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Tópico: RECIBOS DE ARRENDAMIENTO
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: RECIBOS DE ARRENDAMIENTO
Estoy de acuerdo con Edgar, ya que el momento de causación se dá al momento del pago de los mismos, solo ten cuidado que no se trate de un ejercicio anterior, pues la ley te marca en la fracción XIX del art 31 el plazo para reunir los requisitos de deducibilidad.
Tópico: ACREDITAMIENTO DE IVA DE ANTICIPOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 12, 2005 Asunto: Re: ACREDITAMIENTO DE IVA DE ANTICIPOS
Estoy de acuerdo con los comentarios que te han hecho, considero que no tienes de que preocuparte, no hay ningún problema, la contabilización que debes hacer es cargo a anticipo a proveedores así como a I.V.A. acreditable pagado efectivamente y el abono a bancos, de tal suerte que si al término del mes no tienes la deducción para ISR por la adquisición, para efectos del I.V.A. podrás acreditar la parte de este que hayas pagado. :)
Tópico: activos totalmente depreciados
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: ...no está por demás
[quote:68c74e6ec6="jleeglz"]Y yo crei que exponia sobre alguna formula referente a como determinar depreciaciones contables o fiscales .... pero en fin... tendría que ser el Foro de Fiscal.... Pero sirvio como consulta.... Saludos...[/quote:68c74e6ec6] Creo que no está por demás, para que no olviden al formular que la depreciación histórica no debe ser igual al valor del bién en cuestión, así que sugiero que condicionen la última depreciación de tal suerte que la fórmula indique que si el resultado de la depreciación del ejercicio es igual o superior al monto por depreciar, entonces tome el monto por depreciar menos uno. No?
Tópico: activos totalmente depreciados
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: activos totalmente depreciados
[quote:cc912d30fd="Edreher"]Hola tiamala, enriquecarde tiene razon este es el foro Excel. Pero aclarando lo que dice el compañero CAAA761226NG8, hasta donde recuerdo el $1.00 se debe mantener solo cuando das de baja a un bien porque deja de ser útil. Esto es porque la ley permite la deduccion anticipada de la inversion de los activos cuando dejan de ser utiles y los contribuyentes pueden deducir anticipadamente los bienes nomas porque si sin dejar rastro. Saludos.[/quote:cc912d30fd] Creo que debo defender mi posición, pues la ley del ISR señala en el artículo 37, sexto párrafo que: "Cuando el contribuyente enajene los bienes o cuando estos dejen de ser útiles para obtener los ingresos, deducirá, en el ejercicioen que esto ocurra, la parte aún no deducida. En el caso en que los bienes dejen de ser útiles para obtener los ingresos, el contribuyente deberá mantener sin deducción un pesos en sus registros. Lo dispuesto en este párrafo no es aplicable a los casos señalados en el art. 27 de esta Ley". Por lo tanto creo que como te dije es lo correcto. Saludos
Tópico: activos totalmente depreciados
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: activos totalmente depreciados
No puedes tener depreciado al 100% un activo, la ley del ISR te obliga a dejar como valor del activo "$1.00" (un peso) para que tengas el historial del mismo, al momento de venderlo tendrás entonces que dar de baja tu activo con el peso más la actualización para tener el costo fiscal, lo que te dará risa, pero entonces el importe por el que vendas dicho activo sérá casi completamente utilidad, debes hacer dos registros, el primero afectando a ingresos, I.V.A. y cuenta por cobrar o Bancos (pues debes facturarlo) y el segundo afectando directo con cargo a Costos $1.00 vs Activo Fijo $1.00 y listo! Estoy a tus órdenes! :)
Tópico: ANUAL PERSONAS MORALES EJERCICIO 2000
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: ANUAL PERSONAS MORALES EJERCICIO 2000
Qué tal? Buenas Tardes! Tengo una duda, espero que alguién de ustedes me pueda dar su opinión. En los próximos días tengo que presentar declaración complementaria del ejercicio 2000, cuya normal se presentó a través del programa de declaraciones electrónicas del SAT, pero el envío a través de internet, al parecer ya no es posible por la página del SAT, alguno de ustedes ha pasado por esto, que me recomiendan? :?
Tópico: Devolucion de IVA compra de auto?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: Devolucion de IVA compra de auto?
En cuanto a las dudas que han surgido de cuales se toman como automóviles, tal vez sirva reconocer un automóvil aquel que sirve para transportar pasajeros de capacidad de hasta quince plazas, en tanto que se consideran camiones de carga a aquellos con capacidad hasta 4,250 kg incluyendo los tipos panel con capacidad máxima de tres pasajeros y remolques y sermirremolques. Estas definiciones se encuentran en la Ley Federal del Impuesto Sobre Automóviles Nuevos, y el identificarlos será fácil. En la factura del vehículo viene una especificación denominada "Clave vehicular", misma que si comienza con un "cero" determina que el vehículo es de pasajeros, en tanto que si esta comineza con un "uno" se refiere a un camión de carga.
Tópico: macros
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: macros
Nada más del menú elige en herramientas, macros, seguridad, ahí con que pongas nivel de seguridad medio te las habilita. Espero te sirva!
Tópico: DEBEMOS PAGAR EL IMPAC POR EL NO DECRETO?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 05, 2005 Asunto: Re: DEBEMOS PAGAR EL IMPAC POR EL NO DECRETO?
[quote:4a1fd8c028="cjlopezasesoria"]uta hasta que alguien opino al respecto... ese es el punto br1 en lo personal presente estadisticas de isr motivo aplique perd. ahora resulta que hay ia que procede? presentar complementaria de isr para decir que el motivo fue que pague ia atendiendo a que son alternativos?[/quote:4a1fd8c028] En mi opinión, el concepto de las estadísticas no debe variar, ya que el aplicar pérdidas te pudo originar que el IA fuera mayor que el ISR, así que lo que haría falta en su caso sería pagar IA.
Tópico: NECESITO AYUDA PARA HOJA DE TRABAJO EN PAGOS PROV
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Agosto 05, 2005 Asunto: NECESITO AYUDA PARA HOJA DE TRABAJO EN PAGOS PROV
:( Qué tal Contadores. Quisiera saber si alguno de ustedes tendría la amabilidad de enviarme un formato o modelo de hoja de cálculo para pagos provisionales de Personas Morales. Gracias!

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