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Tópico: ING. X SEG. CON ISR RET QUE ES ESO??????????
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Re: ING. X SEG. CON ISR RET QUE ES ESO??????????
tengo un cliente con un caso similar Trabaja para Inbursa y cobra Honorarios no expide recibo e inbursa lleva el control del pago y le retiene Isr por sus honorarios y ademas aqui mismo gana premios y le retiene su isr por todo e iva solo una pequeña parte grava pues casi la mayor parte son premios
Tópico: Devolucion de Iva a Turistas Extranjeros
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 14, 2005 Asunto: Devolucion de Iva a Turistas Extranjeros
La Cámara de Diputados aprobó, con 302 votos a favor, 79 en contra y 11 abstenciones, las reformas al Artículo 31 de la Ley del Impuesto al Valor Agregado para rembolsar el IVA a los turistas extranjeros que visiten el país. Lo anterior, es producto de las gestiones que realiza la Comisión Intersecretarial de Turismo, encabezada por el Secretario del ramo, Rodolfo Elizondo Torres, con las Comisiones unidas de Hacienda y Crédito Público y de Turismo, con la intención de incentivar la actividad turística en el país. En coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público se promovió la incorporación del proyecto de iniciativa en la Comisión de Hacienda, sin embargo no tuvo aceptación en el último periodo de sesiones del 2004. Para este año, se retoma nuevamente el tema con un fuerte impulso y el pasado 1 de marzo, la Comisión de Turismo presentó al pleno de la Cámara de Diputados dicha iniciativa y así crear un sistema de reembolso a los visitantes extranjeros por compras en México. Sobre el particular, el 2 de marzo se realizó el "Foro de Incentivos Fiscales en el Turismo" organizado con las Comisiones de Turismo y de Hacienda y Crédito Público, donde se analizó y observó apoyo para la aprobación de la propuesta. Requisitos para acceder a este beneficio 1. Que el comprobante fiscal que expide el contribuyente reúna los requisitos que para tal efecto establezca el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. 2. Que las mercancías adquiridas salgan efectivamente del país, lo que se verificará en la aduana aeroportuaria o marítima, según sea el caso, por la que salga el turista. 3. Que el valor de las compras realizadas por establecimiento, asentado en el comprobante fiscal que presente el turista al momento de salir del territorio nacional, ampare un monto mínimo en moneda nacional equivalente a mil 200 pesos. 4. El Servicio de Administración Tributaria establecerá las reglas de operación para efectuar las devoluciones a que se refiere el presente artículo y podrá otorgar concesión a los particulares para administrar dichas devoluciones, siempre que los servicios para efectuar la devolución no generen un costo para el órgano mencionado. 5. En todo caso, la devolución que se haga a los extranjeros con calidad de turistas deberá disminuirse con el costo de administración que corresponda a las devoluciones efectuadas. Durante la comparecencia del Secretario de Turismo, Rodolfo Elizondo Torres, ante la Comisión de Turismo de la Cámara de Diputados, la semana pasada, planteó la necesidad de que este año sean aprobadas las iniciativas para oficializar los fines de semana largos, la ampliación en la deducibilidad de consumo en restaurantes y la mencionada devolución del IVA a turistas extranjeros. Fuente: Sectur
Tópico: Grupo Inbursa lanza vale de gasolina deducible de impuestos
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 13, 2005 Asunto: Grupo Inbursa lanza vale de gasolina deducible de impuestos
Grupo Inbursa lanza vale de gasolina deducible de impuestos Lunes, 12 de Septiembre de 2005, 17h57 Fuente: InfoSel Financiero MEXICO, Septiembre 12.- Grupo Financiero Inbursa (GFINBUR) dio a conocer el lanzamiento al mercado del "Vale Inbursa" un monedero electrónico, un medio de pago que proporciona a empresas dueñas de flotillas mayor facilidad y control en la gestión de combustible, así como la posibilidad de hacer deducible el consumo de combustible. Este moderno monedero electrónico opera actualmente en más de 900 estaciones de servicio a nivel nacional y se proyecta un constante crecimiento de forma inmediata, siendo este mecanismo la sustitución del vale tradicional de papel. A partir del 1 de Diciembre entrará en vigor lo publicado en el Diario Oficinal de la Federación el 1 de julio referente al segundo párrafo de la fracción III del artículo 31 de la Ley de Impuesto sobre la Renta (LISR), dicha disposición establece que cuando se realice el consumo de combustibles para vehículos marítimos, aéreos y terrestre, el pago deberá efectuarse mediante cheque nominativo del contribuyente, tarjeta de crédito, de débito o de servicios, a través