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Tópico: SOLICITO INFORMACION DE ESCICION DE SOCIEDADES 'URGENTE'
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 26, 2011 16:40:25 Asunto: Re: SOLICITO INFORMACION DE ESCICION DE SOCIEDADES 'URGENTE'
SOLICITO INFORMACION DE SOCIEDADES CONTABLE Y FISCAL SI BUENOS DIAS/TARDES CONTADORA TODOS EN ESTE FORO LE AGRADECEMOS LOS SALUDOS Y LA CORTES SOLICITUD QUE NOS HACE TAMBIEN QUIERE QUE LE ENVIEMOS EL ACTA DE ESCICION EL ACUERDO Y TODO LO QUE OCUPA DISCULPE LA MANERA EN QUE SE LE CONTESTA CONTADORA PERO A MI CONSIDERACION EXISTEN MODOS Y MANERAS DE SOLICITAR O PEDIR INFORMACION Y MAS TRATANDOSE DE UNA PROFESIONISTA EN ESTOS FOROS ESTAMOS PARA APOYARNOS PERO CONSIDERO QUE DEBE EXISTIR CIERTA CORTESIA PARA SOLICITAR LA INFORMACION A NO SER QUE LOS COMPAÑEROS ESTEN EN DESACUERDO CONMIGO SI DESEA QUE LE PROPORCIONEMOS MAS INFORMACION LE PIDO NOS PUEDA INDICAR QUE ES LO QUE NECESITA Y PARA QUE LO NECESITA YA QUE LA INFORMACION ES DEMASIADA Y EN LUGAR DE AYUDARLA CON ALGO SENCILLO SE SATURARA DE INFORMACION QUE NO REQUIERE BUENO ESA ES MI HUMILDE OPINION ESPERO LE SEA DE AYUDA
Tópico: expedicion de comprobantes sin consentimiento del contribuyente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2011 15:33:22 Asunto: Re: expedicion de comprobantes sin consentimiento del contribuyente
ASI ES MI ESTIMADO AMIGO MIENTRAS NO EXISTA PRUEBA ALGUNA DE QUE EL EXCONTADOR EMITIO LOS COMPROBANTES TIENES LAS DE PERDER ES POR ESO QUE TE DECIA YO QUE SI EXISTIA LA POSIBILIDAD DE CANCELAR ESOS COMPROBANTES LOS CANCELARAS Y A LOS CONTRIBUYENTES QUE LES FUERON EMITIDOS LES INFORMARAS SOBRE TAL SITUACION ES DECIR LES DIJERAS QUE LAS CLAVES FUERON ROBADAS O CLONADAS Y QUE DICHOS COMPROBANTES SE TENDRAN QUE CANCELAR POR EL MAL USO DE LAS MISMAS TODAVEZ QUE EXISTE UNA DENUNCIA INTERPUESTA POR ABUSO DE CONFIANZA O ALGO POR EL ESTILO Y POR TAL MOTIVO DICHAS FACTURAS QUEDAN SIN EFECTO A MANERA DE QUE SI ESTE CONTADOR REALIZO EL COBRO DE UN INGRESO POR DICHAS FACTURAS PUEDA SERVIRTE COMO PRUEBA YA QUE SI ESTAS FUERON PAGAS A ESTE CONTADOR EXISTA PRUEBA DOCUMENTAL EN SU CONTRA A RAZON DE QUE SE EXPIDIO UN CHEQUE PARA EL PAGO DE LAS MISMAS A NO SER DE QUE ESTAS NO ESTEN PAGADAS NO VEO EL PORQUE UNICAMENTE LAS CANCELES Y LISTO Y LE INFORMES A LOS CLIENTES O PERSONAS QUE SE LES EXPIDIO EL MOTIVO DE LA CANCELACION DE LSA MISMAS BUENO ESO ES LO QUE PUDIERAS ALEGAR EN UN JUICIO YA QUE SI DICHAS FACTURAS YA FUERON PAGADAS AL CUASI-CONTADOR Y TU NO PERSIBISTE EL INGRESO DEBE EXISTIR EVIDENCIA DE TAL PAGO TODO DEPENDE DEL IMPORTE FACTURADO YA QUE LA MISMA LEY FISCAL TE OBLIGA A LA EMISION DE UN CHEQUE PERO TODO ESO LO DEBES DE CHECAR CON TU ABOGADO YO UNICAMENTE TE ESTOY DANDO UNA OPINION Y ALGUNOS SUPUESTOS LEGALES QUE EN MI OPINION PUDIERAN APLICAR ESPERO MI COMENTARIO TE PUEDA SERVIR DE ALGO
Tópico: escrito para condonacion de multas imss
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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Enero 26, 2011 15:12:53 Asunto: Re: escrito para condonacion de multas imss
