Foros


Inicio » Búsqueda » Mensajes de QUIRRI

Autor Mensaje
Tópico: DUDA EN RESTAURANTE
QUIRRI

Mensajes: 5
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2006 Asunto:
[quote:d31124f841="Cavas"]Cisnay: El problema que planteas no tiene una respuesta única ni específica, la ley no hace referencia a este punto, y existen criterios de interpretación que pueden aplicarse dependiendo del caso particular. Como dice lobozac, existen algunos tópicos anteriores que tratan sobre el tema que podrías consultar, pero siempre es conveniente preguntar y volver a discutir porque los planteamientos nunca son iguales y los criterios están en constante cambio, por lo que siempre será bueno retomar la discusión. Muchos de los tópicos anteriores versan sobre el tratamiento que las propinas tienen como parte del salario, pero casi no se toca el tema del tratamiento para el restaurante. Primeramente comentaré únicamente sobre el tratamiento de ingreso, y posteriormente sobre el tratamiento de la propina para los trabajadores. [color=blue:d31124f841][b:d31124f841]I. INGRESO PARA EL RESTAURANTE[/b:d31124f841][/color:d31124f841] [b:d31124f841]A. Propina forma parte del ingreso[/b:d31124f841] En una postura muy conservadora se podría decir que al momento en que el restaurante está cobrando la propina, ésta pasa a formar parte de su ingreso, puesto que ésta es posteriormente entregada a los trabajadores como parte de su salario. En este mismo sentido, el IVA sobre la propina no se causaría porque ésta no es propiamente una contraprestación obtenida por la prestación del servicio directamente por el restaurante, sino un servicio prestado por el mesero en lo individual; por tanto, se podría considera que dicho ingreso no es objeto de IVA. [b:d31124f841]B. Propina no forma parte del ingreso[/b:d31124f841] En otra perspectiva, desde la óptica de una razón de negocios, ese dinero no se considera ingreso del restaurante puesto que es un ingreso que está obteniendo directamente el trabajador. La única diferencia es que el restaurante está cobrando ese dinero por cuenta del trabajador. En este caso, el análisis del IVA no tiene cabida puesto que no se está en presencia de un ingreso del restaurante. [color=blue:d31124f841][b:d31124f841]II. INGRESO PARA LOS TRABAJADORES[/b:d31124f841][/color:d31124f841] En algún tiempo se argumentó sobre la posibilidad de que las propinas no se incluyeran para efectos del seguro social; sin embargo, desde hace algunos años los criterios de los tribunales han sostenido que este ingreso sí forma parte del salario del trabajador, y como tal debe ser considerado para efectos del seguro social. Éste sin duda es el criterio del IMSS, por lo que lo conveniente es inscribir a los trabajadores con un salario mixto, cuya parte variable corresponderá a las propinas que reciban. El no incluir las propinas como parte del salario, es correr un riesgo tan grande como omitir cualquier prestación adicional al salario. Espero que estos comentarios sirvan para tomar una mejor decisión para su caso particular.[/quote:d31124f841]LLEVO UNA P.M. CON INGRESOS COMO RESTAURANTE, EL GRUPO DE ASESORES Y SU SERVIDOR TOMO LA OPCION CONSERVAORA DESDE HACE ALGUNOS AÑOS DE NO ACUMULAR LOS INGRESOS A LA P.M. Y SI A LOS TRABAJADORES, MANDANDOLA EN PRIMER INSTANCIA A UNA CTA. DE PASIVO Y AL PAGRALE AL TRAB. CARGARLA AL PASIVO Y SE REALIZAN MODIF. DE SALARIOS MIXTOS AL IMSS EN FORMA BIMESTRAL, ES DECIR CONCUERDO CON CAVAS EN SU PUNTO B) PROPINA NO FORMA PARTE DEL IMP. Y II) GRAVAR EL ING. A LOS TRABAJADORES TANTO PARA IMSS COMO PARA I.S.R.
Tópico: Revisión de gabinete. Prórroga
QUIRRI

