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Autor | Mensaje |
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Tópico: duda en regimen intermedio | |
pablocastro Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: duda en regimen intermedio |
si, si es correcto, la unica desventaja es que no te vas a poder pasar a repeco, lo puedes verificar en el art 139 fracc II tercer parrafo | |
Tópico: Devolucion de IVA compra de auto? | |
pablocastro Mensajes: 18 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: Devolucion de IVA compra de auto? |
chequen la ultima definicion. automóvil. (De auto- y móvil). 1. adj. Que se mueve por sí mismo. Se dice principalmente de los vehículos que pueden ser guiados para marchar por una vía ordinaria sin necesidad de carriles y llevan un motor, generalmente de explosión, que los pone en movimiento. U. m. c. s. m. 2. m. por antonom. coche (ǁ vehículo automóvil). ~ deportivo. 1. m. automóvil, generalmente de pequeño tamaño y de dos plazas, diseñado para que alcance grandes velocidades y sea fácil de maniobrar. ~ de sitio. 1. m. Méx. Taxi que tiene una parada o sitio fijo cuando está libre. ~ de turismo. 1. m. El destinado al transporte de personas, con capacidad hasta de nueve plazas, incluido el conductor. [color=green:e7dc143c9d]Real Academia Española © Todos los derechos reservados [/color:e7dc143c9d] | |
Tópico: Devolucion de IVA compra de auto? | |
pablocastro Mensajes: 18 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: Devolucion de IVA compra de auto? |
[quote="novatin"]ya me kedo duda aki donde trabajo un cliente compro un equipo de transporte que usa el para ir a visitar clientes, proveedores, etc , y el contador me comento ke solo es deducible 300,000 de acuerdo a isr y proporcionalmente lo seria tambien el iva, este ekipo de transporte se supone ke es para visitar clientes o proveedores , se esta usando para el negocio me explico??? a ke se refieren con ke no se use en el negocio, sino se usa para el negocio pues no seria deducible ni para isr ni para iva que no??[/quote Creo que la aclaración acerca de que se debe utilizar el bien para las actividades, mas bien va enfocado a una definicion de vehiculo, ya que un camion o trailer no se considera como tal y claro cuestan mucho mas de 300,000, una camioneta puede sobrepasar dicho limite y utlizarse para reparto, los automoviles (yo así lo entiendo) solo son los autos compactos para no mas de 5 pasajeros y que no tienen el uso de carga. no se si alguien tenga otra definicion de automovil, para efectos fiscales. | |
Tópico: Nuevos socios en una S.C. | |
pablocastro Mensajes: 2 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: Nuevos socios en una S.C. |
yo tambien soy de la opinión de que deben de ir ante notario, lo mas seguro es que sea mediante acta extraordinaria. | |
Tópico: PAGO CON CHEQUE Y EN EFECTIVO | |
pablocastro Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: PAGO CON CHEQUE Y EN EFECTIVO |
[quote:44b7bc19ab="GEORGERUNJ"]HOLA, TENIENTE CASTRO , ESTOY DE ACUERDO CON UD. PERO TAMBIEN SERIA UNA OPCION QUE SI MO CUENTA CON LOS RECIBOS DE PAGOS EN PARCIALIDADES , PUEDE PONER EN LA MISMA FACTURA Q LA MISMA SE REALIZA EN TANTAS PARCIALIDADES, Y DE ESTA MANERA SE HACE DEDUCIBLES ES CORRECTO ESO¡[/quote:44b7bc19ab] dependeria del tipo de contribuyente que le expide la factura, hay quienes si tiene esta facilidad que menciones y hay quienes forzozamante deben de expedir recibos de pago en parciliadades. | |
