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Tópico: ERROR PAGO SUA EXTEMPORANEO 3.2.1
svc

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Abril 19, 2008 Asunto: Re: ERROR PAGO SUA EXTEMPORANEO 3.2.1
Hola buenas tardes, yo tengo un problema similar con el pago del IMSS, y a lo que menciona GIUSEPP del la ley del IMSS del pago de las cuotas obrero patronales que deben realizarse a más tardar el último día del mes siguiente al de pago, conforme a lo establecido en el artículo 39 de la LSS, siempre y cuando el monto de las cuotas obrero patronales sobre el que se aplica el Beneficio no se haya constituido como crédito fiscal firme. Yo revise ese artículo y no lo menciona de esa forma, y lo que si menciona el Artículo 39. de la Ley del Seguro Social Es que las cuotas obrero patronales se causan por mensualidades vencidas y el patrón está obligado a determinar sus importes en los formatos impresos o usando el programa informático, autorizado por el Instituto. Asimismo, el patrón deberá presentar ante el Instituto las cédulas de determinación de cuotas del mes de que se trate, y realizar el pago respectivo, a más tardar el día diecisiete del mes inmediato siguiente. Entonces me queda la duda de que si esta mencionando este articulo o es otro.
Tópico: Diferencia en construccion.
svc

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Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Junio 05, 2007 Asunto: Re: Diferencia en construccion.
MI recomendación es de que elabore recibos de pago o listas de raya firmada por los trabajadores, si es que no ha sido requerido formalmente, y en base a esto le hagan los calculos, en virtud de que el calculo por metro cuadrado podría proceder cuando no se proporciona ninguna información al IMSS de los pagos a los trabajadores ya que solo existe en reglamento y no en ley por lo que resulta inconstitucional
Tópico: Jubilación??
svc

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 29, 2007 Asunto: Re: Jubilación??
El Art. 13 fracc IV te habla de otros sujetos al regimen obligatorio en donde encajan los patrones. El 222 inc c) te dice los seguros que se cotiza. Y el 227 te menciona el salario base de cotización que en este caso es de 1 SMGDF. Cotizas 52 semanas como mínimo y enseguida tramitas tu pensión
Tópico: Jubilación??
svc

Mensajes: 14
Mensaje Foro: Seguridad Social Enviado: Mayo 28, 2007 Asunto: Re: Jubilación??
Checa el 13 de la LSS fracc IV así como el 222 y 227 de la misma y el problema esta solucionado
Tópico: Prima Dominical
svc

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Octubre 12, 2006 Asunto: Prima Dominical
[i:1d982432b3] :P Aguien me podría decir si procede el pago de la prima dominical cuando un trabajador labora en su día de descanso de 2 a 8 horas y se las remunero como tiempo extraordinario?[/i:1d982432b3]

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