La devolución del IVA es procedente

Aun cuando el contribuyente no hubiera obtenido ingresos para efectos de ISR.

El rechazo a la devolución de la contribución indirecta por no haber obtenido ingresos derivados de su actividad por el periodo solicitado generado por la adquisición de un vehículo automotor, es ilegal al sustentarse en ese motivo, lo cual, en concepto del órgano fiscalizador, genera que el mismo no resulte estrictamente indispensable para efectos de la Ley del ISR.

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