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Tópico: IMPRESION LEGIBLE DE ANEXOS IETU
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 22, 2009 01:45:49 Asunto: IMPRESION LEGIBLE DE ANEXOS IETU
Alguien tiene alguna solución practica para imprimir en forma legible los anexos de IETU del DEM para su debida revisión? Por sus finas atenciones. Gracias.
Tópico: problemas en la anual para dejar reflejado pago de lo indebido de ietu
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 21, 2009 20:19:03 Asunto: Re: problemas en la anual para dejar reflejado pago de lo indebido de ietu
Yo creo que el problema es que no se ve nada en la impresión para verificación de la declarción, es verdaderamente miope que la autoridad nos ponga este tipo de problemas cuando se sabe que es indispensable revisar la captura. El diferencial a que te refieres en tu preguna corresponde a un saldo a favor y si te deja anotarlo el sistema, solo el apartado de pagos de IETU , a la letra dice PAGOS PROVISIONALES DE IETU EFECTIVAMENTE PAGADOS. Saludos y suerte. Héctor
Tópico: IETU, RENTA DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS (AUTOFACTURACIÓN).
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 12, 2009 14:17:02 Asunto: IETU, RENTA DE ANUNCIOS PUBLICITARIOS (AUTOFACTURACIÓN).
Quiero ver que opinan sobre el siguiente caso: Una compañía que paga renta por anuncios publicitarios a personas físicas en los términos de la regla I.2.5.3., puede deducir el pago de Las rentas en el año 2008 para efectos de IETU. Detecto las siguientes normas: 6. Requisitos de las deducciones autorizadas (IETU) Las deducciones autorizadas en esta Ley, deberán reunir los siguientes requisitos: ... REQUISITOS DE DEDUCIBILIDAD ESTABLECIDOS EN LA LISR IV. Que las erogaciones efectuadas por el contribuyente cumplan con los requisitos de deducibilidad establecidos en la Ley del Impuesto sobre la Renta. No se considera que cumplen con dichos requisitos las erogaciones amparadas con comprobantes expedidos por quien efectuó la erogación ni aquéllas cuya deducción proceda por un determinado por ciento del total de los ingresos o erogaciones del contribuyente que las efectúe o en cantidades fijas con base en unidades de medida, autorizadas mediante reglas o resoluciones administrativas. Transitorios Décimo tercero. Adquisición de bienes en autofacturación Para los efectos del artículo 6 fracción IV de esta Ley, durante el ejercicio fiscal de 2008, la adquisición de los bienes a que se refiere la regla 2.5.1 de la Resolución Miscelánea Fiscal publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril del 2007, se podrá comprobar en los mismos términos establecidos en la misma, así como en las reglas 2.5.2 y 2.5.3 de la mencionada resolución, siempre que se trate de la primera enajenación realizada por las personas físicas dedicadas a las actividades señaladas en la citada regla 2.5.1. Puedo hacerlos deducibles en IETU en el año 2008, siendo que su actividad no es primaria conforme a la regla 2.5.1, la pf es una ama de casa y la PM es una compañia que se dedica a renta de anuncios publicitarios, que opinan?
Tópico: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 11, 2009 10:24:09 Asunto: Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Coincido con tu comentario Enrique, muy preciso. Gracias.
Tópico: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 10, 2009 19:42:52 Asunto: Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Miguel, Bruno, Chavalon y a todos los que amablemente dieron su punto de vista, muchas gracias por sus comentarios, ya me quedo perfectamente claro el caso. Gracias por sumar sus conocimientos en este foro. Héctor.
Tópico: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 09, 2009 12:43:09 Asunto: Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
muchas gracias Miguel, tus comentarios muy valiosos y entonces procederé a realizar mis complementarias. Suerte en tus anuales. Héctor.
Tópico: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 07, 2009 14:12:37 Asunto: Re: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Ya entre en dos portales bancarios, esto es en Banamex y Bancomer y los dos me lo manifiestan por separado por un lado: Impuesto a favor 53,170 y por e otro Cantidad a favor 12,667 Ahora haciendo armonico lo que ustedes amablemente me comentan el primero es mi saldo a favor natural TRASLADADO menos ACREDITABLE El segundo corresponde al pago de lo indebido. lo que no entendi es porque Miguel comentas, si entiendo que economicamente la suma de los dos corresponde a un activo por realizar, sin embargo no entiendo porque no existe el pago de lo indebido Finalmente si estan de acuerdo entonces solo procede la complementaria en banco y no tengo nada que hacer en declaración estadistica. Solo que ahora debo mover la DIOT para que empate con este saldo a favor natural. Agradezco infinitamente sus sabios comentarios a todos. Héctor.
Tópico: acreditamiento de iva saldo a favor de ejercicios posteriores
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 06, 2009 18:28:31 Asunto: Re: acreditamiento de iva saldo a favor de ejercicios posteriores
Piti, no confundas el concepto de Acreditamiento, que es en esencia una disminución del impuesto a enterar en papeles de trabajo con el de compensación a que se refiere el CFF que es pagar con medios distintos al efectivo. Este criterio del que narran nace porque el criterio de la autoridad es que puedes COMPENSAR un saldo a favor de IVA posterior vs saldos a cargo de meses anteriores, caso en el cual es el único en que se permite COMPENSAR IVA vs IVA. por lo anterior si puedes compensar un saldo a favor de enero del 2009 vs el saldo a cargo del 2008, siendo que tendrás que pagar recargos y actualización por el periodo comprendido desde que nace tu saldo a cargo hasta que nace el saldo a favor por el cual pretendes COMPENSAR. ok, finalmente NO ES ACREDITAMIENTO, acto que es una disminución hacia el futuro nunca al pasado. Saludos
Tópico: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Héctor_Gómez

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Mensaje Foro: Fiscal Enviado: Marzo 06, 2009 18:00:11 Asunto: SALDO A FAVOR DE IVA Y PAGO DE LO INDEBIDO
Tengo un caso que quiero ver como lo resuelvo: Se efectúo un pago de IVA através de portal bancario por $ 12,667 del mes de julio de 2008, sin embargo los auditores determinaron que en este mes existe un saldo a favor de $ 53,170. La pregunta es, como debo presentar la declaración complementaria?, Si por un lado tengo un saldo a favor por el hecho de que el IVA Acreditable base flujo es superior al Trasladado base flujo de $ 53,170 y por otro lado tengo una cantidad pagada indebidamente de $ 12,667. En portal bancario no existe la posibilidad de reflejar el pago de lo indebido ya que el concepto que maneja es MONTO PAGADO CON ANTERIORIDAD, y si lo presento de esta forma me resulta un saldo a favor de $ 65,837 que es el saldo a favor de $ 53,170 mas el pago de lo indebido $ 12,667, lo cual considero es incorrecto. Me podrán a ayudar a distinguir cual es el proceso correcto. Por su orientación muchas gracias.

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