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Tópico: comprobantes simplificados
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 20, 2005 Asunto: Re: comprobantes simplificados
Mil y una disculpas para defiscon y luna. Yo diciendo que ninguna disposición obliga a quien no sea Repeco a conservar los originales de los comprobantes simplificados, cuando sí existe dicha disposición. Esta se encuentra en el Artículo 38, cuarto párrafo del Reglamento del Código Fiscal de la Federación. De nuevo, mil disculpas. luna, tal parece que sí tendrás que mandar a reimprimir.
Tópico: REGIMEN INTERMEDIO
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: REGIMEN INTERMEDIO
Que lo clasifiques ya sea como compras o gastos es más una cuestión contable que fiscal (yo también diría que es materia prima) Para efectos fiscales, ambos conceptos son deducibles: LISR Art. 134, primer párrafo Para intermedio, con algunas salvedades, aplicas las disposiciones del régimen general; Art. 123. Enumera los conceptos que se consideran deducciones, incluyendo: Fracción II Adquisiciones de mercancías, así como materias primas y Fracción III Los gastos.
Tópico: comprobantes simplificados
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: comprobantes simplificados
Gracias por contestar, defiscon. Disculpa si fui muy insistente. A lo menos ya sé que alguien comparte mi punto de vista en este aspecto.
Tópico: comprobantes simplificados
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: comprobantes simplificados
defiscon (o quien sea), por favor comenta si estás o no de acuerdo con mi comentario anterior.
Tópico: comprobantes simplificados
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: comprobantes simplificados
A lo que me refería es a que sí se expida el comprobante simplificado (de hecho la regla 2.4.15 dice que esto no será obligatorio si la operación no es mayor de $100.00, a menos que el cliente lo solicite). Pero si el contribuyente no es Repeco, da igual que entregue el original y conserve la copia, o viceversa. Por lo tanto, luna, en ese sentido yo no veo necesario (si no es un Repeco) mandar a imprimir nuevamente los comprobantes, pues repito nada te obliga a entregar la copia y conservar el original.
Tópico: programas
atperez

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Mensaje Foro: Software Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: programas
Existe un programa en Linux que también puede correr en Windows y que creo que aunque es más un ERP pero también tiene un módulo de contabilidad. Requiere instalar el servidor Apache y soporte para PERL, y su funcionamiento es del tipo HTTP. Sólo que no es muy fácil de instalar y configurar (yo todavía no consigo instalarlo, pues apenas lo estoy intentando). Ya sé que me dirán ¿Cómo recomiendas un programa que ni siquiera has utilizado? Y mil disculpas por eso (Ya le hallaré el modo y entonces diré qué tan bueno o malo es). Lo que pasa es que he leído de algunos contadores que han podido migrar exitosamente desde ContPAQ a este programa y consideran que cumple sus expectativas. En fin, el nombre del programa es sql-ledger y el código fuente se puede conseguir desde http://sql-ledger.sourceforge.net ¿Alguno que ya haya podido instalar y utilizar este programa tiene algún comentario?
Tópico: comprobantes simplificados
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: comprobantes simplificados
No sé si me equivoco (si es así, por favor corríjanme), pero los únicos contribuyentes obligados a entregar copia del comprobante simplificado y conservar el original son los pequeños contribuyentes. Si el contribuyente tributa en régimen intermedio o en general, no veo qué disposición le obligue a conservar los originales de los comprobantes simplificados que expida.
Tópico: NO ME IGNOREN POR FAVOR
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: NO ME IGNOREN POR FAVOR
Por nada, cppalomino. Estoy dispuesto a ayudar en lo que me sea posible, pues en este foro yo también he recibido ayuda de muchos de los compañer@s foristas. Ah, en el mensaje anterior se me pasó transcribir la siguiente información que nos pasaron en la charla: [b:b240f9f8b3]Un contribuyente Persona Moral tiene su domicilio fiscal en la Ciudad de México, D.F., y no se encuentra inscrito en el REC y además realiza retenciones de Impuestos Cedulares. ¿Cuál es el procedimiento que debe seguir dicho contribuyente para el pago de las retenciones?[/b:b240f9f8b3] En el caso concreto, [color=red:b240f9f8b3] no se encuentra obligado a inscribirse en el REC ni a realizar retenciones,[/color:b240f9f8b3] y toda vez que ha efectuado retenciones, éstas deberán enterarse ingresando a la página electrónica [URL]www.guanajuato.gob.mx[/URL] o acudir a la sucursal bancaria autorizada, con la Hoja de Ayuda correspondiente al entero de las retenciones
Tópico: NO ME IGNOREN POR FAVOR
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 19, 2005 Asunto: Re: NO ME IGNOREN POR FAVOR
Para cppalomino. Ayer se nos dio una charla por parte de la Secretaría de Finanzas y Administración de Guanajuato. Se nos aclaró que cuando un prestador de servicios profesionales (ingresos por honorarios) que tiene su domicilio fiscal en Guanajuato presta un servicio a una persona persona moral domiciliada en otra entidad federativa, es opcional que le efectúe la retención del impuesto cedular al profesionista (no hay disposición que los obligue), ya que de no hacerlo este será el obligado a pagarlo y podríamos decir que para este caso es como si hubiera prestado el servicio a otra persona física. Si se decidiera efectuar la retención, ésta sería del 2% sobre el importe antes de IVA y otras retenciones, si bien en vez del 2% el profesionista puede solicitar que la retención sea del 1% puesto que su domicilio fiscal es en Guanajuato. El recibo se elabora normal, sin necesidad de aludir a la retención del impuesto cedular. El comprobante que amparará dicha retención es la constancia de retenciones. Otra cosa sería si la persona tuviera su domicilio fiscal en Guanajuato, en cuyo caso sí estaría obligada a efectuar y enterar la correspondiente retención. Espero que esto le sea de ayuda y para cualquier duda al respecto, estamos a su disposición vía este foro o al mail atperezcp@terra.com
Tópico: NOTAS DE MOSTRADOR
atperez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2005 Asunto: Re: NOTAS DE MOSTRADOR
Gracias lealquique. Ley y código están por encima de miscelánea.

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