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Tópico: DUDAS SOBRE ART.7 LIVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2008 Asunto: Re: DUDAS SOBRE ART.7 LIVA
Muchas gracias Enrique, me has ayudado muchisimo con tu respuesta; que para mi, suena correcta e inobjetable, por lo que aplicare el criterio que mencionas. NUevamente, GRACIAS! :)
Tópico: DUDAS SOBRE ART.7 LIVA
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 07, 2008 Asunto: DUDAS SOBRE ART.7 LIVA
Buenos dias! tengo dudas sobre la aplicacion de este articulo que trata sobre las devoluciones, descuentos y bonificaciones que reciben los contribuyentes de sus clientes, espero que alguien pueda ayudarme: 1.- En el art.7 LIVA señala como requisito para la deduccion del iva trasladado que expresamente se haga constar que se restituyo. En la practica he visto que se restituye de 2 formas, con dinero o con una nota de credito; en algunos de los articulos que lei se comentaba que muy frecuentemente confundimos el termino "efectivamente restituido" con que se restituya en efectivo, osea que no necesariamente necesito dar dinero, sino que la nota de credito me sirve para dar por cumplida la restitucion expresa del valor del bien devuelto o el descuento, etc. ¿Estoy en lo correcto al considerar a la nota de credito de esta forma?. 2.- Hasta antes del 04 de diciembre de 2006, fecha en que se reformo el RLIVA, habia un art.17 que dice que el contribuyente que recibe la devolucion u otorga el descuento debera cancelar o restituir el impuesto trasladado y expedir nota de credito en la que haga constar en forma expresa tal circunstancia, segun sea el caso, antes de realizar la deduccion. En este parrafo yo entiendo que aun cuando yo regresé el dinero, tambien debía expedir una nota de crédito; ¿esto quiere decir que el soporte de la poliza de cheque seria la nota de crédito original? Esto me surgio en duda, por que en la empresa en la que trabajo, cuando le regresan el dinero al cliente no emiten notas de credito, sino que cancelan la operacion original en la poliza de cheque que elaboran; y cuando emiten una nota de credito, le entregan la original al cliente y queda como saldo a su favor para aplicarse cuando el asi lo solicite. ¿ Que es lo correcto?. 3.- En el reglamento de IVA vigente, art.24 dice que Sólo se podrá efectuar la deducción a que se refiere este párrafo hasta que la contraprestación, anticipo o depósito correspondiente, se haya restituido efectivamente al adquirente, o bien, cuando la obligación de hacerlo se extinga. ¿Con la emision de la nota de credito se considera efectivamente restituido? y en lo referente a la extincion de la obligacion, solo por señalar una forma de extincion; digamos de un bien mueble por medio de la prescripcion pacifica y de buena fe, que segun el CCF dice que es en 3 años; entiendo que ¿ pasados los 3 años, tengo derecho a deducir el importe del bien mueble que ya esta en mi propiedad de nuevo, por que el cliente me lo devolvió, aun cuando yo nunca le regrese su dinero? y entonces ¿puedo volverlo a vender? ¿en cuanto tiempo?. 4.- En el ultimo parrafo del art 24 RLIVA dice: Tratándose de descuentos y bonificaciones, la deducción procederá cuando aquéllos efectivamente se apliquen. ¿Aqui me quiere decir que hasta que no se aplique la nota de credito reduciendo un pago del cliente, podre hacer la deducion del impuesto? o ¿puedo con la emision de la nota de credito, cumplir con la parte de efectivamente aplicada, ya que el registro de la misma quedara efectivamente aplicado en el saldo contable que reflejara la cuenta del cliente?. De antemano gracias
Tópico: PRESENTAR MODIFICACIONES POR ERROR ES SDI
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 18, 2007 Asunto: Re: PRESENTAR MODIFICACIONES POR ERROR ES SDI
:) muchas gracias por su ayuda Enrique9727
Tópico: PRESENTAR MODIFICACIONES POR ERROR ES SDI
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Diciembre 18, 2007 Asunto: PRESENTAR MODIFICACIONES POR ERROR ES SDI
