA LA PROFESIÓN Postulado X Respeto a los colegas y a la profesión. Todo Contador Público cuidará sus relaciones con sus colaboradores, con sus colegas y con las instituciones que los grupan, buscando que nunca se menoscabe la dignidad de la profesión sino que se enaltezca, actuando con espíritu de grupo. Postulado XI Dignificación de la imagen profesional con base en la calidad. Para hacer llegar a la sociedad en general y a los usuarios de sus servicios una imagen positiva y de prestigio profesional, el Contador Público se valdrá, fundamentalmente, de su calidad profesional y personal, apoyándose en la promoción institucional y, cuando lo considere conducente, podrá comunicar y difundir sus propias capacidades sin demeritar a sus colegas o a la profesión en general. Postulado XII Difusión y enseñanza de conocimientos técnicos. Todo Contador Público que, de alguna manera, transmita sus conocimientos, tendrá como objetivo mantener las más altas normas profesionales y de conducta y contribuir al desarrollo y difusión de los conocimientos propios de la profesión.'[/color] Con ello pretendo que nos demos la oportunidad como profesionista de elevar nuestra imagen y reputación en nuestra sociedad compartiendo el conocimiento de una manera responsable y con calidad, ya que tristemente hemos de reconocer que como Contadores no tenemos una excelente imagen frente a la sociedad, así que como comentan 'el buen juez por su casa empieza' y aquí considero como casa la profesión que hemos eligido ejercer. Saludos.
Tópico: Aviso de modificación de salario por parte del trabajador
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 03, 2009 16:33:41 Asunto: Re: Aviso de modificación de salario por parte del trabajador
Gracias Juan, solo me queda la duda ¿existe algún formato específico o puede ser por escrito libre?
Tópico: Crédito infonavit por segunda vez
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 03, 2009 16:21:08 Asunto: Re: Crédito infonavit por segunda vez
Al comentario de Enrique le agregaría como recomendación que la persona tomara todas las precauciones financieras, ya que un crédito hipotecario es de largo plazo, por lo que ha de considerar factores como la edad, capacidad económica e incluso su salario base de cotización para saber de cuanto estamos hablando en el renglón de la aportación patronal, que como dice se iría al pago del nuevo crédito. Todo ello le daría mayor certeza para contratar el nuevo crédito.
Tópico: Aviso de modificación de salario por parte del trabajador
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 03, 2009 16:11:50 Asunto: Aviso de modificación de salario por parte del trabajador
Necesito por favor orientación sobre el siguiente caso. Un trabajador tiene declarado por su patrón como Salario Base de Cotización $60.00 pero en realidad le paga $200.00 diarios. En atención al art. 18 de la LSS la dudas que tengo son: ¿Cómo, donde, cuando y con quien, puede ejercer el derecho establecido en el citado artículo? En concreto al punto que dice: Artículo 18. ...comunicar las modificaciones de su salario y demás condiciones de trabajo y, en su caso, presentar la documentación que acredite dicha relación... gracias. TOÑO
Tópico: El IMSS Y LA POBLACION INDIGENA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 03, 2009 16:05:03 Asunto: Re: El IMSS Y LA POBLACION INDIGENA
Sol buenas tardes, Aqui creo que el problema no es exclusivo del IMSS, si no como refieren es del Sistema Nacional de Salud, donde el gobierno ha de instrumentar los mecanismos y programas para atender a toda la población. Como comentan el IMSS ya tiene demasiado con la atención que debe dar a sus asegurados como para atender a grupos específicos que no aportan al instituto. No es que sea discriminatorio, si no por el contrario es promover una atención integral a toda la población, pero atendiendo sus características espefícas, por ejemplo, que el gobierno disponga de unidades de salud atendidas por el sistema nacional de salud y no solo por el IMSS. Atte. Toño

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