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Tópico: PM - Chequera PF
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 24, 2005 Asunto: PM - Chequera PF
De que se puede, se puede, solo no se te olvide en tu contabilidad cancelar o realizar los pagos de Impuestos vs Deduroes y despues cuando saques el dinero del banco, lo eq¿tiquetes vs la misa cuenta de deudores, para que se vea reflejada la operacion, si no , en una revision le podrian "peros" Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com Altamirano Ramos, S.C. www.contax.com.mx
Tópico: HOMONIMIA URGENTE.
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2005 Asunto: HOMONIMIA URGENTE.
Sugiero lo mismo que los colegas, ningúna calaculadora de CURP y de RFC es 100% confiable, a mi hija en Secretaria de Gobrenación le pusieron en penultimo digito de la CURP una "K" y segun todo lo que yo he leido debiera ir "0,1,2... etc" y ningun programa te lo da como a mi me lo dieron. Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com Altamirano Ramos, S.C. www.contax.com.mx
Tópico: Duda sobre pagos provisionales
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 23, 2005 Asunto: Duda sobre pagos provisionales
Hay un formato de Ayuda general el cual te abarca varios regimenes y ademas te da la oportunidad de decir si es normal o complementaria, esta en las hojas de ayuda del SAT, en caso de que lo necesites, mandame un correo y con gusto te lo envío. Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com Altamirano Ramos, S.C. www.contax.com.mx
Tópico: Duda sobre pagos provisionales
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2005 Asunto: Duda sobre pagos provisionales
De acuerdo con lo que se comenta, solo que te sugiero revises el origen del saldo a favor, si solo tuviste ingresos, los debiste de haber pagado de tu chequera o bien tener bien fundamentado, si fue un prestamo o de donde obtuviste los recursos para efectuar dichos gastos, de lo contrario en una revision, la autoridad te determinaria Ingresos Omitidos. Por otro lado, no hay que "hablar tecnicamente mal" no existen saldos a favor de ISR en pago provisionales, puesto que estos son "anticipos a cuenta del impuesto anual", puede existir cantidad a pagar "0" por muchas razones, pero un "Saldo a favor de ISR" solo existe en la declaración anual. A forma de sugerencia, cuando se use un modismo lo pongamos entre "" para saber que es un "error voluntario" Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com Altamirano Ramos, S.C. www.contax.com.mx "Cuadra pero no amarra", "El error es correcto"
Tópico: ¿ Antiguedad, cambio de salario Integrado ?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2005 Asunto: ¿ Antiguedad, cambio de salario Integrado ?
En este caso, si la integración del salario al cambio de antiguedad, por prima vacacional, prestaciones o de cualquier otra índole, esta por arriba del tope, solamente expresas el salario diario al tope. Lo que si tendrias que cuidar es el cambio de salario en Enero, para que inmediatamente lo subas. Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com Altamirano Ramos, S.C. www.contax.com.mx
Tópico: Deducibilidad de Vales de Gasolina
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 22, 2005 Asunto: Deducibilidad de Vales de Gasolina
Efectivamente, al adquirir vales de gasolina no estas adquiriendo otra forma de pago, pero si obligas a las gasolineras a que en determinado momento facturen dicho ingreso y asi tambien evitan que metan notas fantasmas los contribuyentes, euq es lo que busca la autoridad. Por Otro lado.... " Que le den una chequera a los choferes " Apoyo la moción.. jajaja Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com Altamirano Ramos, S.C. www.contax.com.mx
Tópico: honorarios asimilados a sueldos¡¡¡
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 20, 2005 Asunto: honorarios asimilados a sueldos¡¡¡
Hola, es cierto lo que se dice, seria comisionista Mercantil y asimilarlo a salarios. Lo que si es que como no tienes una dependencia empleado-patron (o no debiera existir) la empresa no tiene la obligacion de presentarle su declaración anual, porque se entiende que es alguien externo a la empresa. Caso diferente a un empleado que de cierta forma el patron tiene un obligación solidaria con el trabajador en el pago de el ISPT. Por lo que considero que el Asimilado a Salario aunque no rebase los 300 mil, tiene la obligación de presentar la declaración anual... se aceptan opiniones Saludos Luis L Morales Altamirano Ramos, S.C. luikb.morales@gmail.com www.contax.com.mx
Tópico: REQUERIMIENTO EN DOMINGO
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2005 Asunto: REQUERIMIENTO EN DOMINGO
Pues yo sugeriria impugnar directamente la notificación, si ya tienes las armas y ya tenemos mas que comprobado que la notificacion fue "ilegal" duro y tupido vs el SAT Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com
Tópico: REQUERIMIENTO EN DOMINGO
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2005 Asunto: REQUERIMIENTO EN DOMINGO
Efectivamente, el hecho de que el contribuyente labore ordinariamente en horas inhabiles para el SAT, da lugara a que el SAT habilite dichas horas y/o días. El caso mas común es el de los antros, los cuales laboran de noche sin ambrago a esa hora les llegan las notificaciones. Ahora bien, no creo que sea el caso que nos compete, sin embargo me queda una duda... Que hacia el contribuyente en su oficina el domingo? Si es una persona por Honorarios, es su casa particular y nunca hay nadie, si tendrian que haber dejado la circular. De otra forma con un recurso de revocacion, alegando el horario del contribuyente, y que su actividad o giro no requiere de un horario especial pienso yo que se puede invalidar el recurso Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com
Tópico: IVA A UNA A.C.
luikb

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 13, 2005 Asunto: Re: IVA A UNA A.C.
Creo que con el termino "terminar de construir" se quiere referir al hecho de que esta todavia en obra negra. Ahora bien, como dice mem, la construccion es exenta del IVA, hasta los acabados finales si los hace la misma persona o constructora. En el caso de que esta persona contrate a otra para terminar esta debera de cobrar el IVA a quien lo contrató. Ahora bien como dice demonguard si el termino "Terminar de construir" se refiere solamente a los detalles y acabados, estos son gravados al 15%, porque no es ni construccion, ni venta, sería una remodelación y/o un servicio parcial. Saludos Luis Morales luikb.morales@gmail.com

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