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Tópico: devolucion isr por percibir dividendos de cufin
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Junio 17, 2009 18:43:08 Asunto: Re: devolucion isr por percibir dividendos de cufin
Buenas Tardes: Respecto al tema de Dividendos me permito opinar que debe de analizarse desde dos puntos de vista, Uno: desde el punto de vista de la empresa que los decreta y paga para lo cual se basa y da cumplimiento lo establecido en el artículo 88 de la Ley del ISR y debe informar al SAT conforme lo establece el artículo 86 XIV. Para poder dar dividendos de la CUFIN debio haber pagado el ISR que le correspondía sobre esas utilidades. Dos: desde el punto de vista de la persona física en su caso que recibio el dividendo proveniente de la CUFIN, desde luego que lo informa y declara conforme lo establece el artículo 165 de la Ley del ISR proporcionando el Monto del Dividendo y el Impuesto pagado por la persona moral que se lo pago. La constancia la otorga la empresa que paga, mencionando el impuesto que ya pago por dichos ingresos en su declaración anual. Vaya no es otro impuesto, es el mismo que le corresponde a la empresa por esas utilidades. Espero no haberlos confundido. Saludos.-
Tópico: EN UNA COPROPIEDAD QUIEN DEBE PAGAR EL IETU
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 31, 2009 12:24:24 Asunto: Re: EN UNA COPROPIEDAD QUIEN DEBE PAGAR EL IETU
Excelente analisis y explicación del caso. Nos fue muy útil, por mi parte Gracias. Saludos.-
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 24, 2009 11:15:05 Asunto: Re: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Gracias de nuevo Chavalon. Coincidimos en la determinación y acreditamientos del IETU para dejarlo en 0 a pagar, salvo que yo, en vez de tomar la retención de intereses que no causan IETU tomo el total de pagos del ISR efectivamente pagados y el resto lo tomo del ISR propio. Procedere a solicitar compensación por el ISR a favor. Feliz fin de semana.
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2009 20:59:26 Asunto: Re: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Chavalon ahi te van los datos: Ingresos acumulables Isr retenido Sueldos 560 120 Arrendamiento 390 60 Intereses 260 30 Dividendos 1,100 429 Totales 2,310 639 Ded. Personal 120 Base ISR 2,190 IETU ISR 613 Ingresos 600 ISR retenido 639 Deduccion predial 2 Ant ISR 36 Base IETU 598 ISR a favor 62 IETU determinado 99 Anticipos 0 IETU a pagar 99 Anticipos ISR 36 Retenciones 60? ISR propio ? Gracias.
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2009 17:53:18 Asunto: Re: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Perdon Chavalon, no era el programa Adobe, sino Java versión 6 para que pudiera funcionar el Declarasat 2009 y pudiera tomar en cuenta en forma automatica esos datos.
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2009 17:32:13 Asunto: Re: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Fijate Chavalon que yo descargue de esta Pagina el Declarasat en Abril y en la misma prepare esta declaración con calculo automatico para no tener problemas. No me convencia el resultado, ya que no me aplicaba las retenciones ni el impuesto propio. Me indicaron que en una nueva version si lo hacia, pero eplicaba solo las retenciones. Descarge una nueva version ahora del Sat y era lo mismo, me indicaron que necesitaba descargar la nueva version del Adobe, lo hice y no me funciono. Me fui al anexo del IETU y me permite capturar los datos de ISR pagado efectivamente, ISR retenido e ISR propio y lo toma en cuenta. Por eso es mi duda, ya que de tu excelente comentario del artículo 8 interpreto que cita claramente el derecho a utilizar la proporcion del ISR propio, no retenciones, aunque no indica en el mismo el concepto dividendos, solo salarios. Creo me voy a decidir por aplicar el ISR efectivamente pagado y el resto utilizando el ISR propio. Gracias.-
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2009 15:33:17 Asunto: Re: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Gracias Chavalon: Tenia esa duda y ya me quedo claro, afinando detalles, si te entendi, en el anexo del IETU registro el ISR efectivamente pagado y el resto lo tomo de las retenciones del ISR y si acaso no completara, que no es el caso, lo tomo de la proporción del ISR propio. Yo suponia que tomaba el ISR pagado, el ISR retenido solo del arrendamiento que es el sujeto a IETU y el resto de la proporción del ISR propio. Saludos.-
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2009 13:41:20 Asunto: Re: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Gracias Ali: En efecto, no estoy en cuenta la deducción ciega, lo anote solo como información a mi duda, con el fin de que no se opto por deducir gastos en IETU y estos no fueron mayores a los ingresos.
Tópico: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 23, 2009 12:44:28 Asunto: P.F. INGRESOS VARIOS, IEUT ANUAL, ACREDITAMIENTOS
Persona Fisica con ingresos en sueldos, intereses, arrendamientos y dividendos con retenciones de ISR e ISR efectivamente pagado, resultandole ISR a favor en anual 2008. La problematica es en el IETU del arrendamiento en que se opto por la deducción ciega, estoy confuso con la redacción del articulo 8 del IETU. Mi duda es la siguiente: puedo dismunuir del IETU determinado el ISR efectivamente pagado, el ISR retenido del arrendamiento y una proporción del ISR propio determinado, hasta el saldo por pagar del IETU, como cita el 8 de la Ley del IETU? Gracias por su opinión. Merced.-
Tópico: CALCULO DE IMPTO POR INDEMNIZACION
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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Mayo 20, 2009 13:56:03 Asunto: Re: CALCULO DE IMPTO POR INDEMNIZACION
Me parece excelente la aportación de Juancarm. En razón de tratar de aprender y mejorarnos cada día me gustaría que se tomara en cuenta que es una TESIS, de que es 'AISLADA' y que el amparo esta EN REVISION. Me refiero a esto en razón de que que no se como lo tomen en cuenta los abogados fiscalistas y auditores para fines fiscales en su caso, cuestionaran la no retención y entero del impuesto. Saludos.-

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