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Tópico: IETU A FAVOR
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2009 11:18:03 Asunto: Re: IETU A FAVOR
A ver tranquilo lobozac, tus traumas y amarguras a mi no me interesan y si no vas ayudar a los que como yo tenemos dudas en aspectos fiscales por la poca capadidad de los legisladores para realizar leyes claras, mejor ahorrate tus comentarios, y deja que los que tienen deseo de expresar sus opiniones y ayudar alos demas para llegar a una conclusión lo hagan, al final esa escencia del foro, te agradezco que quieras formar profesionales y no voy a desechar tus comentarios, pero ahora me interesa resolver esta duda con la ayuda de lo que se encuentran en esta situación. No olvides... 'SI TU INICIAS LA AGRESIÓN..............TAMBIEN SERAS AGREDIDO SI TE CONDUCES CON RESPETO...........TE RESPETARÉ'
Tópico: IETU A FAVOR
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2009 10:49:52 Asunto: Re: IETU A FAVOR
Gracias pero en la liga que dejaste de la pagina del SAT no menciona la opción de compensar [b]saldos a favor [/b]de IETU contra ISR y otras retenciones, según esa página únicamente se pueden compensar los [b]pagos de lo indebido [/b]de IETU contra ISR y otras retenciones, por eso es mi duda.
Tópico: IETU A FAVOR
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2009 10:26:48 Asunto: IETU A FAVOR
En la declaracion anual que presente el 05 de marzo obtuve saldo a favor de IETU, éste saldo a favor lo puedo compensar contra el pago provisional de ISR y otras retenciones de febrero? o solo lo puedo compensar contra IETU ??
Tópico: 2% DF
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 09, 2009 17:39:48 Asunto: Re: 2% DF
Gracias, precisamente de la lectura de los articulos mencionados me surge la duda, si el momento en que se realizan las erogaciones es cuando se origina la obligación de pago o cuando efectivamente se cobren, porque en mi caso la obligación de pago fue en febrero y se cobraron efectivamente en marzo.
Tópico: 2% DF
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 09, 2009 14:47:56 Asunto: 2% DF
HOLA BUENAS TARDES, EL 27 DE FEBRERO SE LIQUIDO A 1 PERSONA, SU CHEQUE SE LE ENTREGO ESE DIA, PERO LO COBRO HASTA EL 05 DE MARZO, PARA EL CALCULO DEL 2% ES REQUISITO QUE LAS ERGACIONES QUE SON BASE DEL IMPUESTO ESTEN EFECTIVAMENTE COBRADAS ? SE DEBE PAGAR EL IMPUESTO EN MARZO O EN ABRIL ???
Tópico: ISR E IDE A FAVOR ??
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2009 16:33:01 Asunto: Re: ISR E IDE A FAVOR ??
Gracias por la respuesta, sin embargo al llenar el aviso de compensación el el anexo 8 el importe de los pagos provisionales de ISR de cada mes no van a sumar el importe anotado en la declaración anual, la diferencia es el IDE que acredite y me van a rechazar la compensación. En donde debo incluir el IDE recaudado y acreditado en el formato del aviso de compensación ????
Tópico: ISR E IDE A FAVOR ??
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 25, 2009 09:54:20 Asunto: ISR E IDE A FAVOR ??
En los pagos provisionales de ISR acredtie el IDE que me recaudo el banco en cada uno de los meses de julio a diciembre por un importe total de 15,530, en el calculo anual de ISR los pagos provisionales fueron mayores al ISR anual, por lo que tengo un saldo a favor de ISR además de acuerdo al formato de la declaración anual debo separar el IDE recaudado por el banco, es correcto reflejar el saldo a favor de ISR y ademas un saldo por acreditar de IDE ???? o debo sumar los pagos provisionales de ISR y el IDE acreditado en pagos provisionales en el renglon de pagos provisionales efectuados del formato de la Declaración anual, para reflejar solo el saldo a favor de ISR ????
Tópico: PAGOS PROVSIONALES 2009
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2009 10:53:06 Asunto: Re: PAGOS PROVSIONALES 2009
AHHH OK, ENTONCES ESTO NO TIENE TODAVIA APLICACION, QUE BUENO YA ME HABIA ESPANTADO. GRACIAS.
Tópico: PAGOS PROVSIONALES 2009
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2009 10:35:19 Asunto: Re: PAGOS PROVSIONALES 2009
II.2.12.1. I. Ingresarán al “Servicio de declaraciones y pagos, Subservicio de declaraciones de pago, Declaración de pago”, contenido en la página de Internet del SAT. Para tal efecto, el contribuyente deberá proporcionar su CIECF o FIEL generadas a través de los desarrollos electrónicos del SAT. II. III. El programa automáticamente mostrará las obligaciones registradas en el RFC del contribuyente correspondientes al periodo seleccionado, así como el listado completo de obligaciones fiscales existentes. En los casos en que el contribuyente deba presentar declaraciones derivadas de obligaciones no registradas, el programa le mostrará un mensaje para que presente el aviso al RFC que corresponda en los términos del Capítulo II.2.3., previamente al envío de su declaración. Cuando el programa muestre obligaciones fiscales distintas a las manifestadas por el contribuyente ante el RFC, se deberá realizar la aclaración respectiva por Internet o acudir ante cualquier Módulo de Servicios Tributarios para efectuarla, debiendo entre tanto, cumplir con las obligaciones fiscales a que se encuentre sujeto. IV. V. Concluida la captura, se enviará la declaración a través de la página de Internet del SAT. La citada dependencia enviará a los contribuyentes por la misma vía, el acuse de recibo electrónico de la información recibida, el cual contendrá, entre otros, el número de operación, fecha de presentación y el sello digital generado por dicho órgano. Procedimiento para la presentación de declaraciones a partir del 1 de febrero de 2009 II.2.14.1. Los procedimientos señalados en los Capítulos II.2.12. y II.2.13., son aplicables a la presentación de todo tipo de declaraciones de pagos provisionales o definitivos que se lleve a cabo a partir del [b]1 de febrero de 2009[/b], con las excepciones que en este Capítulo se señalan. Los contribuyentes que deban presentar declaraciones complementarias, deberán hacerlo en los términos del presente Capítulo, sin que puedan cambiar de opción.
Tópico: PAGOS PROVSIONALES 2009
kyko

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Febrero 16, 2009 10:07:48 Asunto: PAGOS PROVSIONALES 2009
Buenos días, existe algún cambio en el procedimiento para realizar los pagos provisionales de ISR e IETU de 2009? mi duda es por lo que menciona la regla II.2.12.1 y la II.2.14.1 contenidaS en la IV Resolución Miscelanea para 2008.

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