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Tópico: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
juant1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2014 00:44:55 Asunto: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
Buenas tardes. Tengo las siguientes dudas del régimen de arrendamiento, espero alguien me pueda ayudar. En el Art. 115 fracción II menciona que serán deducibles los gastos de mantenimiento pero que no sean adiciones o mejoras, pero en el mismo articulo en la fracción VI menciona que serán deducibles las inversiones en construcción incluyendo adiciones o mejoras, entonces cual seria la diferencia? si son deducibles las adiciones o mejoras o no son? También si el recibo de luz es deducible si el arrendador lo paga? menciona que gastos de mantenimiento pero porque solo hace mención al consumo de agua? también aquí menciona que ninguno de los 2 son deducibles... que opinan? http://www.idconline.com.mx/fiscal/2013/07/19/puede-un-arrendador-deducir-el-pago-de-luz-y-agua La gasolina se puede deducir en el arrendamiento? obviamente gasolina que utilice el dueño del local o locales que rente. En general que otros gastos se pueden deducir aparte de los que marca la ley, porque son muy poquitos... Saludos.
Tópico: INTEGRACION DE LA COMIDA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 24, 2014 00:39:24 Asunto: Re: INTEGRACION DE LA COMIDA
Gracias por responder. En mi caso todas las percepciones son fijas, o sea todos van a trabajar todos los domingos, ya que es un RESTAURANT... y la comida igual, a todos se les dará una comida siempre... por eso comentaba si los números que puse están bien.. Si alguien me pudiera ayudar a corroborarlo. Saludos.
Tópico: INTEGRACION DE LA COMIDA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 23, 2014 12:01:55 Asunto: Re: INTEGRACION DE LA COMIDA
Muchas gracias por su respuesta. Me salió otra duda, como es un restaurante, les voy a dar una comida al día pero también trabajaran los domingos, entonces debo darles prima dominical, al integrarse al salario me indican que el factor es 1.0809, es correcto? Entonces el calculo quedaría así.. 100 x 1.0809 nos daría 108.09+8.33 nos da total 116.42. Entonces el salario diario integrado seria 116.42, es correcto? Saludos.
Tópico: INTEGRACION DE LA COMIDA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 22, 2014 19:55:52 Asunto: Re: INTEGRACION DE LA COMIDA
Gracias a todos.. Pero entonces seria asi.. 100 x 8.33% nos da 8.33 pesos... entonces seria 100 pesos x 1.0452 serian 104.52+8.33 nos daría 112.85 pesos integrado, o estaría mal el calculo. Saludos. [i]Editado: Mayo 22, 2014 19:56:17[/i]
Tópico: INTEGRACION DE LA COMIDA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 22, 2014 15:49:41 Asunto: Re: INTEGRACION DE LA COMIDA
Se los voy a dar a todos los trabajadores sin costo, es un restaurant...es decir, todos van a comer una comida sin costo para ellos, por eso es la integración, pero no se hacer las operaciones aritméticas. Les quiero pagar 100 pesos diarios brutos mas la integración, ya tengo el factor, 1.0452 y me da integrado 104.52 pesos, pero si le agrego la comida cuanto quedaría? esa es mi pregunta... Saludos.
Tópico: INTEGRACION DE LA COMIDA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 22, 2014 13:21:53 Asunto: Re: INTEGRACION DE LA COMIDA
Gracias por su respuesta... pero en este caso, si deseo integrarlo... o sea, si le voy a dar la comida gratis y deseo integrarlo al salario diario, suponiendo que le pago 100 pesos por dia brutos, ya integrado 104.52, cual seria el salario integrado dándole esa comida? Saludos y muy amable.
Tópico: INTEGRACION DE LA COMIDA
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 22, 2014 12:43:02 Asunto: INTEGRACION DE LA COMIDA
Buen dia. Les agradecería mucho si alguien me pudiera ayudar a integrar el salario de un trabajador que se le da comida. Suponiendo que el trabajador gana 100 pesos.. 100x1.0452 Me daría 104.52... y si le doy una comida gratis, cual seria el salario diario integrado? Ojala alguien me hiciera el favor Saludos.
Tópico: SUSPENSION DE ACTIVIDADES CON FECHA ANTERIOR.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 02, 2014 17:34:51 Asunto: SUSPENSION DE ACTIVIDADES CON FECHA ANTERIOR.
Buenas tardes. Tengo la siguiente duda... La suspensión se hace por internet, etc... eso todo bien, mi duda es si puedo dar la suspensión con fecha para atrás, es decir, hoy es 2 de mayo, anta donde podría dar la suspensión o no se puede para atrás? solo para adelante o como seria. Saludos.
Tópico: Ganancia de capital personas morales?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 26, 2014 00:37:40 Asunto: Ganancia de capital personas morales?
Buen dia. Tengo la siguiente duda: espero alguien me pueda ayudar. En las nuevas modificaciones a la ley del ISR para este año menciona que las personas físicas pagarán un 10% de impuesto sobre su ganancia por la enajenación de acciones, mi pregunta es, si otra persona y yo nos asociamos y hacemos una SA y compramos y vendemos acciones, por lo cual obtenemos ganancias, cuanto se pagaría de impuesto? el 10% o el 30%? o como seria el pago de impuestos en persona moral? se acumularía dicha ganancia como ingreso y se pagara el 30%? o será el 10% por este rubro exclusivamente.. si alguien me pudiera orientar. Saludos.
Tópico: QUE GASTOS DECLARAR?
juant1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2014 22:29:47 Asunto: QUE GASTOS DECLARAR?
Buenas tardes. Tengo la siguiente duda: Persona física... entra a la pagina del SAT y aparecen todos sus gastos, por decir, 1 millón de pesos, entra a su portal bancario y sus gastos del mes son 700 mil pesos, entonces por decir observa que 50 mil son cheques en transito que se cobraran en siguiente mes... etc... pero para el ejemplo vamos a poner que todos están cobrados en el mes y dan 700,000....entonces la cosa esta asi... 1,000,000 pagina del SAT 700,000 estado de cuenta bancario Entonces que gastos poner en el pago referenciado? en teoría seria lo efectivamente cobrado, el estado de cuenta bancario... los 700,000 pero los otros 300,000 que tiene el SAT que me facturaron y que no los pague con cheque o con banco acepto que no son deducibles, como ponerlos como no deducibles en el pago referenciado si no trae opción? Es decir, el SAT tiene gastos mios en el mes por 1,000,000 y yo le voy enviar en el pago referenciado por 700,000 entonces ahí no cuadra? entonces, que gastos poner en el pago referenciado, lo del estado de cuenta o lo que el SAT tiene.? alguien me pudiera orientar. Saludos. [i]Editado: Marzo 21, 2014 22:56:00[/i]

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