Carga de la prueba: Obligación de exhibir el documento

No vale manifestar que obra en el expediente de la autoridad.

Si el expediente no fue exhibido por la autoridad a pesar de haberlo solicitado, en modo alguno se exime al particular de la carga procesal de acreditar su dicho; es decir, de aportar los elementos de juicio suficientes y necesarios que demuestren su afirmación de haber pagado las contribuciones relativas de modo espontáneo y sin requerimiento alguno.

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