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Tópico: PRIMA DE RIESGO
camachoai

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 29, 2005 Asunto: Re: PRIMA DE RIESGO
[quote:3be7976f04="contafellos"]NECESITO SABER CON QUE CLASE INSCRIBO A UNA PERSONA MORAL QUE EL GIRO O ACTIVIDAD ES DE PRESTACION DE SERVICIOS RELACIONADO CON EL RECLUTAMIENTO Y SELECCION DE PERSONAL QUE SERVIRA COMO OUTSOURSING, YA QUE PRESTARE SERVICIOS A EMPRESAS PRODUCTORAS, TRANSFORMADORAS, DE CONSTRUCCION Y DE SERVICIOS EN DONDE HAY DIFERENTES TIPOS DE RIESGOS, SI ALGUIEN SABE O HA MANJADO ALGUNA EMPRESA COMO ESTA Y QUIERA ORIENTARNOS PARA SABER LA CLASE YA QUE LA LEGISLACION NO LAS CONTEMPLA.[/quote:3be7976f04] podrías clasificarla en DIVISIÓN 8 GRUPO 84 FRACCION 841 CLASE I, porque si lees en el último párrafo de esa fracción especifica de las agencias de colocación de personal que actúen como intermediarios. solo que debes de tomar en cuenta lo que estable el Articulo 15A LIMSS, 19 y 130 del RACERF LIMSS. y con base a lo anterior te tendrías que clasificar en la CLASE V FRACCION 411 que es la mas riegosa la construcción.
Tópico: no di de alta a un empleado que solo trabajo 15 dias ???????
camachoai

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Noviembre 05, 2005 Asunto: Re: no di de alta a un empleado que solo trabajo 15 dias ???
[quote:fc32353656="mco_sandoval"]Por error, no dimos de alta a un empleado que trabajo 15 dias durante el mes de agosto, queriendo corregir este error me hago el siguiente planteamiento: 1.- Lo tendira que dar de alta desde el 08/08/2005, como es una alta extemporanea, no hay problema , entra con la fecha de agosto aun cuando la presentara el dia de hoy. 2.- Si la baja fue el 22/08/2005, y el aviso lo presento con esa fecha pero el dia de hoy, el imss me tomaria como fecha de baja el dia de hoy. Aun cuando quisiera corregir este error y pagar las cuotas por los dias correspondientes, por los dias en que el empleado estubo activo, me resulta inconveniente presentar los avisos con las fechas planteadas, porque me generaria el pago de diferencias desde el 08/08/2005 a la fecha. Existe alguna forma de que el imss me respetara las fechas reales de reingreso y de baja?[/quote:fc32353656] Otra opción que incluso yo he realizado: es valorar que te resulta mas barato si presentar los avisos o las multas que te genere no presentarlos, porque si el trabajador cuenta con su número de seguridad social, darlo de alta en tu SUA y paga las COP por el período laborado y esperar al requerimiento de los avisos, que pocas veces el IMSS lo hace. ¡SUERTE!
Tópico: Resolucion del imss confusa
camachoai

