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Tópico: Costo de lo Vendido
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 14, 2005 Asunto: Re: Costo de lo Vendido
En activos fijos tienes que aplicar los porcentajes autorizados, para efectos contables, y para efectos fiscales solo haces la actualizacion de la depreciacion, , esto forma parte fundamental en la conciliacion entre el resultado contable y fiscal. Nada que ver con el costo de lo vendido.
Tópico: Regimen fiscal de Cia de Mercado de Divisas Extranjera
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 12, 2005 Asunto: Regimen fiscal de Cia de Mercado de Divisas Extranjera
Estimados Colegas: Necesito me orienten en relacion al regimen fiscal de una empresa que se dedica al mercado dedivisas (compra y venta) y que cobra comision por ello, Lo primero siendo cia extranjera que tiene que hacer en Mexico, (Darse de Alta en SAT, Constituirse ante Notario, Etc.) Luego si por la comision que cobra tiene que trasladar iva o esta excento ya que los inversionistas son Nacionales. y Personas Fisicas Agradesco de antemano su valiosa respuesta Saludos.
Tópico: Efectos o consecuencias Rep Legal y Arrendatario del local I
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Efectos o consecuencias Rep Legal y Arrendatario del local I
Estimados colegas, tengo un contribuyente que es el accionista y representante legal de una persona moral, y a la vez es quien da en arrendamiento el local de la empresa. Mi principal duda es que efectos o consecuencias tiene que sea el mismo representante legal como retenedor y como arrendador ya que en las constancias que se expiden de percepciones y retenciones apareceria solo su firma en ambos lados. ¿No se consideraria como un retiro de dividendos? ¿Existe algun marco legal que permita o prohiba este tipo de situaciones? Agradesco de antemano su valiosa colaboracion ya que tengo que definir que hacer. para en su caso solucionar o regularizar esto. Saludos.
Tópico: Que pasa cuando hay deflacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 11, 2005 Asunto: Re: Que pasa cuando hay deflacion
SI EL FACTOR DE ACTUALIZACION QUE TE DA LA FORMULA INPC ACTUAL ------------------------------------------ INPC DEL MES ANTERIOR AL QUE SE DEBIO REALIZAR EL PAGO DE IMPUESTOS. ES IGUAL O MENOR A 1. ENTONCES NO SE REALIZA ACTUALIZACION SOLO SE CALCULAN LOS RECARGOS. SALUDOS.
Tópico: ayuda clave cie(sat)
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2005 Asunto: Re: ayuda clave cie(sat)
La clave CIEC es sumamente sensible a las MAYUSCULAS y minusculas, prueba con la clave que cambiaste por ultima vez en las dos modalidades, ya que todas las anteriores quedan totoalmente desactivadas una vez que gestionaste por internet la nueva. En caso de que no te resulte, entonces si gestiona ante la administracion local de recaudacion la contraseña, y que el representante legal te acompañe, ya que no te la daran si solo presentas la documentacion y escrito correspondiente. Saludos.
Tópico: honorario (doctor) iva
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 04, 2005 Asunto: Re: honorario (doctor) iva
yo recomendaria que se hiciera la declaracion de correccion de datos, posteriormente con copia de la declaracion erronea y la de correccion se presentara un escrito libre para hacer las aclaraciones correspondientes, y que dentro del mismo solicites te den de baja la obligacion y cancelen los requerimientos, ya que de presentar las declaraciones va a proceder el cobro de las multas a que te hiciste acreedor. de la otra forma hacienda misma te da la facilidad de realizar las correcciones a que tenga lugar. espero te sirva y posteriormente retroalimentes en el mismo la conclusion de como quedo. Saludos.
Tópico: Urge!!!Porfa Sobre indemnizacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2005 Asunto: Re: Urge!!!Porfa Sobre indemnizacion
Por lo general la forma de finiquitar un incidente de despido injustificado, culmina en las dos posibles siguientes: 1ª El trabajador pide ser reinstalado y el patro accede, pero no hay indemnizacion de por medio que se le paque al mismo ya que el problema que plantea el trabajador queda resuelto, solo se le pagan los salarios caidos a pesar de que no trabajo. No conosco ningun caso en el cual el patron indemnice al trabajador despedido y sea obligado a reinstalarlo, solo por el hecho de no querer pagarle la 2ª parte de la indemnizacion, que en este caso corresponderia a los 40 dias. al querer apegarse al citador articulo 162 LFT. 2ª El patro lo despide injustificadamente con la finalidad de que no vuelva a pisar la empresa, asi lo pida el trabajador, por lo que se procede a realizar la indemnizacion correspondiente con el 100 % si no se quiere tener problemas posteriores, o bien de acuerdo a como lleguen a pactar con el trabajador. Normalmente cuando existe este tipo de casos el 90 % el trabajador ya no regresa con el patron. Saludos.
Tópico: Urge!!!Porfa Sobre indemnizacion
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2005 Asunto: Re: Urge!!!Porfa Sobre indemnizacion
Generalmente y en practica el patron siempre llega a un acuerdo con el Trabajador, para indemnizarlo, pero lo correcto es: 90 dias de indemnizacion 20 dias por año laborado ( si tiene 6 meses de antiguedad se considera como año completo) 12 dias de prima de antiguedad topado hasta 2 salarios minimos de la zona economicamente geografica El resto son los proporcionales a qe tenga derecho. Cualquier desviacion a esto generalmente da lugar a que el trabajador ejerza su derecho de demandar, ya que para esto cuenta con un lapzo de 2 años a partir de su despido injustificado para poder hacerlo en tiempo. Espero les sea de utilidad Saludos.

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