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Tópico: DIOT EN RIF
juant1

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2014 23:15:40 Asunto: DIOT EN RIF
Buen dia. Tengo la siguiente duda. Si soy RIF y utilizo un proveedor para facturar a mis clientes, no utilizo mis cuentas para hacer facturas, luego los proveedores me hacen facturas a mi de diversos proveedores,etc..o sea yo doy facturas y me dan facturas, pero ninguna es del portal del SAT, si no de proveedores de software externos.. Tengo la obligación de presentar el la DIOT? Según la regla miscelanea indica lo siguiente... [quote]Conforme a la Regla I.2.8.2. de la Primera Resolución de Modificaciones a Resolución Miscelánea Fiscal 2014, publicada en Diario Oficial de la Federación, el día, Jueves, 13 de Marzo de 2014, 'Para los efectos del artículo 28, fracción III del CFF, los contribuyentes del RIF, deberán ingresar a la aplicación electrónica “Sistema de Registro Fiscal” “Mis cuentas”, disponible a través de la página de Internet del SAT, para lo cual deberán utilizar su RFC y Contraseña.[/quote] El detalle es, para que utilizar mis cuentas si ya aparecen las facturas en el SAT? o para que tengo que usar mis cuentas? Saludos. [i]Editado: Septiembre 05, 2014 23:16:43[/i] [i]Editado: Septiembre 05, 2014 23:17:14[/i]
Tópico: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Septiembre 05, 2014 12:09:39 Asunto: Re: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
Gracias por sus respuestas. Me quedo esta duda... una de las deducciones es el impuesto predial, esta deducción como se puede deducir, anual o por mes? es decir, si pague 12,000 de impuesto predial en febrero, en ese mes tengo que deducir todo o puedo dividirlo entre 12 y deducir 1,000 cada mes? También menciona que el impuesto local pagado por rentar el bien, cual es impuesto local? se paga impuesto local por rentar? si es así perdonen mi ignorancia, estoy aquí para aprender. [quote]I.Los pagos efectuados por el impuesto predial correspondiente al año de calendario sobre dichos inmuebles, así como por las contribuciones locales de mejoras, de planificación o de cooperación para obras públicas que afecten a los mismos y, en su caso, [u][b]el impuesto local pagado sobre los ingresos por otorgar el uso o goce temporal de bienes inmuebles[/b][/u][/quote] Saludos.
Tópico: AUDITORIA Y NO TENGO LOS PAGOS.
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Agosto 07, 2014 17:05:46 Asunto: AUDITORIA Y NO TENGO LOS PAGOS.
Me llego una invitación del IMSS para corregirme pero ya revisando no tengo los comprobantes de pagos, bueno son 2.5 años la revisión y solo tengo los últimos, los anteriores no, dado que se hizo unos cambios y no se donde están. Lo que si tengo es los estados de cuenta donde aparece que se hicieron los pagos, aparece la línea de captura, será suficiente o habrá problema? que puedo hacer? Saludos.
Tópico: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Agosto 01, 2014 13:53:33 Asunto: Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS
Gracias por responder. En mi caso es persona física, la pregunta es nuevamente, la contabilidad de julio a diciembre del 2014 debo presentarla en enero del 2015? o no tengo nada que hacer? En el SAT me dijeron que si, pero uno de esos asesores de los módulos. Saludos.
Tópico: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2014 15:58:43 Asunto: Re: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS
Buenas tardes. En el 2015 si me queda claro que tanto físicas como morales deberán enviar la balanza de comprobación al SAT. Mi duda es la información del 2014, de julio a diciembre del 2014 si tengo que enviarla en enero del 2015? Saludos.
Tópico: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 31, 2014 00:13:30 Asunto: CONTABILIDAD ELECTRONICA PERSONAS FISICAS
Buenas tardes. Me gustaría preguntar las personas físicas en que fecha deben enviar el catalogo y la balanza de comprobación al Sat? Según lo que he leído se enviará en enero del 2015 lo de julio, agosto, etc... es correcto? Saludos.
Tópico: que programa de contabilidad ya incorpora en las polizas lo que pide el sat?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 30, 2014 02:21:19 Asunto: Re: que programa de contabilidad ya incorpora en las polizas lo que pide el sat?
No quiero verme que le doy publicidad al programa, pero conta-fiscal es hoy por hoy el mejor en cuanto a todo lo contable-fiscal del mercado, he probado contpaq, coi, control2000, contaplus, etc.. y ninguno se le compara..les dejo el video.. ahi en su portal vienen todos los videos de como usar el programa... este programa en serio no tiene comparación, hace los pagos provisionales solo, exporta al SAT los pagos ya echos etc.. https://www.youtube.com/watch?v=PLAZZBdslmo&list=UUH1P3AzfsI4JkpcGruLIA9w Saludos.
Tópico: que programa de contabilidad ya incorpora en las polizas lo que pide el sat?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 27, 2014 18:48:31 Asunto: Re: que programa de contabilidad ya incorpora en las polizas lo que pide el sat?
Hola. No se si esta permitido poner esto aquí y no se mucho de contabilidad, pero si de informática, pero este programa tiene todo lo pide el SAT y es muy fácil de usar, es mucho mejor que Contpaq, el programa hace todo, al capturar una póliza queda echa cualquier obligación contable y fiscal. http://www.sfacil.com/productos/software-facil-conta-fiscal.html Saludos. [i]Editado: Julio 27, 2014 18:48:58[/i]
Tópico: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 26, 2014 01:32:50 Asunto: Re: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
Gracias por sus respuestas. Me queda muy claro que no es deducible el recibo de agua, de luz, de teléfono, de nextel, ni papelería, etc... Sin embargo no es que sea terco, pero es para una exposición por eso debo saber muy porque me van a preguntar cosas minuciosas... La gasolina porque no es deducible? si el arrendador por decir, tiene un carro y lo utiliza para traer por decir pintura para pintar el local, cemento para alguna mejora, o cualquier cosa que ocupe para mantenimiento del local, mejoras, etc... Si alguien me pudiera ayudar. Saludos.
Tópico: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 25, 2014 18:41:13 Asunto: Re: DEDUCCIONES ARRENDAMIENTO.
Gracias por responder a todos. Sin embargo tengo duda en esta fracción. [u]II. Los gastos de mantenimiento que no impliquen adiciones o mejoras al bien de que se trate y por consumo de agua, siempre que no los paguen quienes usen o gocen del inmueble[/u] Menciona que el agua si, obviamente siempre y cuando el recibo este a nombre del arrendador, la pregunta seria, porque la luz, el teléfono no son deducibles? porque no se podrían deducir si son gastos estrictamente indispensables.? Saludos.

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