Imprescriptible el derecho a reclamar la pensión o su correcta fijación

Prescriben sólo las acciones para demandar ciertos pagos.

Es imprescriptible el derecho para reclamar los incrementos y las diferencias que resulten de éstos, prescribiendo, en su caso, únicamente las acciones para demandar el pago de los aumentos reclamados en las pensiones de jubilación de los meses anteriores en más de un año a la fecha de presentación de la demanda, en términos del artículo 516 de la Ley Federal del Trabajo, que señala el plazo genérico de prescripción.

Acceso libre expirado

¡Lo sentimos! El período de acceso libre a la lectura de esta publicación ha terminado. Te invitamos a que te suscribas a Fiscalia y no te quedes sin acceso a esta útil información.