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Tópico: Cobro ilegal del Imss
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Cobro ilegal del Imss
Hola colegas expongo este problema: En el año 2001 (Abril 2001), pague las cuotas ob-pat de un cliente, este patron presentaba regularmente de algunos trabajadores, avisos de mod de salarios bimestrales, ya ven que se presentan del 01 al 05 terminado el bimestre, se me paso la fecha y los presente extemporaneos, el dia 16 de Abril del 2001, pero al capturarlos en el Sua, puse el S.D.I. del aviso y la fecha de 01 de Abril, aunque los presente extemporaneos, el imss me dio mi comprobante, los presente mediante el dispmag, y puso fecha del 16 de Abril del 2001. Paso el tiempo y resulta que ahora me notifican crédito fiscal, por diferencias de salarios, me calculan las cuotas ob-pat, me agregan multa del 40%, y por supuesto gtos de ejecución. Yo considero que en primer lugar no se debe hacer retroactiva esa multa del 40%, en segundo lugar no debe el imss, tomar como fecha de mov 1l 16 de Abril, solo porque los presente extemporaneos, sino seguir los procedimientos de la Ley, quisiera, ,me dieran sus comentarios al respecto, y si se puede los fundamentos de ley, deje pasar el tiempo, y no meti recurso de inconformidad, pero voy a platicar con el subdelegado haber que logro negociar, Espero su respuestas y gracias de antemano.
Tópico: Momentos de acreditar IVA P.F.
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Re: Momentos de acreditar IVA P.F.
Les doy las gracias, a todos, muy acertados y breves sus comentarios, me quedo ya seguro con lo que pensaba, ya ven que de repente dudamos, pero tres cabezas piensan mejor que una, gracias a todos muy acertados. hasta luego.
Tópico: Momentos de acreditar IVA P.F.
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 26, 2005 Asunto: Momentos de acreditar IVA P.F.
Hola colegas, tengo esta duda: Si soy persona fisica, act emp y tributo en el régimen intermedio, adquirí unvehiculo en Enero 2005, MOI $ 100,000.00 más IVA 15%, pero, lo voy a pagar en 18 meses, dí de enganche $ 25,000.00 en Enero 05, y el saldo a pagar en 18 meses a partir de esta fecha. Mi criterio para acreditar el iva, es que debe ser proporcional el iva a acreditar por cada mes pagado, y no acreditar el iva en su totalidad, porque no se pagado de contado, pero un contador me comenta que no, que esto funciona unicamente para deducciones(gtos), más no para inversiones, entonces, ¿Cual será el criterio correcto?, agradesco sus opiniones, al respecto y si me pueden indicar el fundamento de ley en caso que, el contador tenga razón. Gracias.
Tópico: Cuando surte efectos:
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 13, 2005 Asunto:
Hola a los foristas de este tema, con concido con cortesice. Según yo empieza el martes, ya que corre efectos a partir del dia siguiente, cual es el dia siguiente, si recibe el viernes, el dia siguiente es lunes, entonces a partir del dia siguiente es el martes, que no???? porque el art 135 CFF se refiere a que el docto escrito de la autoridad (requerimiento), surte efecto de notificación al día siguiente hábil siguiente a aquel en que fue hecha, pero el art 258 CFF, se refiere al computo de los plazos, la fracción I " empezarán a correr a partir del día siguiente a áquel en que surta efectos la notificación. entoncés a partir del martes si procede la infracción y consecuencia la multa, pero el lunes todavía es extemporanea espontanea, ese es mi punto de vista. Saludos
Tópico: Agradeceria su valiosa opinion repecto a mi dilema !!! Ayuda
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto:
Hola a todos: Sin embargo si se puede, llevo la contabilidad de una SA, trabajamos con banamex, esta SA, los unicos activos fijos de valor que tiene en una flota de vehiculos y camiones, no tiene propiedades, nos costo muchos años que aceptaran solicitud, sin embargo ahora si aceptan que una P.F. ( es socio y rep legal ), avale con sus propiedades inmobiliarias el préstamo de una SA, así que estoy de acuerdo con el master C.P. mv samaue, y insistir en la institución bancaria porque cuando nosotros solicitabamos péstamos 2001-2003- apenas empezaban a liberar politica de préstamos, y ahora si estan más flexibles los bancos, si no se puede por lo de nueva creación, pues ingresarlo como aportación al capital y protocolizarlo y listo. Saludos.
Tópico: CHEQUES AL PORTADOR, DEDUCIBLES
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2005 Asunto:
HOLA: georgerunj, la interpretación del art. 31LISR, fracción III es clara se refiere a pagos que rebasen la cantidad de dos mil pesos, no se refiere a la inclusión o no del IVA, como si fue explicado en las dec informativas de clientes y prov, en todo caso si deseas vertir del concepto PAGO a litigio, se debe revisar que se entiende por pago, porque yo entiendo que se refiere a la cantidad señalada en el cheque para cubrir un pago del contribuyente.
Tópico: repeco guanajuato
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 08, 2005 Asunto:
Hola jcgro_velcia, soy de Guanajuato, y te comento esto;el repeco, por el ISR, tiene dos imptos a cargo para 2005, el impto cedular 2%, paga cuota fija, si obtuvo ingresos en 2004 y presento de dec anual informativa, o, bien paga directamente el imtpo cedular si rebase un monto anual, no recuerdo bien la cantidad checa el portal www.guanajuato.gob.mx, el otro impto es el 2% estatal art 138 LISR, y tiene una disminución de 84.444.44 si enajena bienes y de 25.333.32 si presta servicios, aqui es donde pienso te confundes, y se presentan el mismo formulario 15-B,, mañana te anota el limite de ingresos. Saludos
Tópico: prestamo de socios
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2005 Asunto:
Yo si lo manejo como aportaciones para futuros aumentos al capital, solo que sí, protocolizamos ante notario este dinero, y lo pasamos a capital, y lo sacamos de la jugada del ajuste anual por inflación, nos han realizado dictamén fiscal, este dinero se ha declarado y todo bien.
Tópico: REGIMEN INETRMEDIO
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 06, 2005 Asunto:
Hola: Pedro Laguna, coincido con eduardigeta, al llevar cuenta bancaria, el control fiscal debe ser eficaz.
Tópico: ayuda!!
Fiscaleño

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2005 Asunto:
solo conserva dec prov, dec anuales, dec informativas, y avisos ante el sat, por lo demás la LISR, no te dice que destino debes darle a la documentacion comprobatoria, solo checa que efectivamente haya caducan las fac de la autoridad, el plazo cuenta a partir de la presentacion de la dec anual del ejercicio en cuestión, si acaso los libros de contabilidad Saludos.

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