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Tópico: PORCENTAJE....
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 03, 2005 Asunto: PORCENTAJE....
BUENAS TARDES... PUEDE SER POSIBLE QUE YO PAGE A MIS TRABAJADORES DIFERENTES PORCENTAJES DE PREMIOS DE PUNTULIDAD?
Tópico: necesito una opinion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2005 Asunto: Re: necesito una opinion
GRACIAS..... :)
Tópico: necesito una opinion
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Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2005 Asunto: Re: necesito una opinion
[quote:8415063ca9="edgarecs"][quote:8415063ca9="ROMANOS"]UNA DUDA Y COMO LE HACEN LAS EMPREASAS EN LAS CUALES SUS EMPLEADOS CONSULTAN EN HOSPITALES COMO EL OCA TAMBIEN PAGAN IMSS? :)[/quote:8415063ca9] Hay empresas grandes como las instituciones financieras que a los empleados por supuesto les otorgan seguridad social, pero los registran con un SBC muy pequeño, a cambio les otorgan otras prestaciones como servicio médico en una buena institución (no digo que el servicio en el Imss sea malo, es peor que eso). A fin de cuentas cumplen con la obligación de registrarlos en el Imss.[/quote:8415063ca9] OSEA QUE PAGAN A LAS DOS INSTITUCIONES? ¿.....? SI ESTAR USANDO EL SERVICIO DE UNA DE ELLAS...
Tópico: EXAMEN UNIFORME DE CERTIFICACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2005 Asunto: Re: EXAMEN UNIFORME DE CERTIFICACION
TE ENVIE UNA GUIA A TU COREO... ESPERO TE SIRVA... :)
Tópico: necesito una opinion
ROMANOS

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 01, 2005 Asunto: Re: necesito una opinion
UNA DUDA Y COMO LE HACEN LAS EMPREASAS EN LAS CUALES SUS EMPLEADOS CONSULTAN EN HOSPITALES COMO EL OCA TAMBIEN PAGAN IMSS? :)
Tópico: Horas extras, existe algun tope??????
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 29, 2005 Asunto: Re: Horas extras, existe algun tope??????
[quote:63c3fde4fa="chavefra"]Que tal Br1, miira el tope de las horas extras, en mi opinion es el siguiente: En el caso de horas extras dobles son las famosas 3hrs 3 dias de la semana, las famosas nueve horas. En el caso de las Horas Triples si bien, no se manisfiesta un tope para las mismas, los riesgos en tu caso serian los siguientes: Una posible multa por parte de la Secretaria del Trabajo y Prevision Social por laborar jornadas excesivas, checa el art. 68 de la LFT, que menciona pagalas triple pero ello no te eximira de una posible multa en caso de revision por parte de la Secretaria. En el caso de demanda laboral, el trabajador argumentara que lo hiciste trabajar una jornada inhumna, lo cual esta prohibido por la ley, su soporte sera el pago de tantas horas extras triples. La sugerencia que te doy, es que le pages las dobles, y las triples pagalas como una compensacion extraordinaria o una gratificacion, o tal vez algun bono de productividadd. Espero te sirva mi comentario[/quote:63c3fde4fa] DE ACUERDO CON CHAVEFRA.... :P
Tópico: URGE MODIF. SALARIO.????????
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto:
[quote:f46f096e82="jleeglz"]Los de Aumento de Mod Salario, estaría bien, pero en cuestión de dar de baja y de alta con un salario descendente.... muy arriesgado... Al menos que se presente una Mod Sal con sueldos descendentes, pero estando de acuerdo los trabajadores, obviamente firmando sus contratos individuales o colectivos, por los puestos a desempeñar y el salario con el que quedaron, según sea el caso... Actualmente como la Mod Sal Se presenta por Internet. Saludos. [img:f46f096e82]http://us.i1.yimg.com/us.yimg.com/i/astro/aqu43.gif[/img:f46f096e82][/quote:f46f096e82] PIESO QUE ESTA BIEN QUE LO HARIA ASI... PERO PARA ACEGURAR EL MOVIMIENTO QUE PRESENTE UN ESCRITO LIBRE SEÑALANDO LOS MOTIVOS Y RAZONES, ANTE EL IMSS :) Y CLARAMENTE QUE LE ACEPTEN EL ESCRITO...
Tópico: dictamen IMSS
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: dictamen IMSS
Artículo 16 Los patrones que de conformidad con el reglamento cuenten con un promedio anual de trescientos o más trabajadores en el ejercicio fiscal inmediato anterior, están obligados a dictaminar el cumplimiento de sus obligaciones ante el Instituto por contador público autorizado, en los términos que se señalen en el reglamento que al efecto emita el Ejecutivo Federal. Los patrones que no se encuentren en el supuesto del párrafo anterior podrán optar por dictaminar sus aportaciones al Instituto, por contador público autorizado, en términos del reglamento señalado. Los patrones que presenten dictamen, no serán sujetos de visita domiciliaria por los ejercicios dictaminados a excepción de que: I. El dictamen se haya presentado con abstención de opinión, con opinión negativa o con salvedades sobre aspectos que, a juicio del contador público, recaigan sobre elementos esenciales del dictamen, o II. Derivado de la revisión interna del dictamen, se determinaren diferencias a su cargo y éstas no fueran aclaradas y, en su caso, pagadas.
Tópico: URGE LIQUIDACION????????
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 28, 2005 Asunto: Re: URGE LIQUIDACION????????
CLARA MENTE SU LIQUIDACION....LE CORESPONDE PERO TU QUIERES QUE TE LA CALCULEN O KE.... O SOLO QUIERES SABER QUE CONCEPTOS LE TOCAN...
Tópico: LIMITE
ROMANOS

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Septiembre 22, 2005 Asunto: LIMITE
BUENOS DIAS COLEGAS... ALGUIEN QUE ME PUEDA MENSIONAR LIMITES CONSTITUCIONALES DEL PODER FISCAL? O KE ME PUEDA DECIR DONDE LOS ENCUENYTRO GRACIAS.. :)

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