Crédito fiscal por ISR sobre dividendos

Estímulo contemplado en la reforma a la Ley del ISR.

Se otorga un estímulo fiscal a los contribuyentes personas físicas que se encuentren sujetos al pago de la tasa del 10% adicional impuesto sobre dividendos o utilidades (Artículo 140, segundo párrafo), derivado de los dividendos o utilidades generados en los ejercicios 2014, 2015 y 2016, en tanto dichos dividendos o utilidades sean reinvertidos por la persona moral que los generó.

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