de los monederos electrónicos, aún cuando dichos consumos no excedan el monto de 2,000 pesos, y de no hacerlo así se considerará como una partida no deducible. Esto implica que aquellas empresas que contengan flotillas y cuyo consumo de combustible sea de su interés deducir, además de la necesidad de contar con controles más estrictos del consumo de la gasolina y que cubran los requisitos fiscales que establece la Ley de ISR, en el apartado de la deducción del consumo de combustible, pueden hoy en día encontrar un producto financiero que cuenta con todas las anteriores características como es Vale Inbursa. Este producto opera: A través de una tarjeta autorecargable mensual. Es para uso exclusivo en la red afiliada a nivel nacional. Es personalizada por usuario y/o vehículo. Cuenta con límites mensuales establecidos para cada tarjeta. Se puede validar el tipo de combustible, limitar días de consumo, controlar kilometraje, controlar número de empleado, validación de placa. Se cuenta con un NIP por tarjeta para evitar el mal uso. Opera en terminales inalámbricas. Estos controles le proporcionan un ahorro a la empresa en el consumo de combustible, además de un mayor control sobre los vehículos administrados., cuenta con un acceso al Web de administración de flotillas donde lleva a cabo la consulta de reportes tales como: Emisión de reportes generales de consumo Reporte detallado por cada transacción. Reporte por Estación de Servicio. Reporte de rendimientos por vehículo. Estado de Cuenta. Con esta nueva alternativa las empresas podrán hacer deducible el consumo de combustible de acuerdo a lo que el pasado 30 de Mayo se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Resolución Miscelánea Fiscal para 2005. Por todo lo anterior podemos concluir que la ley no excluye a nadie para obtener el beneficio de deducir el consumo de gasolina, sólo es necesario cubrir su disposición y Vale Inbursa es una buena opción. Hoy en día la aplicación de la tecnología Chip en los medios de pago, en particular en las denominadas Tarjetas Inteligentes, ocupan un lugar importante dentro en el sector financiero como medios más eficientes de control para muchas operaciones de tipo económico y administrativo, agregó. BUEN DIA A TODOS
Tópico: FORMULARIO 37
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto: Re: FORMULARIO 37
GRACIAS CONPAÑEROS MI DUDA PERSISTE EN EL RECUADRO DE SUBSIDIO NO ACREDITABLE DE DONDE SACO EL DATO SUMO TODAS LAS QUINCENAS DEL AÑO QUE LE CORRESPONDIERON EN SUS CALCULOS
Tópico: FORMULARIO 37
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 12, 2005 Asunto: FORMULARIO 37
BUENOS DIAS COLEGAS: ALGUNO DE USTEDES SABE DONDE PUEDO ENCONTRAR UN FORMULARIO 37 EDITABLE Y DE DONDE SACO LOS DATOS DEL SUBSIDIO ACREDITABLE Y NO ACREDITABLE QUE ME PIDE DICHO DORMULARIO PARA UNOS TRABAJADORES QUE ACABAN DE DEJAR DE PRESTARME SUS SERVICIOS DE ANTEMANO GRACIAS
Tópico: Factor Subsidio Empresa
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: Factor Subsidio Empresa
TAL VEZ TE REFIERAS AL FACTOR DE SUBSIDIO ACREDITABLE PARA EFECTUAR RETENCIONES A LOS TRABAJADORES CHECA EL ARTICULO 114 DE LA LISR DE 2004 PUES ESAS DISPOSICIONES AUN ESTAN VIGENTES POR UN TRANSITORIO DE 2005 SALUDOS
Tópico: contrato comodato
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: contrato comodato
CONTRATO DE COMODATO CONTRATO DE COMODATO, QUE CELEBRAN POR UN UNA PARTE, LA EMPRESA DENOMINADA_______, EN LO SUCESIVO "LA COMODANTE", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR SU REPRESENTANTE LEGAL_____; Y POR LA OTRA, _____, EN LO SUCESIVO "EL COMODATARIO", REPRESETNADO POR_____, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES DECLARACIONES Y CLÁUSULAS: DECLARACIONES I. DECLARA LA "COMODANTE". A. Que es una _____ legalmente constituida, de conformidad con las leyes mexicanas como lo demuestra con la escritura de su acta constitutiva número_____ volumen____ otorgada ante la fe del Notario Público Número _____del Estado de _____ el Lic. _____. B. Que la representación de la empresa, esta a cargo del _____ como lo demuestra el poder notarial No.____ otorgada ente la fe del Notario Público Número ____ del Estado de _____, el Lic. _____. C. Que de conformidad a lo señalado en la escritura de su acta constitutiva Número ____, corresponde a éste, la administración del patrimonio de la empresa, por lo cual tienen facultades para intervenir en el presente contrato. D. Que dentro de su patrimonio se encuentra ______. E. Que señala como domicilio, para efectos de este contrato, el ubicado en las calles de ___, colonia _____, delegación o municipio de _____, c.p.