Tópico: PAGO CON CHEQUE Y EN EFECTIVO | |
pablocastro Mensajes: 7 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: PAGO CON CHEQUE Y EN EFECTIVO |
Ok, considera que para pagos posteriores de que te entregan la factura, necesitas un recibo de pago en parcialidades si lo tienes es deducible todo, si no considero que solo la parte de lo que pagaste con cheque. | |
Tópico: Duda de interpretacion | |
pablocastro Mensajes: 13 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 10, 2005 Asunto: Re: Duda de interpretacion |
Humberto, analizando este caso, yo comparto el criterio de lobozac, aunque primero se tubo que dar su agarrón con su colega y paisano. es broma lobozac, no sea que alrato hasta a mi me toque ¡¡ :? | |
Tópico: ACTA CONSTITUTIVA | |
pablocastro Mensajes: 4 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: ACTA CONSTITUTIVA |
los bienes, considerando que algunas de las aportaciones se hacen en especie?? | |
Tópico: Su ayuda por favor! | |
pablocastro Mensajes: 17 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: Su ayuda por favor! |
[quote:35935648b3="emilianocs"]:evil: EN OCASIONES HAY QUIENES OPINAN DE MANERA LIJERA [color=red:35935648b3]LIGERA[/color:35935648b3] , LA RECOMENDACION QUE YO TE HAGO ES LA SIGUIENTE: PRIMERO LA CARTA QUE TE ENVIO HACIENDA ES DE QUE TE HAN DETECTADO QUE NO HAS CUMPLIDO DE MANERA CORRECTA CON TUS OBLIGACIONES, Y TE ESTAN INVITANDO A QUE DE MANERA VOLUNTARIA TE REGULARICES. SEGUNDO SI YO ESTUVIERA EN EL LUGAR DE ESTA PERSONA PAGARIA DE ACUERDO AL FACTOR DE UTILIDAD[color=red:35935648b3] ??PERDON PERO...QUE FACTOR??? [/color:35935648b3]QUE POR LA ACTIVIDAD QUE REALIZO TIENE REGITRADA [color=red:35935648b3]REGISTRADA[/color:35935648b3]HACIENDA [color=red:35935648b3]PUES NO QUE NO TIENE NADA HACIENDA[/color:35935648b3] SIEMPRE Y CUANDO LOS MONTOS DE PAGO ESTE A MI ALCANCE. TERCERO ACUDIRIA CON UN CONTADOR A QUE ME HAGA EL TRABAJO TRATANDO DE QUE QUEDE DE LO MEJOR ARMADO POSIBLE Y NO EXISTA DISCREPANCIA ENTRE LOS PAGOS PROVISIONALES Y LA DECLARACION ANUAL. CUARTO RECORDAR QUE LA SIMULACION DE INGRESOS Y DEDUCCIONES SE PUEDE CONSIDERAR DEFRAUDACION FISCAL, Y TMBIEN [color=red:35935648b3]TAMBIEN[/color:35935648b3] RECORDAR QUE ESTO ES COMO LOS ACCIDENTES NUNCA ESPERAMOS QUE NOS SUCEDA A NOSOTROS Y CUANDO NOS SUCEDE RESULTA QUE NO ESTAMOS PREPARADOS. MEJOR PEDIR UNA ASESORIA PROFESIONAL PARA TENER UNA MEJOR VISION DE LAS COSAS Y ASI PODER TOMAR UNA DESICION CORRECTA Y OPORTUNA. SI GUSTAS PUEDO ORIENTAR SIN COMPROMISO TRATANDO DE QUE CON ESTO TENGAR UNA MEJOR VISION DE LAS COSAS. [color=red:35935648b3]GOOOOOOLLL¡[/color:35935648b3]¡[/quote:35935648b3] estoy de acuerdo hay quienes opinan A LA LIJERA ¡¡ | |
Tópico: Abuso de cancelacion de multas por recurso????? | |
pablocastro Mensajes: 11 |
Foro: Fiscal Enviado: Agosto 09, 2005 Asunto: Re: Abuso de cancelacion de multas por recurso????? |
No, no, nooo, so te lo condonan no lo puedes pelear... se da por liquidado el credito, que vas a pelear si lo que reclamas ya se extingio... |
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