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12/Ago/05 22:04
Cuando surte efectos:

Estimados Colegas.

Una notificación de requerimiento de obligaciones omitidas NOTIFICADO hoy VIERNES, cuando surte efectos, yo considero que el LUNES, pero espero Ustedes me lo corroboren y comenten si estoy en lo cierto.

Agradecido de su atención, los saludo.
 
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Coles
Soldado

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12/Ago/05 22:26
Re: Cuando surte efectos:

HOLA

Exacto, la notificación del requerimiento que te fue notificado el día de hoy surte sus efectos jurídicos el día lunes siguiente, por tratarsde del día hábil siguiente al que se practicó la diligencia, ello de conformidad con el artículo 135 del Código Fiscal de la Federación.

Buenas noches.
 
Federico Monteagudo Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Mëxico, D.F. "Por una justicia fiscal pronta, imparcial, completa y gratuita"
 
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Magistrado
Cabo

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13/Ago/05 1:10
Re: Cuando surte efectos:

Presenta la obligacion este sabado, puede que pegue.
 

 
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buho
Subteniente

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13/Ago/05 9:12
Re: Cuando surte efectos:

[quote:4811fcda67="buho"]Presenta la obligacion este sabado, puede que pegue.[/quote:4811fcda67]

Puede, pero a mi punto de vista no, ya que si realizas el pago en día inhábil surte efectos también el siguiente día hábil, es decir, el lunes.

Agradezco me corrijan si estoy incorrecto.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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13/Ago/05 9:23

Art 12 CFF :

En los plazos fijados en dias no se contaran los SABADOS, DOMINGOS, 1 de ENERO, 5 FEBRERO, ........... y asi sucesivamente.

Estas en lo correcto edgar.....
 
Hay quienes nacen con la oportunidad de tener exito mediante el trabajo pero habemos poco con el don magico de lograrlo..........Mp
 
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Mozart
Capitán Segundo

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13/Ago/05 9:26

[quote:a4931f9aed="Mozart"]Art 12 CFF :

En los plazos fijados en dias no se contaran los SABADOS, DOMINGOS, 1 de ENERO, 5 FEBRERO, ........... y asi sucesivamente.

Estas en lo correcto edgar.....[/quote:a4931f9aed]

Aclarado entonces, saludos Mozart.
 
Saludos. Edgar Enrique Carrillo Sáenz
 
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edgarecs
Teniente Coronel

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13/Ago/05 10:04
Re: Cuando surte efectos:

[quote:e001466049="edgarecs"][quote:e001466049="buho"]Presenta la obligacion este sabado, puede que pegue.[/quote:e001466049]

Puede, pero a mi punto de vista no, ya que si realizas el pago en día inhábil surte efectos también el siguiente día hábil, es decir, el lunes.

Agradezco me corrijan si estoy incorrecto.[/quote:e001466049]
Según yo empieza el martes, ya que corre efectos a partir del dia siguiente, cual es el dia siguiente, si recibe el viernes, el dia siguiente es lunes, entonces a partir del dia siguiente es el martes, que no???? :twisted:
 
La muerte es inevitable, el progresar no.
 
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corteslce
Capitán Segundo

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13/Ago/05 12:05
Re: Cuando surte efectos:

En mi opinion te diria que presentaras tu declaracion hoy sábado, aunque el art. 12 del CFF es para el COMPUTO de los plazos, ¿pero que plazos? para presentar tu declaracion?

Digo si tenias que presentar tu declaracion (suponiendo) el 17/julio/2005, lo puedes hacer cualquier otro dia, claro con el costo de los accesorios (recargos y actualizacion), ahora entonces, si te notifican VIERNES y este acto administrativo nace a la vida juridica hasta el dia habil siguient es decir LUNES, para entonces tu ya habras presentado tu declaracion, a mi juicio seria de forma espontanea.

Saludos

Atte

CP Vicente Morales
 
"Brindo por que mis versos cual saetas, lleguen hasta las grietas, formadas de metal y de granito, del corazón de la mujer ingrata, que a desdenes me mata, pero que tiene un cuerpo muy bonito"
 
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CPVICENTEMM
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13/Ago/05 16:04

Hola a los foristas de este tema, con concido con
cortesice.
Según yo empieza el martes, ya que corre efectos a partir del dia siguiente, cual es el dia siguiente, si recibe el viernes, el dia siguiente es lunes, entonces a partir del dia siguiente es el martes, que no????

porque el art 135 CFF se refiere a que el docto escrito de la autoridad (requerimiento), surte efecto de notificación al día siguiente hábil siguiente a aquel en que fue hecha, pero el art 258 CFF, se refiere al computo de los plazos, la fracción I " empezarán a correr a partir del día siguiente a áquel en que surta efectos la notificación. entoncés a partir del martes si procede la infracción y consecuencia la multa, pero el lunes todavía es extemporanea espontanea, ese es mi punto de vista. Saludos
 
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Fiscaleño
Cabo

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13/Ago/05 21:56
Re: Cuando surte efectos:

HOLA

De hecho este tema ya se había tratado con anterioridad.

El hecho de que la practica de la diligencia de notificación se haya efectuado el viernes pasado, y surta sus efectos el lunes, no quiere decir que si presentas la declaración requerida en sábado se considere como un cumplimiento espontáneo, ello en virtud de que el propio artículo 135 del Código Fiscal de la Federación FIJA UN PLAZO DE UN DIA PARA QUE SURTAN EFECTOS LAS NOTIFICACIONES.

En este orden de ideas, si tu presentas la declaración en sábado y domingo, la autoridad fiscal válidamente entenderá presentada dicha declaración el día lunes, toda vez que de conformidad con el penúlitmo párrafo del artículo 12 del citado ordenamiento, NUNCA SE CUENTAN SABADOS Y DOMINGOS PARA EL COMPUTO DE PLAZOS PARA PRESENTAR DECLARACIONES, ni aunque se presente a traves de bancos, y por lo tanto, en virtud de que el plazo señalado por el artículo 135 del Código Fiscal se prorroga al día hábil siguiente, paralelamente corre el plazo para que surta efectos la notificación del requerimiento, y por lo tanto, la declaración se entenderá presentada el día lunes siguiente.

Ahora, que si hubieras... presentado la declaración el mismo viernes, todavía pudieras salvarte, toda vez que EL MISMO DIA EN QUE SE PRACTICO LA DILIGENCIA DE NOTIFICACION TODAVIA SE CONSIDERA UN CUMPLIMIENTO ESPONTANEO, en virtud de que ese mismo día aún no ha surtido sus efectos la notificación.

Ya hemos resuelto casos así aquí en el Tribunal, y nunca se le da la razón al contribuyente en relación a un cumplimiento espontáneo en este caso.

Ahora, chance es chicle y pega y en un recurso de revocación puedes alegar un cumplimiento espontáneo, y obtienes una resolución favorable.

Saludos a todos!!!
 
Federico Monteagudo Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa Mëxico, D.F. "Por una justicia fiscal pronta, imparcial, completa y gratuita"
 
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Magistrado
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