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 27, 2005 Asunto: Re: Resolucion del imss confusa
La duda estriba en lo siguiente: Al no declararse la nulidad lisa y llana, y el haberse declarado el recurso "solo" fundado, ¿Existe la posibilidad de que el Imss, reponga el procedimiento? y si es asi, ¿Puedo recurrir a juicio de nulidad ahora mismo? Por su atencion gracias.[/quote] Claro que existe la posibilidad que el IMSS te emita de nueva cuenta esos créditos, incluso con diferentes números de créditos. Con esa resolución dictada por el IMSS puedes ir al juicio de nulidad ante el Tribunal para que dicte la resolución lisa y llana porque dicha resolución afecta tus garantías.
Tópico: Sugerencias para el control administrativo IMSS-INFONAVIT
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 23, 2005 Asunto: Re: Sugerencias para el control administrativo IMSS-INFONAVI
[quote="lcgabrielaranda"]Hola que tal, colegas, amigos, damas y caballeros, ahora este topico es para que puedan aportan ideas acerca de cómo llevar un mejor control de todos los movimientos, cartas patronales, registro de trabajadores, datos personales de los mismos trabajadores etc, todo esto para que se tuviera un buen control y asi cuando nos llegaran cedulas de diferencias o requerimientos de forma casi inmediata los pudiéramos atender y no perdiéramos mas tiempo y sobre todo dinero no?? Bueno espero que puedan aportar sus ideas por ejemplo yo les comento que en la empresa donde laboro tengo en promedio 750 trabajadores mensuales en el SUA entre alta y bajas y bueno por lo tanto hay varios que NSS esta incorrecto y bueno para checar letra por letra y numero x numero de su NSS hice un formato en excel donde baja de forma “automatica” los datos del SUA, los datos del EMA/EBA y los datos del sistema de nomina(NOI) y asi tener todo correcto como ven?? siempre es importante contar con un expediente de respaldo fisicamente (papelitos hablan) por cada trabjador que preste servicios a la empresa, catalogados por vigentes y no vigentes, porque los que se elaborarn en sistema no son confiables por la existencia del virus. en cada uno de ellos contar con su documentación desde la solicitud de empleo. documentos personales (acta de nacimiento, credencial de lector y comprobante de domicilio vigente), contrato de trabajo, avisos IMSS (reingreso, M.S. baja) actas laborables y cualquier otro documento relacionado al trabajador.
Tópico: Devolución Recargos Pagados
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 23, 2005 Asunto: Re: Devolución Recargos Pagados
[quote:f04e5b75c0="trejoma"]Buenas Tardes. El caso es el siguiente, la empresa dio de alta a sus trabajadores por internet, y el instituto rechaso dichas altas, pero la empresa no se dio cuenta que el instituto los rechaso, la empresa estuvo pagando las cuotas obrero patronal con las hojas que expedia el imss y no cotejaron que la cantidad a pagar fuese la misma al del sua. LLego una revisión por parte del imss y encotraron que no se pago las cuotas de algunos trabajadores, los que fueron rechazados por el instituto. Generando con ello Recargos y Actualizaciones con valor a los 200,000 pesos aproximamente, y que fueron ya pagados. La pregunta es: ¿Existe una manera de recuperar una parte de los recargos y actualizaciones o existe un acuerdo o convenio para poder regresar una parte?[/quote:f04e5b75c0] No considero que exista devolución alguna porque no te encuentras en la figura del pago de lo indebido, por lo que entiendo, es que IMSS rechazó los avisos y la empresa no se percató de ese hecho y ustedes sus pagos de COP las hicieron con base en las cédulas de IMSS; esto fue comodo para ustedes pagar lo que el IMSS les decía y craso error porque debieron de pagar en base a su SUA, independientemente al rechazo de los avisos por parte del IMSS, porque el trabajador labora y por lo tanto estan obligados a pagar esas COP y debieron de seguir insistiendo en la presentación de los avisos. Dudo que no se hayan dado cuenta por lo importes menores y los trabajadores relacionados, Esto fue comodidad y ahì están las consecuencias, al IMSS pocas veces se la pasa una situación como esta. como reza el refrán: los errores se pagan. muchas veces son por descuidos. Esto que les pasó yo le llamaría "DESCUIDO" y no es justificable.
Tópico: ALTA IMSS EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 19, 2005 Asunto: Re: ALTA IMSS EXTRANJERO
En nuestra Subdelegación solo presentamos el FM3 y su pasaporte actualizado.
Tópico: Finiquito en construccion?
