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15/Nov/11 09:26
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

a reserva de los que opinan que NO son sujetos de aseguramiento, ¿Cuál sería su fundamento?


Consultando con un abogado penalista, el unico argumento para El, es al no tener obligaciones de pago de impuestos, tampoco tiene derecho a ser asegurado al IMSS.

Ademas de argumentar, que NO tiene un patron


NO esta escrito en la ley 'no seran sujetos de aseguramiento, los delincuentes que esten purgando una pena'




Saludos
 
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vabdo
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15/Nov/11 13:43
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

Creo que ya habia quedado claro.

Si hubiese un trabajo ofreciendose con remuneraciones, de una manera adicional a lo que seria su tiempo de rehabilitacion social. Debiese existir un convenio de colaboracion firmado por el patron y el centro penintenciario, avalado por las autoridades penintenciarias estatales o federales. Y en cuanto a este convenio debieran de aplicarse las leyes penintenciarias, ya que la seguridad social estaria delimitada dentro de estos ordenamientos
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
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15/Nov/11 14:06
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

Hola, Vabdo, ¿Cómo está? Espero se encuentre bien...

De antemano, gracias por responderme...Mire, lo único que puedo decirle es que, mientras usted lo consultó con un abogado penalista, el cual le dijo que no, su servidora lo consultó con un laboral, y me comentó que si... Pero, pues aportación de fundamentos que uno espera por parte de ellos, no la hubo (creo saber la razón) sólo su palabra...

Por otro lado, lo que sí me comentó, es que, de acuerdo al Art. 18 Constitucional, es el Sistema Penitenciario el que '...Se organizará sobre la.....Salud....' y que en la vida REAL, prácticamente todos estos talleres que existen dentro del sistema Penitenciario (carpintería, panadería, pirograbado, etc.,) le pertenecen a él y por tanto son regulados por ella (sin aseguramiento porque como bien dice usted: No hay patrón)....Pero, que en muy raras excepciones (como el caso de éste tópico), se establecen convenios entre empresas exteriores para operar dentro y precísamente por estas 'rarezas' y el mismo 'sistema ya enrolado', este tipo de aseguramiento no se da...Pero, de qué tienen este derecho al aseguramiento por la relación laboral que hay (patrón-empleado), sí lo tienen...

En mi caso, tal como lo comentaba anteriormente, no tengo ninguno, sólo el afán de conocer un poco más y se me hizo excelente las reflexiones que hicieron los foristas que opinaban que no, referente a lo que se iban a encontrar de darse el aseguramiento...contraponiéndose ésto a si realmente tienen el derecho o no...

Para terminar: En lo personal, para este caso, sigo concluyendo que sí son sujetos de aseguramiento, aunque en la práctica no sea común que eso suceda y además por todos los obstáculos que ya comentaron...Claro, que si conociera el fundamento (no la palabra) del por qué no, por supuestísimo que cambiaría de opinión.

Gracias Vabdo por su atenta respuesta.

Salu2 cordiales!
 
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memoli
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16/Nov/11 08:52
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

Hola memoli, buen día

Sus saludos, bienenviados, bienllegados, bienvenidos y ,,,,,

BIENACEPTADOS

Igualmente reciba los míos desde esta City - Beautiful

PD. Agradeceré su comprensión por no ahondar más en esto. En lo personal di mi opinión, di mi sustento jurídico. Coincidió con la conclusión del creador de este foro.
De los demás cuyas opiniones leí, solicité un fundamento legal, no lo dieron, por lo tanto su insistencia es una necedad.

vcaspe
 
Bienvenido Agosto, mes de la redención. Hoy te invitamos hermano...!!!
 
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vcaspe
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16/Nov/11 11:02
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

Hola, Caspe...Buen día...

Agradezco su sugerencia...Lo tomaré en cuenta...Sólo un detalle: En mi participación anterior, ýa había dado por terminada mi participación...Ahí se lo encargo para la próxima.

Salu2!
 
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memoli
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16/Nov/11 11:25
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

...solicité un fundamento legal, no lo dieron, por lo tanto su insistencia es una necedad...


¿Quienes no dieron la fundamentaciones?... ¿los asesores a quienes se les pregunto?

En este foro el compañero, Lobozac expreso la ley a que habriamos de remitirnos.

Posteriormente un servidor, expuse la aplicacion de los sosodichos convenios, contextualizados en alguna de las disposiciones del ordenamiento citado por nuestro compañero.
 
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enrique9727
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16/Nov/11 21:29
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

:neutral: Buenas noches.

no lo dieron


Y si no..?? Cada quién. En fin... rangos, rangos...

El Lic.

.
 
=8/ ¿Por qué sonries? piensa que hay un extraño atrás de tu puerta, sonriendo tambien... www.ppsotoasesor.com
 
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pepesoto
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17/Nov/11 12:18
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

No se quien no dio fundamentaciones legales, pero les replico las que si se entregaron:

Lobozac presentó su acertadísima fundamentación de manera generalizada como sigue;

EL PACTO SOCIAL NACIONAL, EN SU ARTICULO 18, DEBERAS CORRELACIONAR ÉSTE CON LA LEY FEDERAL DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES, EN CORRESPONDENCIA CON Ley De Ejecución De Sanciones Penales Para el Estado donde se de el supuesto, así como con la Ley de Normas Mínimas sobre Readaptación Social de Sentenciados…



Luego por mi parte, señale de manera especifica la fundamentaciones legales siguientes:

LEY FEDERAL DE EJECUCIÓN DE SANCIONES PENALES

Artículo 59. En todo lo no dispuesto por esta Ley se aplicarán supletoriamente el
Código Federal de Procedimientos Penales, la Ley Federal de Procedimiento
Administrativo, la Ley General de Educación, La Ley General de Salud, la Ley
Federal del Trabajo, convenios, Normas Oficiales Mexicanas que regulen materias vinculadas con esta Ley, así como los instrumentos internacionales vinculantes para los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 52. El sistema penitenciario se organizará sobre la base del trabajo, la
capacitación para el mismo y la educación como medios que posibiliten la
readaptación social del delincuente.

La ejecución material de la pena de prisión se hará de forma personalizada
considerando las características, circunstancias y la voluntad del sentenciado, con
aportación de las diversas ciencias y disciplinas para establecer las condiciones
que permitan una efectiva readaptación social del sujeto. Para ello, los
sentenciados a pena de prisión serán internados en centros debidamente
clasificados para la ejecución de la pena
 
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enrique9727
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20/Nov/11 20:36
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

Hola memoli buenas noches

Encargo atendido,

Saludos


Mi master:

Debido a que es probable que el sr de zacatecas no tenga acceso más a fiscália omitiré mi comentario sobre esa participación

Sobre la participación tuya y debido a que no me quedó clara tu postura me gustaría saber:

¿Deben afiliarse o no deben afiliarse? Dime por favor, de manera concreta, tu fundamento legal

Con esta y una más cierro mi paso por este tópico, que ya lo había hecho antes pero considero una falta de cortesía dejar en el aire tu pregunta

Un saludo

vcaspe
 
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vcaspe
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20/Nov/11 20:39
Re: EMPRESA INSTALADA EN PENAL

Por cierto,

No soy dado a la búsqueda de rangos, ni los necesito ni me distraen

Mi aclaración

vcaspe
 
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vcaspe
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