BUENOS DIAS/TARDES ESPERO TE PUEDA SERVIR ESTO: Monterrey, N. L. a 8 de mayo de 2009. GILBERTO GABRIEL CARLOS SALAZAR 0002 COL. OBRERA MONTERREY, NUEVO LEON Y00-00000-00-0 TELEFONO (81)83000000 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL SUBDELEGACION No. 4 SURESTE OFICINA PARA COBROS 4 SURESTE AT´N: SECCION DE CONVENIOS Por medio de la presente y en adhesión al acuerdo 187/2003, dictado por el H. Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social y publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 15 de julio de 2003, así como la modificación al mismo publicada en el Diario Oficial de la Federación el 2 de abril del 2009, solicito atentamente la condonación del 90% de las siguientes multas y de las cuales se anexa copia: Crédito Período Importe Fecha de notificación de la multa 078022970 04-2006 339.26 05/06/2007 Total Importe de Multas $339.26 Nuestra solicitud se sustenta en el Lineamiento DECIMO Fracción I del citado Lineamiento. En virtud de que a la fecha de hoy no tenemos créditos fiscales vencidos o exigibles. Atentamente Gilberto Gabriel Patrón.- O ESTE OTRO QUE TAMBIEN ES PARECIDO General Bravo, N. L. a 27 de julio de 2010. CAFÉ , SA DE CV BERNARDO REYES # 0000 B COL. CENTRO GENERAL BRAVO, N. L. RFC CAH000000KP0 P11-11111-11-1 TELEFONO (222)2222222 INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL Presente, Por medio del presente solicito la condonación del 90% de las multas en base al acuerdo 187/2003, publicado el 15 de julio de 2003 y modificado con el acuerdo HS 12 HCT 250309/56 P. DIR. publicado el 2 de abril del 2009, las cuales se relacionan a continuación: No. Crédito Período Importe Fecha de notificación Total Importe de Multas $______________ Atentamente Cantú Garza Representante Legal. ESPERO TE PUEDAN SERVIR
Tópico: expedicion de comprobantes sin consentimiento del contribuyente
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2011 11:33:35 Asunto: Re: expedicion de comprobantes sin consentimiento del contribuyente
Buenos dias/tardes cperix lo que pudiera hacer esta persona es tratar de cancelar en su sistema los comprobantes digitales que emitio el otro contador para no verse afectada en cuestion de sus ingresos la otra cuestio seria tratar de hablar con su peronal de sistemas o la perona que le esta brindando el servicio de facturacion electronica para que le haga una midificacion en sus usuario y contraseña para tratar de que el otro ya no pueda expedir mas comprobantes lo siguiente seria hacerle firmar al nuevo contador una carta responsiva por la utilizacion y otorgamiento del usuario y contraseña para volver a evitar este tipo de contratiempos en cuestio del otro contador si quiere proceder con la denunciA seria cuestion de que tenga tiempo de andar en los juzgados o en las agencias del MP y que cuente con las pruebas necesarias para el delito que se le quiere imputar para que posterior mente no exista una contrademanda por ciestiones de difamacion y otras cosas bueno esa es mi humilde opinion
Tópico: NUEVA BASE INPC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 26, 2011 10:20:29 Asunto: Re: NUEVA BASE INPC
