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Tópico: acumulacion de inventario 2004 en pagos provisionales
jbueno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2006 Asunto:
Coincido con BR1 y el fundamento esta en las disposiciones transitorias de 2005, publicadas el 1o de dic. de 2004 en el art. tercero fraccion V, ultimo parrafo el cual dice que: Para los efectos de los pagos prov. se acumulara a la Ut. Fiscal , la doceava parte del Inv. Acumulable...... Saludos Jbueno
Tópico: Primicia de declaracion IVA julio, agosto y septiembre 2006
jbueno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 15, 2006 Asunto:
Ojala y esta disposicion entre en vigor hasta enero de 2007, ya que me pregunto, si informamos al fisco desde septiembre en octubre o trimestralme nte como se dice, que pasara con los meses anteriores del 2006, los tendremos que informar en la declaracion informativa anual, como que no checa o ustedes que opinan? saludos Jbueno
Tópico: DEDUCCIONES CAMARAS DE COMERCIO
jbueno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2006 Asunto:
Equisa, el art. 95, fraccion XX, segundo parrafo, nos menciona lo que se considera remanente distribuible, entre ellas habla de las deducciones que se efectuen y sean no deducibles en los terminos del Titulo IV, salvo que estas no reunan los requisitos del art, 172 fraccion IV, refiriendose a los requisitos de identidad y domicilio de quien los expide y adquiere en bien o servicio y cuyo monto exceda de 2,000.00 debera ser nominativo. Pr lo anterior, tu puedes hacer deucible un comprobante que no reuniera lo requisitos antes señalados. Yo lo consulte con administrador Juridico del SAT, y me dijo que estaba en lo correcto, pero que mejor buscara la manera solicitar que me los expidieran con todos los requisitos, ya que era el mismo trabajo. Asi es que mejor, no busquemos problemas con los de auditoria del SAT. !! ya vez el niño es chillon y si todavia lo pellizcas !! Saludos Jbueno
Tópico: Donataria, obligada a retener???
jbueno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2006 Asunto: Re: Donataria, obligada a retener???
el articulo 1-A de la ley del IVA nos dice que estan obligados a retener el IVA, los CONTRIBUYENTES que se ubiquen en alguno de los siguientes supuestos: l.- Sean Instituciones de credito...... ll.- Sean personas morales que: A).-Reciban servicios personales independientes (Honorarios), de personas fisicas........ de lo anterior, se deduce que las Personas Morales con fines No Lucrativos, no estan obligados a retenerle el Iva a la Personas fisicas, ya que estas no SON CONTRIBUYENTES DEL IVA. TAL VEZ ESTO NO LE GUSTE A LA AUTORIDAD, PERO LA LEY ASI ESTA. O USTEDES QUE OPINAN ?
Tópico: DUDA CON EL IMPUESTO AL ACTIVO
jbueno

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 21, 2005 Asunto: Re: DUDA CON EL IMPUESTO AL ACTIVO
Mucho se hablado del ya extemporaneo y ya casi extinguido decreto de exencion del IMPAC, se cometaba a mediados de año, que se contemplaba que el beneficio del decreto, ya no aplicaria para para las P.M., solo a las P.F., despues que a todos, pero con topes mas bajos para ambos, Mejor ve haciendo tus calculos y pagalo, porque si no lo haces y te revisan los pagos provisionales, no te la vas a acabar con las multitas de forma y fondo que le gusta aplicar a la autoridad con singular alegria. saludos jbueno

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