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Tópico: Amortización de Pérdida Fiscal en PP ene feb y mzo.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2014 12:12:13 Asunto: Re: Amortización de Pérdida Fiscal en PP ene feb y mzo.
Neonato, Agradezco tu comentario, muy cierto. Gracias, saludos.
Tópico: Amortización de Pérdida Fiscal en PP ene feb y mzo.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 17, 2014 08:39:05 Asunto: Re: Amortización de Pérdida Fiscal en PP ene feb y mzo.
Buen día, Muchas gracias 'cheque' por tus comentarios. Como lo comente, la pérdida fiscal fue del ejercicio 2012 y la declaración anual fue presentada en marzo 2013. Ahora, consultando en el SAT, me comentaron que sí podía aplicarla en el PP de ISR de enero 2014 independientemente de que aún no haya presentado la anual de 2013 y que en esta vaya a aplicar parte de esa perdida (2012). en el caso de que la utilidad del ejercicio 2013 fuera mayor que la pérdida por amortizar entonces tendría que presentar un complementaria para realizar el pago correspondiente de enero 2014, pero como lo que se va a aplicar es menor no habría problema. Todo esto con base al Art. 14 Fracc. II Tercer párrafo Ya les comentare cualquier situación. Saludos
Tópico: PROBLEMAS CON EL DIM, DEM Y DIOT.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 14, 2014 15:08:44 Asunto: Re: PROBLEMAS CON EL DIM, DEM Y DIOT.
Jibe, buena tarde. Te recomiendo que desinstales el java que tengas y solamente ejecutes el que proporciona el SAT en su portal. http://www.sat.gob.mx/sitio_internet/servicios/descargas/31_2744.html La versión 1.4.2 Posteriormente ejecutas la versión más actual para otras aplicaciones, si es que la necesitas. Espero te sirva de algo, Saludos
Tópico: Amortización de Pérdida Fiscal en PP ene feb y mzo.
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 13, 2014 13:22:05 Asunto: Amortización de Pérdida Fiscal en PP ene feb y mzo.
Hola, buenas tardes a todo los foristas. Tengo el siguiente caso: en el ejercicio fiscal 2012 tuve una perdida fiscal la cual la declare en marzo 2013, esta perdida la empecé a amortizar en PP ISR de abril a diciembre 2013. Para el ejercicio 2013 obtendré nuevamente un pequeña pérdida fiscal la cual declararé en marzo 2014. Mi pregunta es ¿La perdida fiscal del 2012 la puedo amortizar en PP ISR de enero a marzo de 2014? y cuando presente la declaración del ejercicio 2013 ya tomaré el saldo de las pérdidas fiscales que me quedan para amortizar a partir de abril 2014. De acuerdo al artículo 14 de la nueva LISR Fracc. II, tercer párrafo menciona: A la utilidad fiscal determinada conforme a esta fracción se le restará, en su caso, la pérdida fiscal de ejercicios anteriores pendiente de aplicar contra las utilidades fiscales, sin perjuicio de disminuir dicha pérdida de la utilidad fiscal del ejercicio O existe algo que no me permita la amortización hasta que se presente la siguiente declaración anual (2013). Por su comentarios, gracias de antemano
Tópico: VENTANILLA UNICA
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Junio 08, 2012 12:41:36 Asunto: Re: VENTANILLA UNICA
MARIOORTIZ Muchas gracias por dar claridad a mis dudas. Buen fin de semana Saludos Guzmart
Tópico: VENTANILLA UNICA
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Mensaje Foro: Comercio Exterior Enviado: Junio 07, 2012 12:13:59 Asunto: Re: VENTANILLA UNICA
Buenos días MARIOORTIZ, Para el trámite de un Sello Digital VUCEM en la parte de Sucursal debo poner la palabra VUCEM pero debo tramitar un sello por cada usuario o AA o uno para todos? Si fuera uno por cada usuario como podría distinguir entre uno y otro? Se puede poner en Sucursal la palabra VUCEM-AgenteAduanal'x' Gracias por tus comentarios
Tópico: EMITIMOS UN CFD DE 2012 Y DESPUES 2011 ¿PROBLEMA?
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Enero 10, 2012 17:24:31 Asunto: Re: EMITIMOS UN CFD DE 2012 Y DESPUES 2011 ¿PROBLEMA?
