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03/Abr/13 18:26
Re: coeficiente de utilidad

Buena Guía mi estimado cdSantoyo...Te felicito colega.

saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
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03/Abr/13 18:30
Re: coeficiente de utilidad

A la orden colegas.

Gracias!
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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03/Abr/13 18:54
Re: coeficiente de utilidad

Saludos Cdsantoyo...
 
'Quienes se creen extremadamente inteligentes son tontos con complejos reprimidos'. Claudia Cardinale
 
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CP_PACO
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03/Abr/13 18:58
Re: coeficiente de utilidad

- Listo mi estimado cdsantoyo, ya andamos en skype


saludos
 
- Observar el espíritu de la ley implica un todo porque es un nivel de vida en uno mismo, pero jamas transcribas lo que no es tuyo como propio, porque denota una falta de conocimiento evidente.
 
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Octavus
Capitán Primero

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03/Abr/13 21:41
Re: coeficiente de utilidad

Sin mucha complicacion cdsantoyo
dio la respuesta en forma sencilla.

Ahora si quieres detalles:
CHAVALON:
La Utilidad Fiscal se calcula:

Ingresos Acumulables menos Deducciones Fiscales Autorizadas= Utilidad Fiscal

Art. 10 Fracc. I LISR.


a_cano:
Por lo que respecta a los ingresos nominales, el tercer párrrafo de la fracción III, del artículo 14 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, dispone lo siguiente:

'Los ingresos nominales a que se refiere este artículo serán los ingresos acumulables, excepto el ajuste anual por inflación acumulable. Tratándose de créditos o de operaciones denominados en unidades de inversión, se considerarán ingresos nominales para los efectos de este artículo, los intereses conforme se devenguen, incluyendo el ajuste que corresponda al principal por estar los créditos u operaciones denominados en dichas unidades.
 
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vabdo
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03/Abr/13 23:29
Re: coeficiente de utilidad

- Mayra, sin repetir conceptos, te puedo proporcionar un archivo de PT de PM.

saludos y mucha suerte
 
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Octavus
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04/Abr/13 10:57
Re: coeficiente de utilidad

Mayra: Te fué de utilidad la información proporcionada?
 
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CP_PACO
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04/Abr/13 11:06
Re: coeficiente de utilidad

Mayra, te envié un MP.


saludos
 
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Octavus
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04/Abr/13 18:35
Re: coeficiente de utilidad

Hola Colegas,

Y cuando se menciona utilidad fiscal, cual consideran que se debe tomar, la que resulta de la diferencia de Ingresos Acumulables menos Deducciones Autorizadas o la que resulta de la diferencia de Ingresos Acumulables menos Deducciones Autorizadas MENOS PTU PAGADA. ??


Saludos
 
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jgvv22
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04/Abr/13 19:06
Re: coeficiente de utilidad

Yo considero que es después de la utilidad, transcribo el artículo de LISR que define tal concepto:

Artículo 10. Las personas morales deberán calcular el impuesto sobre la renta, aplicando al resultado fiscal obtenido en el ejercicio la tasa del 28%.

El resultado fiscal del ejercicio se determinará como sigue:

I. Se obtendrá la utilidad fiscal disminuyendo de la totalidad de los ingresos acumulables obtenidos en el ejercicio, las deducciones autorizadas por este Título. Al resultado obtenido se le disminuirá, en su caso, la participación de los trabajadores en las utilidades de las empresas pagada en el ejercicio, en los términos del artículo 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

II. A la utilidad fiscal del ejercicio se le disminuirán, en su caso, las pérdidas fiscales pendientes de aplicar de ejercicios anteriores.


Según mi interpretación la fracción I transcrita indica como se obtendrá la utilidad fiscal, y la fracción II toma como base el resultado de la que le antecede para determinar el resultado fiscal, por lo que la aplicación de todas las operaciones indicadas en ella componen dicho concepto.

Espero ser claro en mi idea.

Saludos,
 
Christian S. 'Por mi raza hablará el espiritú'
 
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cdsantoyo
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