La procedencia del acreditamiento en IVA está condicionada

A que en el comprobante fiscal se describa suficientemente el servicio amparado.

El contribuyente que pretenda acreditar el IVA deberá contar con un comprobante fiscal en el cual, entre otros requisitos, se indique la descripción del servicio que ampare; además, el contribuyente tiene la obligación de cerciorarse de que conste esa descripción, la cual debe arrojar elementos objetivos y suficientes que den una idea clara de los servicios que amparan los comprobantes fiscales, ya que ello es necesario para determinar si son estrictamente indispensables para la actividad del contribuyente.

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