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Tópico: Pago provisional de personas motivos
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2009 12:44:40 Asunto: Re: Pago provisional de personas motivos
Claro paco, efectivamente mucho ojo....que bueno que ganó el puebla el domingo...si apoyas a tus paisanos verdad?...saludos
Tópico: INTERMEDIO Y AGRICULTOR RENTA PARCELA AGRICOLA...
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2009 12:41:09 Asunto: Re: INTERMEDIO Y AGRICULTOR RENTA PARCELA AGRICOLA...
A mi consideración si se debera pagar impuesto por el ingreso generado por el arrendamiento ha que haces refencia y efectivamente para los otros impuestos de alguna manera te encuentras exento ya que se encuentra en forma especifica para esta actividad. Recomendación:¡¡¡¡¡ LOBO y SAUL!!!!!!!!!!! los comentarios que se realicen este foro deben ser respetados, en virtud de que nuestra formación academica nos lo exige y por respeto a la misma asi como a las personas (compañeros) que intervienen en el mismo. seriedad por favor¡¡¡¡¡ ....jajjajajajaj...saben las respuestas manifestadas sean correctas o no correctas deben ser respetadas y en caso de querer entrar en contriversia se realice con respeto...bueno eso creo...saludos pd: 'para que discutir si lo podemos arreglar a plomazos'... recomendaciones constructivas
Tópico: Pago provisional de personas motivos
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2009 12:24:41 Asunto: Re: Pago provisional de personas motivos
Caray...Caray...discrepacia fiscal?...hasta cierto punto cierto...y que pasa si obtuve créditos bancarios, aparte de la utilidad generada en meses anteriores por las que ya se pago impuesto...estariamos borrando el concepto de discrep...bueno eso creo...saludos
Tópico: 'INVITACION'
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 28, 2009 12:15:28 Asunto: Re: 'INVITACION'
hola compañeros...espero que se encuentren bien... Es importente comentarte lo siguiente compañero del topico: 1.- Es una carta invitación dentro de la cual te solicitan información en cuanto a tus obligaciones como sujeto directo o responsable solidario segun sea caso, para lo cual te otorgaron 25 dias habiles para presentar la información solicitada. En caso de no constestar te entregaran una segunda carta invitación otorgandote para tal efecto un nuevo plazz de 25 dias habiles para darle constestación. En caso de no contestar, ahora sí te la aplican en virtud de que el siguiente paso es el inicio de facultades de comprobación. Esto deriva de que te detectaron omisiones en el periodo sujeto de revisión...mucho ojo...si tienes omisiones enteralas en este tipo de actos administrativos no existen sanciones, ya como su nombre lo dice es una invitación para corregir tu situación fiscal. 2.- No puedes 'tumbarla' o pelear el acto derivado de que no es un inicio de facultades es simplemente una invitación que generalmente tiene repercusiones si no se atiende; por lo tanto, al exitir omidiones enteralas unicamente verificaran que te corregiste y procederan a cerrar la citada invitación, de lo contario tendras en su momento que pagar las imisiones con sanciones administrativas respectivas...y como dicen 'cumpla en tiempo y evite molestias inecesarias'. 3.- y para los compañeros que se encuentran en el dilema 'tuya...mia... te la presto...tocala...acariciala' aunado con desgate de conocimientos, les puedo comentar que la autoridad adminsitrativa puede llevarte a cabo nuevamente un inicio de facultades por el mismo ejercicio o periodo ya revisado siempre y cuando se conozcan hechos diferentes de conformiadad con el art. 50 ultimo párrafo del CFF, art. 19 de la LFDC sin más limite que lo establecido en el articulo 67 de dicho codigo. ...buebo eso creo...saludos PD: por que discutir si lo podemos arreglar a plomazos...