Buenas tardes, Por qué no corregir en el sistema el RFC para que quede el correcto y reimprimir con las mismas fechas y hora los CFD (XML y PDF), y unicamente enviar el reporte complementario de los meses en donde aparece la corrección del RFC.? Podría ser una opcion, saludos.
Tópico: Pago provisional de septiembre problemas pagina DY P
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 19, 2011 15:14:32 Asunto: Re: Pago provisional de septiembre problemas pagina DY P
Buenas tardes, Los contibuyentes que estamos obligados a utilizar el servicio de declaraciones y pagos de conformidad con la regla II.2.8.5.1. y que no pudimos obtener el día 17 de octubre la línea de captura por el problema presentado en el sistema del SAT y que realizamos el pago a través del Esquema de Pagos Electronicos, podremos realizar lo que se menciona en el procedimiento del numeral 15 de 'preguntas y respuestas del Servicio de Declaraciones y Pagos'. Para respaldar lo anterior agregar una copia fotostatica del dicho procedimiento para cualquier aclaración. [url]ftp://ftp2.sat.gob.mx/asistencia_servicio_ftp/publicaciones/dyp/preguntasDyP_01092011.pdf[/url] Saludos
Tópico: OPS.........
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Julio 01, 2011 16:13:56 Asunto: Re: OPS.........
Buenas tardes: La Ley de Ingresos en su Art.21 F-II dice: Para los efectos de los impuestos sobre la renta y empresarial a tasa única se estará a lo siguiente: En materia de impuesto empresarial a tasa única: 1. Para los efectos del artículo 8 de la Ley del Impuesto Empresarial a Tasa Única, [color=blue][u]los contribuyentes [/u]deberán presentar a las autoridades fiscales, en el mismo plazo establecido para la presentación de la declaración del ejercicio, la información correspondiente a los conceptos que sirvieron de base para determinar el impuesto empresarial a tasa única del ejercicio fiscal de 2011,[/color] en el formato que establezca para tal efecto el Servicio de Administración Tributaria mediante reglas de carácter general. La información a que se refiere este inciso se deberá presentar incluso cuando en la declaración del ejercicio de 2011 no resulte impuesto a pagar. Ahora bien, la regla II.2.8.5.5 reafirma lo mencionado en el Art. 21 de la Ley de Ingresos. La Regla I.2.11.1 hace mención a ciertos contribuyentes: Para los efectos de los artículos 20, séptimo párrafo y 31 del CFF, las [color=blue]personas físicas que realicen actividades empresariales[/color] y que en el ejercicio inmediato anterior hubiesen obtenido ingresos inferiores a $2,160,130.00; [color=blue]las personas físicas que no realicen actividades empresariales [/color]y que hubiesen obtenido en dicho ejercicio ingresos inferiores a $370,310.00, así como las personas físicas que inicien actividades y que estimen que sus ingresos en el ejercicio serán hasta por dichas cantidades Sólo para estos contribuyentes[color=blue] 'personas físicas'[/color] podran aplicar lo que menciona la regla I.2.11.2.[color=blue][u] 'podrán no enviar la lista de conceptos'[/u][/color] siempre y cuando estos contribuyentes presenten su declaración de pagos provisionales de dicho impuesto en los plazos y térmnos establecidos en las disposiciones fiscales'; todos los demás deberán enviarla. Saludos
Tópico: CONVERSACION CHAT 1 A 1 DEL SAT REFERENTE A INPC
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 10, 2011 12:21:26 Asunto: Re: CONVERSACION CHAT 1 A 1 DEL SAT REFERENTE A INPC
Buenas tardes, El último INPC correspondiente a diciembre de 2010 (144.6390) publicado el 10 de enero de 2011 esta con base en 2002. El día 25 de enero de 2011 el Banco de Mexico dio a conocer la nueva base para los INPC pero ahora con base en la Segunda Quincena de Diciembre de 2010, razón por la cual el INPC de enero es de 100.228 Lo que se tendría de realizar es la actualización de los INPC a esta nueva base. Quien se interese en la tabla con los INPC (desde 1969 a diciembre 2010) con base en la Segunda Quincena de diciembre 2010, escriba a arguzmanm@prodigy.net.mx y se las haré llegar. GuzMart

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