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23/Oct/07 14:47
DEVOLUCION REQUERIMIENTO

Un saludo a todos los foristas:
Tengo la siguiente duda, se ingreso una devolución y me parece que la autoridad tiene para revisarlo un plazo cierto de días para dar respuesta, a los 15 días ellos emiten un requerimiento de información, mi pregunta es, entregado la documentación requerida se vuelve a dar el inicio al periodo que ellos tienen para responderte o se toman esos primero 15 días como parte de su periodo total, agradezco de antemano todos sus comentarios.
 
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CONDORMUSSI
Sargento Primero

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23/Oct/07 16:40
Re: DEVOLUCION REQUERIMIENTO

Hola:

Se suspendería el período de los 45 días hábiles para proceder la devolución, en tanto no se cumpla con el requerimiento de información, o en su defecto se dé por terminado, el trámite por desistimiento de la información, en caso de no cumplirse con la entrega de esa documentación e información solicitada.

Continuaría el plazo, al dia siguiente del cumplimiento de ese requerimiento.
 
Saludos cordiales, enrique9727 ¿De qué te preocupas?... Si tiene solución ¿para qué hacerlo? Ocúpate. Sino se tiene solución, menos. Ya ¿para qué te preocupas?
 
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enrique9727
General de División

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23/Oct/07 22:45
Re: DEVOLUCION REQUERIMIENTO

CONDORMUSSI:

ES CONVENIENTE EFECTUAR UNAS PRECISIONES:

EL PLAZO MÁXIMO QUE TIENE LA AUTORIDAD PARA REQUERIR DATOS, INFORMES O DOCUMENTOS ES DENTRO DE LOS 20 DÍAS HÁBILES, [/b:067a49dc52]CONTADOS A PARTIR DE LA PRESENTACIÓN DE LA DEVOLUCIÓN.

[b:067a49dc52]TIENES UN PLAZO DE 20 DÍAS PARA PRESENTAR LA INFORMACIÓN REQUERIDA, [/b:067a49dc52]DE NO HACERLO LA AUTORIDAD CONSIDERA DESISITIDA LA PROMOCIÓN DE LA DEVOLUCIÓN.

DE CUMPLIR EN TIEMPO CON LA ENTREGA DE LA INFORMACIÓN SOLICITADA, EL TIEMPO ENTRE LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN Y LA ENTREGA DE LA MISMA, [b:067a49dc52]NO SE COMPUTARÁ PARA EFECTOS DE LOS PLAZOS DE LA DEVOLUCIÓN, QUE ES DE 40 DIAS HÁBILES. ( FINAL DEL 6o. PÁRRAFO, ART.22 C.F.F.)
 
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CHAVALON
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24/Oct/07 11:57
Re: DEVOLUCION REQUERIMIENTO

BUENO QUE LO DE LOS 10 DIAS PARA SOLVENTAR EL REQUERIMIENTO ES VARIABLE DEBIDO A QUE EL PROPIO REQUERIMIENTO ESTIPULA EL PLAZO MAXIMO QUE SE TIENE PARA ENTREGAR LA INFORMACION SOLICITADA.
 
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AUDIMATICO
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24/Oct/07 13:19
Re: DEVOLUCION REQUERIMIENTO

que pasa cuando la autoridad te requiere mas de 1 una vez sobre un solo tramite de devolucion; hay algun limite de requerimientos, ? tengo la obligacion de contestar todos?
 
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marcoshernandezchino
Soldado

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24/Oct/07 14:27
Re: DEVOLUCION REQUERIMIENTO

[quote:1b406462d7="marcoshernandezchino"]que pasa cuando la autoridad te requiere mas de 1 una vez sobre un solo tramite de devolucion;[color=red:1b406462d7] hay algun limite de requerimientos[/color:1b406462d7], ? [color=red:1b406462d7]tengo la obligacion de contestar todos[/color:1b406462d7]?[/quote:1b406462d7]

SI, DOS REQUERIMIENTOS Y EL 2o.REQUERIMIENTO LO PUEDE EFECTUAR EL SAT, DENTRO DE LOS 10 (DIEZ) DÍAS DESPUÉS DE HABERSE CUMPLIDO EL PRIMER REQUERIMIENTO. (ART, 22 6o. PÁRRAFO).

Y SI TIENES LA OBLIGACIÓN DE CONTESTARLOS, EN CASO CONTRARIO, EL SAT CONSIDERA COMO DESISTIDA LA PROMOCIÓN DE LA DEVOLUCIÓN.
 
