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Tópico: DOCUMENTACIÓN DEVOLUCIÓN DE IVA
estebantrejo

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 08, 2017 12:05:32 Asunto: Re: DOCUMENTACIÓN DEVOLUCIÓN DE IVA
Buen día compañero Te comento que es normal que suceda esto en los tramites de devolución de IVA ya que por lo general buscan cualquier defecto para tenerte por desistido, lo mas recomendable en estos casos es que tengas un check list de la documentación que te solicitan para iniciar el tramite y para requerimiento y que esta se presente en forma organizada y cruzada para demostrar la procedencia del crédito, otra cosa importante es que en la medida de lo posible la informacion que presentas se detalle por escrito cada uno de los anexos que presentas y acompañes algún indice en el que ellos puedan ubicar cada uno de los puntos que revisan conforme a su normatividad interna para el caso de Actividades Primarias. El otro punto es que se puede promover un juicio de nulidad para solicitar la devolución una vez que esta te la hayan tomado por desistida o rechazada, es mas tardado que la solicitud de devolución normal, pero en este juicio se obtienen intereses adicional a las actualizaciones. En todo caso tendrías que evaluar que es mas redituable para tu cliente/patrón, si son pocos meses rechazados y puedes seguir presentando devoluciones hasta en mas de 3 ocasiones o si son bastantes meses rechazados y te es conveniente que se presente el juicio de nulidad.
Tópico: coeficiente de utilidad
estebantrejo

Mensajes: 2
Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 07, 2017 17:49:26 Asunto: Re: coeficiente de utilidad
Buen día compañero En cuanto a tu duda, cuando realizas la solicitud de disminución de pagos provisionales, es cuando estimas que coeficiente de utilidad que utilizas es superior al coeficiente de utilidad del ejercicio al que corresponden los pagos. Es decir en tu ejemplo: Ejercicio del CU 2015 Pago provisional de 2016 Si tienes un ingreso nominal de 1,000 y un CU de 2015 de 0.0076, tienes una utilidad de 7.6 y un impuesto sobre la renta provisional de 2.28 Pero estima que en el ejercicio de 2016, tendrá un CU de 0.0015, por lo que solicita la disminución de pagos provisionales para aplicar este coeficiente a partir del segundo semestre del ejercicio de 2016, entonces tendría en el mismo ejemplo: Si tienes un ingreso nominal de 1,000 y un CU de 0.0015, tienes una utilidad de 1.5 y un impuesto sobre la renta provisional de 0.45 Es decir que los pagos provisionales de ISR disminuyeron en cantidad de 1.83 pesos Al momento de presentar la declaracion anual de ISR correspondiente a 2016, determina un CU superior al estimado, supongamos de 0.0080 En ese caso y de acuerdo con lo establecido en el articulo 14, párrafo 7, inciso b, de la Ley del Impuesto Sobre la Renta, tendrías que actualizar los importes y pagar los recargos sobre el importe que dejaste de pagar, es decir sobre el 1.83 pesos Si es en caso contrario como es tu duda planteada al final, es decir que el CU correspondiente a 2016 sea de 0.0010, entonces debes tener un saldo a favor de ISR por los pagos provisionales realizados en exceso.

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