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Tópico: Requisitos para comprobantes deducibles del extranjero?
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 13, 2005 Asunto: Re: Requisitos para comprobantes deducibles del extranjero?
eL FUNDAMENTO ESTA EN EL ARTICULO 31 FRACCION I Y V DE LA LEY DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA EN RELACION CON EL 86 FRACCION IX TABIEN DE LA MISMA LEY. COMO BIEN TE HABIAN COMENTADO BASTA CON QUE SEAN GASTOS ESTRICTAMENT INDISPENSABLES, Y QUE LA PRESONA NO TENGA RESIDENCIA PERMANTE NI BASE FIJA AQUI EN MEXICO (QUIEN TE EXPIDIO EL COMPROBANTE) BYE :P
Tópico: RECURSO Y JURISPRUDENCIA??
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2005 Asunto: Re: RECURSO Y JURISPRUDENCIA??
Hola Buenas Tardes :), La respuesta a tu prigunta si puedes hacer valer o invocar una jurisprudencia dentro de un recurso administrativo, tal como el de revocacion, si puedes, lo unico es que la Administraci'on Local Juridica no siempre las toma en cuenta depende el criterio de cada administracion ya que no estan obligados ha tomar en cuenta la jurisprudencia. En mi opion muy personal, haz la referencia inclusive citala o trascribela, y manifiesta tambien dentro del recurso que aun cuando conoces de antemano que no estan sujeta dicha administracion tomar en cuenta el criterio citado, hazle saber que tribunales superiores a esa administracion es el criterio que estan aplicando. ahorabien, recuerda que el recurso administrativo es optativo, no es necesario agotarlo para interponer el Juicio de Nulidad, yo te recomiendod que interpongas mejor un Juicio de Nulidad, no pierdas el tiempo con la Administracion. pero esa es mi opion espero haberte ayudado bye :P
Tópico: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
[quote="Vala"]lrodriguez: Recién contesté una pregunta de otro compañero en otro tópico, por lo que voy a repetir más o menos lo que allá escribí: Recuerda que los gastos efectuados en el extranjero sí son deducibles para efectos de ISR, siempre que sean estrictamente indispensables para tu actividad. Ahora, en cuanto a los requisitos, obviamente no es necesario tener una factura o comprobante fiscal como se tiene en México, ya que está expedida por un extranjero. Para esto debes expedir las constancias de pagos al extranjero y presentar la declaración informativa correspondiente en el mes de febrero del año siguiente a aquél al que correspondan las deducciones. Esto tiene fundamento en el Artículo 31, fracción V de la LISR. Por otra parte, no estaría de más que revisaras bien los contratos que tienes celebrados con el americano para determinar si estás obligado a retener o no ISR. Si tienes información sobre esto, amplíala y con gusto lo comentamos con detenimiento. Salud! [b:79ad5516d5]Vala[/b:79ad5516d5][/quote muchas gracias por la informacion y la explicacion, y te voy a tomar la palabras ya que si deseo hablar de este tema. Es una persona mora legalmente constituida en mexico, la cual se dedica a la transportacion de mercancias en la zona fronteriza asi que debido a su giro, es muy comun que tengan que realizar gastos en el extranjero y por consecuencia los comprobante que les entregan no reunen los requisitos ni del 29-A del C.F.F. y por consecuencia ni del 31 Fraccion III del LISR, mi cliente realizo una consulta en terinos del codigo, pero juridida en su resolucion no le nego la deducibilidad abiertamente, sino que le comento que si era posible deducirlo siempre y cuando los comprobantes reuniran los requisitos del 31 fraccion III de LISR, aun cuando el extranjero no estaba obligado a cumplir lo establecido en el 29-A, del CFF, - como vera la resolucion es contradictoria, obscura inclusive abstracta- aspecto por la cual intervengo para impugnarla, yo estuve leyendo tanto codigo como ISR, y si habia leido ya la fraccion V pero me quedaba una duda, mi cliente nunca ha retenido puestos que son gastos por conceptos de estacimiento, seguros, fletes subcontratados, tel y cel de e.u. reparacion del transporte etc, ahi es donde a mi me queda la duda si a mi cliente se le aplica dicha fraccion, -perdon por mi ignorancia en el manejo de isr- ahora bien el articulo 31 fraccion V me remite al 86 fraccion IX de la misma ley, el cual precisamente me habla de lo que tu me comentas, y asu vez este me remite al titulo V de la LISR, en esta parte no la entiendo :cry: , ojala y me puedas orientar un poquito mas
Tópico: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
NECESITO MAS IDEAS, POR FAVOR EMITAN SU OPINION, NECESITO SABER QUE ES LO QUE USTEDES OPINAN, RESPETO AL CASO PLANTEADO, DE ANTEMANO LO AGRADESCO POR SU AYUDA
Tópico: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
[quote:d7d89133b3="Consultora"]no tiene que cumplir con los requisitos de código debido a que el gasto es en el extranjero como mencionas, pero en este caso si no cumple con los datos relativos a quien expide el comprobante, no es deducible.[/quote:d7d89133b3] tendras el fundamento de eso? sino es mucha molestia :oops: gracias de antemano :P
Tópico: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
Buenas tardes, Es un contribuyente que realizo gastos estrictamente indispensables en el extranjero, pero el comprobante que le enctregaron no reune los requisitos del articulo 29-A del Codigo Fiscal de la Federacion debido a que el sujeto que presto o vendio el servicio no tiene base fija en mexico por lo tanto no esta sujeto a la norma fiscal mexicana, trayendo como consecuencia que los comprobantes que expida este, no solo no reunen los requisitos del 29, 29-A del Codigo en comento, sino que tampo los del articulo 31 fraccion III de la Ley del impuesto sobre la renta, mi duda es que si solo por ser un gastos estrictamente indipensable es dudicible o bien se requiere que cumplan con los demas requisitos del 31 LISR
Tópico: SAT SOLICITA INFORMACION POR INTERNET
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: Re: SAT SOLICITA INFORMACION POR INTERNET
No estas obligado a solventar la informacion requerida por parte de la Autoridad Hacendaria, ya que los requerimientos via correo electronicos son ilegales.
Tópico: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 11, 2005 Asunto: se pueden deducir gastos efectuados en el extranjero?
ayuda please los gastos estrictamente indispensable deberan reunir tambien los demas requisitos del articulo 31 de la LISR, o solo por ser estrictamente indispensable son deducibles?
Tópico: RETROACTIVIDAD
lrodriguez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 04, 2005 Asunto:
A reserva de lo que se ha comentado, si buscas un concepto de retroactividad concretamente, podria ser este: "Es la aplicacion de la norma vigente a una conducta efectivamente realizado antes de que la ley en comento hubiera entrado en vigor" En Mexico efectivamente la retroactividad de norma en perjuicio del gobernado, esta prohibida por disposicion de nuesetra carta magna, pero no es asi cuando la misma es en beneficio.

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