BUENOS DIAS/TARDES AMIGOS FORISTAS TRANSCRIBO CONVERSACION CON PERSONAL DEL SAT POR MEDIO DEL CHAT Bienvenido al servicio de Chat 1a1 del SAT. 09:44 Buen día, le atiende la Lic. Paz García. ¿Cuál es su duda respecto a la consulta inicial? 09:44 ME PODRIOA INDICAR SI EL INPC VA A CAMBIAR 09:45 POR LA NUEVA BASE DE 100 09:45 PUBLICADA POR EL BANCO DE MEX 09:46 SI ME EXPLIQUE O NO 09:47 Para brindarle la respuesta necesito que me permita un momento en la línea. ¿Me puede permitir por favor? 09:47 LO QUE SUCEDE ESQUE APARTIR DE LA SEGUNDA QUINCENA DE DIC 2010 EL BANCO MODIFICO SUS BASES PARA CALCULAR EL INPC 09:50 Gracias por esperar en la línea. 09:49 Por lo anterior, el Banco de México con fundamento en los artículos 20-BIS del Código Fiscal de la Federación y 4o., 8o., 10o., 14Bis y 24 del Reglamento Interior del Banco de México, da a conocer, en relación con el Indice Nacional de Precios al Consumidor que proporcionará a partir de enero de 2011, mediante publicación que realice en el Diario Oficial de la Federación los días diez y veinticinco de cada mes, o el día hábil anterior a éstos, la información siguiente: 1.- INDICE NACIONAL DE PRECIOS AL CONSUMIDOR APLICABLE A CADA CONCEPTO DE CONSUMO FAMILIAR CORRESPONDIENTE A LA PRIMERA QUINCENA DE ENERO DE 2011 09:50 El INPC, con base segunda quincena de diciembre de 2010 = 100, correspondiente a la primera quincena de enero de 2011 es de 100.174 puntos, que representa un incremento de 0.17 por ciento respecto al índice de la segunda quincena de diciembre de 2010, que fue de 100.000 puntos. 09:52 Le sigo atendiendo. 09:52 GRACIAS 09:55 Gracias por esperar en la línea, para brindarle la información que necesita, lo voy a transferir con otro asesor que le brindará la información, ¿Me puede permitir un momento, por favor, para realizar la transferencia?, ¿Está de acuerdo? 09:56 GRACIAS 09:57 EN ESPERA DE RESPUESTA La llamada se está transfiriendo al operador Claudia Ceballos ... Llamada transferida 09:59 Muy buen día, le sigue atendiendo la Lic. Claudia Ceballos. ¿Puede permitirme un momento por favor? Estamos revisando su consulta. 09:59 GRACIAS 10:01 Gracias por esperar, los INPC que se utilizan para actualizar contribuciones son los que da a conocer el banco de México y se encuentran disponibles en la página del SAT, los indices ya publicados no tienen modificación. 10:01 ¿Tiene alguna duda respecto de la información que le proporcioné? 10:02 LOS INDICES NO VAN A VARIAS POR EL NUEVO CALCULO QUE HIZO EL BANCO DE MEXICO 10:02 YA QUE EL METODO PARA CALCULAR SE MODIFICO 10:03 Y EN BASE A ESTO LA INFLACION VARIA 10:04 La determinación la realiza directamente el banco de México y dan a conocer los INPC a utilizar, si requiere información sobre la determinación y la inflación es necesario se remita al banco de México, toda vez que por este medio únicamente proporcionamos orientación fiscal. 10:04 Gracias por utilizar éste servicio, que tenga un excelente día. Info: Asistencia realizada por Lic. Paz García Clique aquí para recibir la transcripción completa de la conversación. Y ASI COMPAÑEROS FUE COMO DIO POR TERMINADA LA CONVERSACION DEL CHAT 1 A 1 YA QUE YA NO ME PERMITIO HACERLE MAS PREGUNTAS Y DIO POR TERMINADO EL CHAT
Tópico: inca
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Mensaje Foro: Laboral Enviado: Enero 25, 2011 18:23:59 Asunto: Re: inca
YO AQUI EL UNICO DETALLE QUE VEO ES QUE EL PATRON SI LO TIENE DADO DE ALTA EN EL IMSS NO EXISTE NINGUN MOTIVO POR EL CUAL EL TRABAJADOR NO HAYA ACUDIDO A LA CLINICA QUE LE CORRESPONDIA Y HAYA TENIDO QUE ACUDIR A UN PARTICULAR COSA QUE NO SE DEBIO HABER HECHO FUE POR NO QUERER PERDER TIEMPO YA QUE COMO LO COMENTA EL LIC SOTO PARA EFECTOS DE INCAPACIDAD SE DEBE DE APLICAR LA LSS Y EL IMSS ES QUIEN DEBE DECRETAR LA INCAPACIDAD PARA EFECTOS LEGALES Y VALIDOS ANTE CUALQUIER COSA QUE PUDIESE LLEGAR A SUCEDER ES COMO EN EL CASO DE UNA MUJER EMBARAZADA PARA EFECTOS DE INCAPACIDAD DEBE DE ACUDIR ANTE EL IMSS NO POR EL HECHO DE QUE DE A LUZ EN UNA CLINICA PARTICULAR YA SE VA A HACER VALIDAS LAS INCAPACIDADES BUENO ESE ES MI PUNTO DE VISTA SALVO ARGUMENTO EN CONTRARIO
