¿Qué contabilidad presentarán las PF con honorarios? Aún indefinido

SAT no ha definido qué procederá en estos casos.

El Artículo 28 fracción IV del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece que los contribuyentes enviarán de forma mensual su información contable a la página de Internet del Servicio de Administración Tributaria (SAT), de conformidad con reglas de carácter general que se emitan para tal efecto.

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