Si las semanas cotizadas en el IMSS resultan inverosímiles

La Junta debe resolver apartándose de resultados formalistas.

Cuando la acción se funda en circunstancias inverosímiles, por aducirse una cantidad de semanas excesiva, como sería el hecho de que se hubiera iniciado a cotizar para el régimen obligatorio del seguro social, antes de haber nacido, o bien, a corta edad, como sería a los siete años, las Juntas pueden apartarse del resultado formal y resolver con base en la apreciación en conciencia de los hechos, además, en la valoración de las pruebas deben actuar con apego a la verdad material deducida de la razón.

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