Tópico: NUEVA BASE INPC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2011 17:53:11 Asunto: Re: NUEVA BASE INPC
BUENOS DIAS TARDES AMIGO PAPITOSVA AFORTUNADA O DESAFORTUNADAMENTE TUVE LA OPRTUNIDAD DE HABLAR Y/O CONVERSAR CON UN LIC EN EL FORO DEL SAT Y LO UNICO QUE ME DECIA Y QUE ME REPETIA ES QUE LA ACTUALIZACION SE UTILIZARAN LOS INDICES QUE TIENE ELLOS EN LA PAGINA HASTA QUE NO APAREZCA O SE PUBLIQUE ALGO DIFERENTE A LO QUE ELLOS TIENEN Y LO UNICO QUE ME REPETIA EN EL FORO ERA EL PROCEDIMIENTO DE COMO CALCULAR LA ACTUALIZACION PERO NO ME RESOLVIA NADA SOBRE QUE INDICE DEBEMOS UTILIZAR Y ESTO LO HIZE EN EL MISMO FORO CON DOS ASESORES DIFERENTES Y AMBOS ME RESPONDIERON LO MISMO Y MI DUDA QUEDO EN LAS MISMAS ES POR ESO QUE INICIE ESTA CONSULTA EN FISCALIA PARA VER SI ALGUIEN SABIA ALGO MAS PERO BUENO ESTAMOS EN ESPERA DE LO QUE DIGA LA AUTORIDAD FISCAL
Tópico: NUEVA BASE INPC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 25, 2011 17:30:00 Asunto: Re: NUEVA BASE INPC
El detalle esta en que mientras el imss sua o idse no se modifiquen seguiremos en estos pequeños grandes contraste tal como nos lo informa fiscalia compañero con la anterior modificacion que hubo en el 2002 Pero bueno en espera de mas comentarios al respecto A más de tres años la ilegal utilización de los INPC del IMSS no ha sido solucionada. Fiscalia - C.I.F. Noviembre 11, 2005 Han transcurrido más de tres años, y el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) continúa sin actualizar la base de datos del Índice Nacional de Precios al Consumidor (INPC) que se utiliza en el sistema de cómputo denominado “Sistema Único de Autodeterminación” (SUA). Las consecuencias legales de esta omisión se comentan a continuación. A partir del mes de julio de 2002, el Banco de México cambió la base de cálculo del INPC por una nueva en la que el índice de la segunda quincena de julio de 2002 es la base de 100. La actualización de las contribuciones al IMSS que se pagan de forma extemporánea son automáticamente calculadas por el SUA, sistema computacional utilizado para el pago de cuotas. Este sistema cuenta con una base de datos de INPC que al actualizarse con los valore que mensualmente se dan a conocer, no permite ingresar un valor inferior al último índice alimentado, por lo que no es posible, en éstos términos, alimentar los valores del INPC con la base julio de 2002 = 100. El IMSS señala a través de su página de Internet que es necesario convertir la base nueva de INPC a la base anterior para efectos de poder alimentar estos datos en el SUA, y para esto, la Coordinación de Cobranza en forma mensual da a conocer el valor de dicha conversión, a fin de que los patrones de forma individual lo alimenten en el SUA. Ahora bien, el Código Fiscal de la Federación (CFF) en sus artículos 17-A y 20, establece que para calcular la actualización de una contribución, se aplicarán los índices publicados por el Banco de México en el