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CHAVALON
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25/Oct/07 18:24

Buenas tardes

Abordando el tema en concreto con un caso real Y SURGIENDO CUESTIONAMIENTOS AL FINAL: Se presento la declaración anual con fecha del dia 19 de julio de 2007 estando en tiempo aún para la devolución automatica; sin embargo la autoridad con fecha del dia 10 DE AGOSTO requiere el aviso que se le entrega el patrón para cotejo y termina por emitir una cancelación de pago por autoridad, sugiriendo que si se desea continuar con el trámite de devolución se presente en forma manual ya que según ellos los gastos por primas de seguros son elevados en función de los ingresos.
Total que siguiendo el juego de locos del sat presente la solicitud de devolución en forma manual con fecha del 17/08/2007 como ellos lo solicitaron anexando copia de los comprobantes del renglón de deducciones que pedian, hasta aproveche para presentar complementaria aumentando el monto de los prestamos y las deducciones por recibos que no habia considerado obteniendo un saldo a favor. Total que el dia 18 de octubre me notificaron un requerimientyo solicitando:
Medios y fechas de pago,
Comprobantes de pago
copia y original de las deducciones personales
actas de nacimiento y de matrimonio para el caso de las deducciones por gastos medicos

Cuestionamientos:
1.- Si el plazo para requerir es de 20 dias y ellos lo hacen faltando 2 dias para que venza el plazo de los 45, que procede?
 
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Comercial
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25/Oct/07 18:57

[quote:cd0511e2b2="Comercial"]Buenas tardes

Abordando el tema en concreto con un caso real Y SURGIENDO CUESTIONAMIENTOS AL FINAL: Se presento la declaración anual con fecha del dia 19 de julio de 2007 estando en tiempo aún para la devolución automatica; sin embargo la autoridad con fecha del dia 10 DE AGOSTO requiere el aviso que se le entrega el patrón para cotejo y termina por emitir una cancelación de pago por autoridad, sugiriendo que si se desea continuar con el trámite de devolución se presente en forma manual ya que según ellos los gastos por primas de seguros son elevados en función de los ingresos.
Total que siguiendo el juego de locos del sat presente la solicitud de devolución en forma manual con fecha del 17/08/2007 como ellos lo solicitaron anexando copia de los comprobantes del renglón de deducciones que pedian, hasta aproveche para presentar complementaria aumentando el monto de los prestamos y las deducciones por recibos que no habia considerado obteniendo un saldo a favor. Total que el dia 18 de octubre me notificaron un requerimientyo solicitando:
Medios y fechas de pago,
Comprobantes de pago
copia y original de las deducciones personales
actas de nacimiento y de matrimonio para el caso de las deducciones por gastos medicos

Cuestionamientos:
1.- [color=red:cd0511e2b2]Si el plazo para requerir es de 20 dias y ellos lo hacen faltando 2 dias para que venza el plazo de los 45, que procede[/color:cd0511e2b2]?[/quote:cd0511e2b2]

CONTESTAR POR ESCRITO:

1.- QUE ES IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN, DADO QUE SE SOLICITÓ FUERA DEL PLAZO ESTABLECIDO DE 20 DÍAS DESPUÉS DE PRESENTADA LA SOLICITUD DE DEVOLUCIÓN (ART. 22 6o. PÁRRAFO).

2.-QUE, AL SER IMPROCEDENTE LA SOLICITUD DE INFORMACIÓN, NO SE INTERRUMPE EL PLAZO DE 40 DÍAS QUE SEÑALA EL ART. 22, PARA QUE EL SAT EFECTÚE LA DEVOLUCIÓN.

3.-QUE AL REQUERIR FUERA DEL PLAZO ESTABLECIDO, LA DEVOLUCIÓN DEBEN EFECTUARLA SIN MAS TRÁMITE.
 
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CHAVALON
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25/Oct/07 19:46

ME PARECE MUY BIEN Y PRACTICA TU RESPUESTA CHAVALON, AGRADEZCO MUCHO TU ATENCION Y AYUDA BRINDADA, ESPERO PODER OPTAR POR TU RESPUESTA.
En el caso mismo, un abogado me dejo con la inquietud de que tenia que interponer un recurso, que tan viable, acertado, valido, procedente y/o recomendable es esto??
 
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Comercial
Cabo

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25/Oct/07 20:20

ACLARA QUE ESTE ABOGADO NO TIENE MUCHA EXPERIENCIA, MAS POR NO DESDEÑAR SU COMENTARIO LO SOMETO A ANALISIS. GRACIAS!
 
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Comercial
Cabo

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