CONDUSEF. Contra el acuerdo de que se cree una reserva técnica específica

Es improcedente el juicio de nulidad ante el TFJFA.

El acuerdo por el que la CONDUSEF ordena a la institución de seguros que constituya una reserva técnica específica para obligaciones pendientes de cumplir conforme a la Ley de Protección y Defensa al Usuario de Servicios Financieros, es sólo una medida precautoria de carácter técnico.

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