Diario Oficial de la Federación, por tanto, el utilizar un índice no emitido en estos términos, no es válido legalmente; es decir, utilizar un valor publicado por el IMSS y no por el Banco de México como la ley lo establece, es incumplir con lo dispuesto por el legislativo. Se puede pensar que de fondo aún cuando los INPC del IMSS y los del Banco de México tienen bases distintas, la actualización que de ellos resulta es la misma; sin embargo, el problema es que se está incumpliendo con el mandato de Ley y, hasta la fecha, tal situación no se ha corregido. Además de lo anterior, esta situación se presta a la aplicación de índices incorrectamente calculados por el IMSS como ya se ha dado el caso con el INPC aplicable al mes de octubre de 2003, para el cual el IMSS utilizó el INPC de la segunda quincena de octubre, y no así INPC del mes de octubre, originando así, una actualización mayor a la que resultaría de utilizar los INPC publicados por el Banco de México, o sea, el procedimiento de Ley. Cabe destacar que posteriormente dicho índice fue corregido; sin embargo, el riesgo de que alguien utilice un índice equivocado está latente. Una solución viable a esta problemática, que ya ha sido comentada por Fiscalia con anterioridad, y que evitará mayores problemas a los contribuyentes, es la emisión de una actualización del software SUA, que contenga la nueva base de INPC, y a partir de la cual se puedan ir actualizando los índices de acuerdo con las publicaciones que efectúe mensualmente en Banco de México; sin embargo, a más de tres años de haberse presentado este cambio en el cálculo del INPC, el IMSS no ha dado una solución definitiva a esta situación. Los índices dados a conocer por el IMSS se pueden consultar en nuestra sección 'Datos de Uso Frecuente / Índices'.
Tópico: CONOCER BASE DE ARRENDAMIENTO SI TENGO EL DATO DE LA RETENCION DE IVA
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Mensaje Foro: Contabilidad Enviado: Enero 25, 2011 17:12:03 Asunto: Re: CONOCER BASE DE ARRENDAMIENTO SI TENGO EL DATO DE LA RETENCION DE IVA
En mi opinion estoy un poco mas de acuerdo con la explicacion del compañero enrique ya que es un poco mas sencilla y menos revuelta y en mi caso es lo que yo hago cuando desconosco la base de determinada retencion pero como lo mensiones seria cuestion de checar la region de la aplicacion de la retencion ya que como lo mencionan enrique y giusepp la retencion es de las 2/3 partes del iva que en determinado caso seria 10.6666667 o 7.3333334 deacuerdo al lugar de expedicion
Tópico: BUSCARV
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Mensaje Foro: Excel Enviado: Enero 25, 2011 17:00:01 Asunto: Re: BUSCARV
Buenos dias/tardes. el compañero pepesoto tiene razon el problema esta en que estas copiand la misma formula quizas poreso te erroje el mismo resultado lo que pudueras hacer es lo que te ejemplifica el: En A1 tiene esta fórmula: =buscarv($b$1,$c$1:$d$50,falso) En A2 tiene la misma formula: =buscarv($b$1,$c$1:$d$50,falso) Y en A2 debe ser: =buscarv($b$2,$c$1:$c$50,falso) o en A2 debe ser: =buscarv($b$2,$c$1:$c$51,falso) e ir modificando segun vaya aumentando tu rango o hasta que te quede A50 debe ser: =buscarv($b$50,$c$1:$c$50,falso) Eso es lo que creo yo salvo opinion en contrario

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