Demanda de nulidad ante el TFJFA

Se considera la fecha de entrega al Servicio Postal Mexicano.

Si en el caso concreto la parte actora cumple con las exigencias legales indicadas, es inconcuso que deberá tenerse por presentada su demanda ante el Tribunal en la fecha en que la misma se depositó para su envío en el Servicio Postal Mexicano, no así en la fecha en que materialmente se recibió en la Oficialía de Partes de la Sala Regional respectiva.

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