BUENOS DIAS, EN LA EMPRESA OCURRIO UN ERROR AL MOMENTO DE DAR DE ALTA EN IMSS A ALGUNOS TRABAJADORES, SE LES PUSO UN FACTOR DE INTEGRACION MENOR AL QUE LES CORRESPONDE EL ERROR OCURRIO EL 01/JUL/07 CUAL ES EL PROCESO A SEGUIR EN IMSS PARA CORREGIR ESTA SITUACION? SE PUEDEN PRESENTAR MODIFICACIONES DE SALARIO CON FECHA 01/JUL/07 Y PAGAR DIFERENCIAS DE ACUERDO AL SUA? YA INTENTE MODIFICAR EL SDI EN SUA Y NO ME DEJA USAR EL DIA 01/JUL PARA LOS EMPLEADOS QUE SE DIERON DE ALTA ESE DIA . COMO LE HAGO PARA MODIFICAR EL SDI? ESPERO QUE ALGUIEN ME PUEDA AYUDAR GRACIAS
Tópico: PROCEDIMIENTO PARA UNA SUSTITUCION PATRONAL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 09, 2007 Asunto: Re: PROCEDIMIENTO PARA UNA SUSTITUCION PATRONAL
Hola! gracias, si se le van a vender todos los activos e inventarios. La duda es mas que nada en relacion a los pasos a seguir ante IMSS para reportar la sustitucion patronal Saludos
Tópico: PROCEDIMIENTO PARA UNA SUSTITUCION PATRONAL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 08, 2007 Asunto: PROCEDIMIENTO PARA UNA SUSTITUCION PATRONAL
Buenas tardes! Tengo un caso en la empresa, estamos dados de alta en el IMSS a nombre de una persona fisica, pero esta persona quiere pasarle todos sus empleados a su esposo, quien tambien esta ya dado de alta ante IMSS como persona fisica, pero solo tiene un empleado. La persona fisica con la que estamos dados de alta se va a dar de baja, pero la empresa va a seguir funcionando solo que ahora a nombre de su esposo. Cabe aqui la opcion de manejar una sustitucion patronal? Y de ser asi, cual seria el procedimiento a seguir? De antemano les agradezco su asesoria en el tema. :)
Tópico: FACTURAS O RECIBOS DE HONORARIOS??
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 22, 2007 Asunto: FACTURAS O RECIBOS DE HONORARIOS??
Buen dia ! Somos una empresa que se dedica a la compra venta de hardware y software, asi como a dar servicios de mantenimiento y asesoria sobre los sistemas de computo; el negocio esta a nombre de una persona fisica con actividad empresarial y desde hace 10 años se emiten facturas por los servicios prestados. Pero ahora me dicen que por los servicios de asesoria o cursos que le de a una persona moral, me deben hacer retencion de iva e isr. Esto es correcto? Las retenciones no son exclusivas de los que tributan por honorarios? Debo activarme como honorarios y expedir recibos por servicio y facturas por las ventas :( ? Ustedes que opinan?
Tópico: EL IMSS NO PAGÓ INC POSTNATAL
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 30, 2006 Asunto: Re: EL IMSS NO PAGÓ INC POSTNATAL
GTEFETASA ESCRIBIO:En la practica el seguro paga el total del subsidio de 84 dias sin importar si se adelanta el parto, mejor checa bien porque es el ajuste de dia... la empleada puede conseguir muchas pruebas de incapacidades donde se traslapan los dias, yo te puedo enviar una muy reciente. BUENAS TARDES, ME GUSTARIA QUE NOS MANDARAS EL EJEMPLO, YA QUE TENGO UN CASO DE UNA EMPLEADA QUE ACABA DE REGRESAR DE SU INCAPACIDAD Y LE PAGARON SOLO 38 DIAS DE SU INCAPACIDAD POSTNATAL. EL ARGUMENTO DEL IMSS FUE QUE EL PARTO SE ADELANTO 4 DIAS, POR LO TANTO, DE LOS PRIMEROS 42 DIAS SOLO SE TOMO 38 Y EN LA INCAPACIDAD POSTNATAL LE HACEN EL AJUSTE. SALUDOS
Tópico: IMPRESION DE NOTAS DE CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2006 Asunto: Re: IMPRESION DE NOTAS DE CREDITO
:) MUCHAS GRACIAS POR TU RESPUESTA SALUDOS !!
Tópico: IMPRESION DE NOTAS DE CREDITO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 28, 2006 Asunto: IMPRESION DE NOTAS DE CREDITO
BUEN DIA! ALGUIEN SABE SI ES OBLIGATORIO FISCALMENTE, QUE LAS NOTAS DE CREDITO SEAN ELABORADAS EN UNA IMPRENTA FISCAL Y QUE LLEVEN TODOS LOS REQUISITOS FISCALES DE LAS FACTURAS. SABRAN EL FUNDAMENTO LEGAL? EL CONTRIBUYENTE QUE NECESITA LAS FACTURAS ES PERSONA FISICA CON ACTIVIDAD EMPRESARIAL Y SE DEDICA A LA COMPRA-VENTA DE EQUIPO DE COMPUTO. DE ANTEMANO GRACIAS POR SU AYUDA :)

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