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 27, 2006 Asunto:
El escrito respectivo, invoca el ultimo parrafo del art. 53 del propio C.F.F. para que bajo "discresionalidad" de la Autoridad, le puedan otorgar la prorroga de 10 dias mas, pero la ampliacion de la prorroga no esta en la F. VI del 48 del C.F.F. es para desvirtuar hechos y omisiones.
Tópico: Requerimiento del Estado
QUIRRI

Mensajes: 11
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 31, 2005 Asunto:
Verifica si en el mencionado requerimiento esta debidamente fundado y motivado, si de igual forma aparece la competencia o sencillamente se trata de una "Invitacion" con tintes de este; o si tu lo prefieres y tienes a la mano todo lo requerido Cunplimentalo teniendo cuidado en que la Autoridad no te vaya a pedir mas informacion de lo que aparece en el Requerimiento y entres en su juego.
Tópico: Momento en q' se efectúan y declaran las retenciones.
QUIRRI

Mensajes: 10
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2005 Asunto:
En materia de retensiones estoy de acuerdo contigo, y en la informativa de clientes, opino que la operacion "fiscalmente hablando" se perfecciona hasta el pago, es decir no existe el credito por informar que se celebro una operacion cuando todavia no lo ha habido todavia Dic/05, la P.Moral no lo puede deducir y la P. fisica no lo puede Acumular...Por lo tanto "NO SE INFORMA" en la respectiva declaracion.
Tópico: Devolución IVA rechazada por no generar ingresos suficientes
QUIRRI

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 29, 2005 Asunto:
Existen varias vias para "Aprovechar" este saldo a favor, debido a la "arbitrariedad" x parte de la Autoridad al no Fundar y motivar el proceder de la negacion como pueden ser:1) Volver a meter el tramite funadando y motivando en escrito libre el derecho q por ley se tiene a solicitar la Dev. 2) reclamar este derecho en R. de Revocacion o Demanda de Nulidad (solo q es un poco tardado). 3) Compensar dicho saldo vs otros Impuestos. 4) Irlo acreditando cuando se necesite,etc.
Tópico: Resolucion del imss confusa
QUIRRI

Mensajes: 4
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 25, 2005 Asunto:
La autoridad al declarar "DEJAR SIN EFECTOS LAS C. DE LIQ", te esta otorgando un fallo favorable, dejando la posibilidad de "REPONER EL ACTO", en este supuesto te recomiendo irte a la Demanda de Nulidad cuando esto suceda. NO ES CONVENIENTE CONTROVERTIRLO VS LA PROPIA AUTORIDAD!. EL IMSS "SI COBRA" PERO NO SABE DEFENDERSE
Tópico: INPC/ IMSS E INFONAVIT
QUIRRI

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 25, 2005 Asunto:
Gracias por el TIP!!!!
Tópico: INPC/ IMSS E INFONAVIT
QUIRRI

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 25, 2005 Asunto:
Gracias a todos por su cooperacion; SALUDOS!!!
Tópico: INPC/ IMSS E INFONAVIT
QUIRRI

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 24, 2005 Asunto:
Al tratar de meter solo el Indice de Sep. me pide el INPC del mes anterior (Agosto y asi sucesivamnete)y asi sucesivamnete hasta llegar al ultimo q tiene el sistema (Marzo/97). No se si sea la unica opcion???
Tópico: INPC/ IMSS E INFONAVIT
QUIRRI

Mensajes: 9
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 24, 2005 Asunto:
[quote:7184a72045="pepesoto"]:| Buenas noches. Si vas a pagar solo sept 2005, no necesitas los indices de meses anteriores y años anteriores (aunque no he hecho la prueba de no meterlos). Intentalo y nos avisas... El Lic.[/quote:7184a72045]GRACIAS LIC. YA LO INTENTE Y EL SUA AL MOMENTO DE CARGAR EL RECARGO TAMBIEN ME PIDE FORZOSAMENTE EL INDICE. GRACIAS...

Página: 1 2 3 4 5 6