____ en el Estado de ____. II.DECLARA "EL COMODATARIO". A. Que es una _____, legalmente constituida, de conformidad con las leyes mexicanas, como lo demuestra con la escritura del acta constitutiva número _____ volumen ____, otorgada ante la fe del Notario Publico Número ______del Estado de ____ el Lic. _____. B. Que _____, en su carácter de _____tienen facultades para suscribir el presente instrumento de conformidad con el poder notarial número _____de fecha _____otorgada ante la fe del Notario Público Número _____ del Estado de ____ el Lic._____. C. Que dentro de su objeto social se encuentra el de _______. D. Que señala como domicilio legal el ubicado en las calles de ___, colonia _____, delegación o municipio de _____, c.p _____en el Estado de ____. III. DECLARAN AMBAS PARTES: ÚNICO. Que en atención a lo expuesto, están conformes en sujetar su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes; CLÁUSULAS PRIMERA. "LA COMODANTE" otorga en comodato ***____ al "COMODATARIO", para ______. ***NOTA: Descripción de los bienes. SEGUNDA."LA COMODANTE" entregará a "EL COMODATARIO" los bienes que se describen, lo cual se llevará a cabo el día ____, a través de los representantes que cada una de las partes hayan designado para tal efecto. TERCERA. La duración del presente contrato, será de _____ a partir de la firma del presente contrato. CUARTA."ELCOMODATARIO" se compromete a no ceder a terceras personas parcial o totalmente los derechos derivados de este contrato. QUINTA. Las partes acuerdan que "EL COMODATARIO" se obliga a conservar en buen estado físico los bienes materia de este contrato y a dar aviso inmediato a "LA COMODANTE" de cualquier situación que pudiera afectar a los mismos, en caso contrario, será responsable de los daños y perjuicios que pudieran ocasionarse por ese motivo. SEXTA. Las partes convienen en que el mantenimiento de los bienes quedará a cargo de "EL COMODATARIO", en el entendido de que si se requieren modificaciones o adecuaciones, éstas se realizarán, previa autorización por escrito de "LA COMODANTE". SÉPTIMA. En el caso de destrucción, pérdida o inutilización de cualquiera de los bienes "EL COMODATARIO", se obliga a restituir los mismos bienes, o de similares características de calidad, e informar de inmediato a "LA COMODANTE", para que ésta realice los trámites administrativos correspondientes, de conformidad con su legislación. OCTAVA. Las partes convienen que al término de la vigencia de este contrato, "EL COMODATARIO", sin necesidad de resolución judicial, se obliga a entregar a "LA COMODANTE", los bienes, con el sólo deterioro que por el uso normal sufran los mismos. NOVENA: Par la interpretación y cumplimiento de este contrato, así como para todo lo no previsto en el mismo, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los tribunales de la Ciudad de ______ en el Estado de ______, por lo que renuncia expresamente al fuero que por razón de su domicilio presente o futuro, pudiera corresponderle. Leído el contrato y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman en la Ciudad de _____, en el Estado de _____, a los ______ días del mes de _____ de 199__. Por "LA COMODANTE" ______ Rúbrica.- Por "EL COMODATARIO" _____ Rúbrica. POR "LA COMODANTE" POR "EL COMODATARIO" SALUDOS ESPERO TE SEA DE AYUDA
Tópico: depreciaciones incompletas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: depreciaciones incompletas
RECUERDA QUE LA DEDUCCION FISCAL DE INVERSIONES ES UN DERECHO DEL CONTRIBUYENTE EN TODO CASO PUEDES REALIZAR DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS ( EVALUANDO QUE TAN CONVENIENTE ES REALIZARLO) AHORA BIEN EL QUINTO PARRAFO DEL ARTICULO 37 DE LA LISR ESTABLECE QUE SI BIEN EL CONTRIBUYENTE OPTA POR NO INICIAR LA DEDUCCION LA DEDUCCION DE INVERSIONES PARA EFECTOS FISCALES PODRA HACERLO CON POSTERIORIDAD PERO PERDERA EL DERECHO A DEDUCIR LAS CANTIDADES CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS TRANSCURRIDOS SALUDOS
Tópico: depreciaciones incompletas
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: depreciaciones incompletas
RECUERDA QUE LA DEDUCCION FISCAL DE INVERSIONES ES UN DERECHO DEL CONTRIBUYENTE EN TODO CASO PUEDES REALIZAR DECLARACIONES COMPLEMENTARIAS ( EVALUANDO QUE TAN CONVENIENTE ES REALIZARLO) AHORA BIEN EL QUINTO PARRAFO DEL ARTICULO 37 DE LA LISR ESTABLECE QUE SI BIEN EL CONTRIBUYENTE OPTA POR NO INICIAR LA DEDUCCION LA DEDUCCION DE INVERSIONES PARA EFECTOS FISCALES PODRA HACERLO CON POSTERIORIDAD PERO PERDERA EL DERECHO A DEDUCIR LAS CANTIDADES CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS TRANSCURRIDOS SALUDOS
Tópico: CONTRATO DE ASIMILADOS A SALARIOS.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2005 Asunto: Re: CONTRATO DE ASIMILADOS A SALARIOS.
NO EXISTE TAL : PERO PODRIAS BASARTE EN UNO DE PRESTACOIN DE SERVICIOS PROFESIONALES Y HACERLE LAS CORRECCIONES NECESARIAS PARA EL TRATAMIENTO FISCAL DE ASIMILADOS A SALARIOS SALUDOS

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