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 18, 2005 Asunto: Re: Finiquito en construccion?
[quote:0d64414c90="EstudianteLCP"]Buenas tardes...agradezco de antemano su ayuda...... Resulta que al papa de un amigo que esta construyendo, los del IMSS le estan determinando una diferencia en el famoso finiquito y los mismos del IMSS le comentan que ellos solamente le estan determinando la diferencia en las cuotas del IMSS y de RCV; que busque a un Contador para que le determina lo que le corresponde al INFONAVIT; es asi que mi amigo viene conmigo para preguntarme eso; pero desconozco de que manera determino lo del INFONAVIT, es el primer caso que se me presenta; se puede hacer en el SUA? o cual es la mecanica? Muchisimas Gracias de Nuevo[/quote:0d64414c90] Yo lo que te sugiero es que le digas a tu amigo que no pague ninguna diferencia y que el IMSS se las emita vía cedulas de cuotas y cuando se las notifiquen que proceda a impugnarlas, porque este cobro es ilegal, ya que el procedimiento lo realizan en base a un reglamento y éste no puede estar por encima de la Ley. Si checas la Ley en ningún articulo te establece que el IMSS está facultado para realizar finiquitos en la construcción.
Tópico: ALTA IMSS EXTRANJERO
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 18, 2005 Asunto: Re: ALTA IMSS EXTRANJERO
[quote:4226d51066="mluna"]Hola a todos. Una pregunta. Para dar de alta en el seguro social a un trabajador extranjero por 3 meses que requisitos se necesitan? Gracias de antemano.[/quote:4226d51066] Primeramente tienes que darle la carta oferta de empleo mencionando el puesto a desempeñar, sueldo y el motivo por el que quieres contratarlo, (normalmente es por el dominio del idioma) para que el extranjero acuda a las oficinas de migración y realice su trámite de su permiso para trabajar en tu empresa (FM3) es importante que tengas mas empleado, porque la Ley no te permite tener mas del 10% de extranjeros en relación a los trabajadores mexicanos que tengas. Cuando Migración ya le haya autorizado su permiso para trabajar (FM3) lo regsitras al IMSS como cualquier otro trabajador, pero antes debes de elaborar el contrato de trabajo con las condiciones que acuerden. espero haberte apoyado.
Tópico: Atribuciones del Instituto Mexicano del Seguro Social
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 03, 2005 Asunto: Re: Atribuciones del Instituto Mexicano del Seguro Social
[quote:6a78f6aee8="LCPRicardo"]Hola! espero me puedan orientar. Resulta que el IMSS esta llevando a cabo una campaña de difusion sobre el cumplimeinto de las obligaciones en materia de Seguridad Soci. Por lo cual instituto se tomo la atribucion de modificar el salrio del personal donde labor sin dar aviso anteriormente ni notificardlo al patron. solo presento el oficio donde notifica que realizo dicjha modificacion de salarios, para ello el instutito tomo comofundamentos los articulos 42 fraccion II, 42 A, y 48 del CFF; y los art 15 fracciones II, IV, VI y VIII 251 fracciones X, XIV, XV, XVIII; 252 y 304 A de la LSS Estuve layendo los articulos antes mencionados y no encuentro ningun fundamento para que el IMSS se tome la libertada de realizar modificaciones de salarios a los trabajadores. ¿Qué puedo hacer al respecto?[/quote:6a78f6aee8] Algo mas interesante, aparte de que no estan facultados para modificar salarios, menos estan para hacer cualquier tipo de revisión o realizar requerimientos, porque sus facultades estan en el Reglamento de ORGANIZACIÓN INTERNA y este no puede estar por encima de Ley. sugiero el Amparo. hay que recurrir con los expertos jurídicos.
Tópico: CONVENIO DE MULTA
camachoai

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Octubre 03, 2005 Asunto: Re: CONVENIO DE MULTA
[quote:267a25ae27="gerardo789"]Que tal muy buen dia. Alguien podrá facilitarme un formato de convenio? Lo necesito porque tengo un crédito pendiente de pago y si lo voy a pagar .. pero quiero intentar la opción de meter convenio y si me lo aceptan pues ya es un buen beneficio. Saludos!!![/quote:267a25ae27] Gerardo: de que fecha es tu crédito? porque si es reciente a partir de que se publicó el Reglamento de Organización Interna del IMSS, tienes la opcioón de pelear este crédito porque le Subdelegado y el Jefe de Cobros no estan autorizados para fincar créditos, porque sus facultades estan en reglamento y no en ley y un reglamento no puede estar por encima de Ley. tienes la oportundad de poder no pagar ese crédito.

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