Tópico: Pago provisional de personas motivos
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 27, 2009 15:54:13 Asunto: Re: Pago provisional de personas motivos
Debes manifestar la primera razon. Esto en funcioón de que la determinación de pagos provisionales para ISR e IETU son a traves de acumulación desde inicioado el ejercicio hasta el perido que pretendar enterar, con ello al llegar a la propia determinación te daras cuenta que la razón deberá ser la citada...bueno eso creo...saludos
Tópico: PAGARLE ALA ESPOSA ES DEDUCIBLE PARA ISR-IMSS
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 13:50:32 Asunto: Re: PAGARLE ALA ESPOSA ES DEDUCIBLE PARA ISR-IMSS
A parte de lo ya comentado, podría realizar esta estrategía pero no con el negocio de su esposo, generalmente entre comerciantes o prestadores de servicio, se conocen por su giro y muchos de ellos tienen este problema, ya que quieren asegurar a su esposa para los gastyos medicos por parto y guarderias; por lo que se debería de poner de acuerdo con otro colega que tenga el mismo problema y registrar a las esposas entre negocios (claro con el mismo sueldo ambas) y con ello no existe el criterio ya mencionado ...y todos felices y contentos...creo yo...saludos
Tópico: DESPENSAS Y BOTELLAS DE LICOR SON DEDUCIBLES EN EPOCA NAVIDEÑA?
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 13:40:58 Asunto: Re: DESPENSAS Y BOTELLAS DE LICOR SON DEDUCIBLES EN EPOCA NAVIDEÑA?
Hola Br2, coincido con tu opinión...lo que a la autoridad hasta cierto punto le interesa que las erogaciones cumpaln con requisitos y en este caso, dichas erogaciones sean estrictamente indispensables para la obtención de los ingresos (PF) y para los fines de la actividad (PM), por lo que estarias cumpliendo con pricipio de generalidad para efectos del articulo 32 fracción II de la LISR y más aún cuando manejas documentos internos que son aceptados y fiemados de recibido por clientes (y en su momento hasta con fotografias de recibido el obserquio, para no errarle)...siempre hay que amparar las derogaciones con lo que se pueda para dar certidumbre al auditor que en su momento llegue a realizar la auditoria (esperando claro que nunca lleguen)...saludos. PD...buenos comentarios BR2...
Tópico: Hola el impuesto IDE es a partir de 15,000, si realizo 2 depositos de 7,500 c/u en diferente dia, tambien aplica el impuesto?
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 13:24:56 Asunto: Re: Hola el impuesto IDE es a partir de 15,000, si realizo 2 depositos de 7,500 c/u en diferente dia, tambien aplica el impuesto?
Los depositos son acumulables durante un mes...por lo tanto auqnue los deposites en fecha diferentes del mes y los montros sean menores, desde el momento en que excedes de los $25000 en dicho mes, el excedente es base para calculo de IDE...y con las nuevas reformas segun nuestros legisladores para 2010 sera sobre $15000, no se han percatado que auyentan el ahorro interno del país y eso tiene efectos en nuestra economia...caray...ha seguir guardando el dinero por pacas en los colchones como el chino..saludos
Tópico: C F EXPORTACION
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 13:10:28 Asunto: Re: C F EXPORTACION
Apoyo lo comentado por vabdo...ya que sería una forma de cumplir por lo solicitado por el cliente en el extranjero...además en la factura que se emita se puede manifestar que va incluido un anexo mismo que se encuentra en idioma ingles (para su mejor comprensión) o hasta cierto punto para cumplir con algun lineamiento establecido en el país del cual es residente el cliente...con ello no estarias violentando ningun requisito que establece CFF...bueno eso creo...saludos.
Tópico: formas de garantizar el interes fiscal
Montiel

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 23, 2009 12:30:13 Asunto: Re: formas de garantizar el interes fiscal
Una disculpa nos manifeste en forma correcta la regla. Dice: I.2.12 Debe decir: I.2.12.3 de la Quinta resolución de modificaciones a la resolución miscelanea fiscal para 2008

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